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Tres Consejeros del IFE, obligados a excusarse en proceso de Clouthier: Abogado
Tres Consejeros del IFE, obligados a excusarse en proceso de Clouthier: Abogado
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Tres Consejeros del IFE, obligados a excusarse en proceso de Clouthier: Abogado
09 de marzo, 2012
Por: Dulce Ramos (@WikiRamos)
@WikiRamos 
Manuel Clouthier, diputado con licencia.//FOTO: Cuartoscuro

Los Consejeros del Instituto Federal Electoral (IFE), Marco Antonio Baños, Lorenzo Córdova y Benito Nacif “cayeron en un error garrafal desde el punto de vista procesal”, según el abogado que defiende las aspiraciones presidenciales del diputado con licencia Manuel Clouthier Carrillo, Luis Pérez de Acha. Haberse pronunciado públicamente sobre el asunto, sin conocer completamente los argumentos, los obliga a “excusarse” de la sesión en que se vote el caso, so pena de incurrir en responsabilidades administrativas y penales.

Los tres consejeros mencionados han considerado públicamente que el registro de la candidatura del diputado con licencia es poco probable. Ayer, Baños dijo por televisión que los consejeros se atienen a lo que dicta el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en el sentido de que sólo los partidos políticos están facultados para presentar solicitudes de registro de candidatos a puestos de elección popular. Lo mismo dijo Nacif a diversos medios de comunicación, y Córdova, en una entrevista radiofónica hecha el martes, dijo que es probable que el IFE niegue el registro al no existir la figura de candidaturas independientes.

El abogado Pérez de Acha explicó ayer a Animal Político que en el artículo 39, fracción décima del Código Federal de Procedimientos Civiles, hay una disposición que se aplica de manera supletoria en materia electoral. Ésta estipula que una vez fijada la competencia de un juez, magistrado o ministro, conocerá del caso, excepto cuando, por cualquier motivo, ha externado, siendo funcionario, su opinión antes del fallo”.

“Ellos solitos tienen que excusarse. No conocen nuestros argumentos y ya están diciendo que el asunto no procede. Le están faltando a la legalidad y a la ética”, afirmó Pérez de Acha en una entrevista telefónica. El abogado es miembro de la asociación civil ‘Justicia Justa’, misma que defiende la postulación de 300 candidaturas ciudadanas a la Cámara de Diputados.

Pérez de Acha, que además es cuñado de Clouthier, afirmó que bajo esa disposición, Baños, Córdova y Nacif no pueden legalmente estar presentes en la sesión en que el Consejo General del IFE resuelva el asunto.

“Si no se excusan vamos a promover un juicio de recusación para pedirles que salgan”, añadió Gisela Pérez de Acha, presidenta de la AC.

“Ya se pronunciaron. Si no se excusan voluntariamente, lo vamos a solicitar de manera formal, y si no lo hacen, incurrirán en responsabilidades y que se atengan. El que se sube, se pasea”, agrega Luis Pérez de Acha, padre de Gisela. 

Luis Pérez de Acha, abogado.

“La aplicación de la Constitución no es opcional”

Mientras que los consejeros del IFE han citado en sus argumentos el artículo 218 numeral 1 del COFIPE, el cual faculta sólo a los partidos políticos para registrar candidatos, los abogados de Clouthier afirman que el COFIPE es irrelevante en este caso, pues el tema es constitucional y sobre los derechos humanos en tratados internacionales.

“La Constitución y los tratados internacionales son ley suprema en México. Todas las autoridades sin excepción alguna están obligadas a aplicarlos. No es opcional”, añadió el abogado.

“Otro argumento que están usando (los Consejeros) en contra es que como no hay una disposición expresa acerca de las candidaturas independientes y su regulación, entonces no son viables”, explica Gisela. Según la abogada, ese argumento va en contra del recién reformado párrafo segundo del artículo primero de la Constitución, que establece el principio pro persona. Es decir, que los Derechos Humanos se deben interpretar a favor de la persona y no restringirlos.

“La interpretación más amplia que se puede hacer al derecho a ser votado es otorgar las candidaturas independientes”, zanja Gisela.

Una demanda de amparo, segunda vía de los defensores.

Junto a la estrategia de apelar a la Consitución, a los tratados internacionales y a los derechos fundamentales para impulsar el registro de Clouthier, Justicia Justa tiene una vía paralela: una demanda de amparo contra el artículo 218 numeral primero del COFIPE, apoyados en un concepto introducido apenas en la reforma constitucional del año pasado en el juicio de amparo, el “interés legítimo”.

A decir del abogado, el “interés legítimo” permite que asociaciones civiles como Justicia Justa presenten demandas de amparo en causas políticas y sociales para defender conceptos, no personas. Así, más que actuar a favor de Clouthier, defenderán la no discriminación, la libertad de expresión, y argumentarán que el artículo 218 es violatorio de las garantías fundamentales.

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