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En otros “beneficios” a senadores, ¿cuánto gasta el Senado en asegurarlos?
En otros “beneficios” a senadores, ¿cuánto gasta el Senado en asegurarlos?
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En otros “beneficios” a senadores, ¿cuánto gasta el Senado en asegurarlos?
22 de noviembre, 2012
Por: Daniel Casillas @daniel_casijazz
@WikiRamos 
La Cámara de Senadores. Foto: Cuartoscuro.

Tras la muerte del ex senador panista Alonso Lujambio a unos días de tomar protesta surgieron muchas dudas en torno al manejo que hace el Senado de la República de los seguros de vida y las prestaciones con que cuentan los legisladores en caso de fallecimiento o problemas de salud.

De acuerdo con información obtenida por medio de la Unidad de Enlace para el Acceso y la Transparencia de la Información del Senado de la República, la Cámara Alta eroga un total de 7 millones 747 mil 277 pesos al año por concepto de seguro de vida de los 128 senadores.

El costo unitario difiere en función de la edad y género de cada senador; sin embargo, el Senado informó que el costo anual promedio por cada legislador perteneciente a esa cámara es de 60 mil 525 pesos y que la empresa aseguradora es Grupo Nacional Provincial (GNP).

Según información de la página de internet de GNP, el seguro de vida más accesible tiene un costo anual de 320 pesos por una suma asegurada de 100 mil pesos para un hombre de 45 años. El costo de los seguros de mayor monto depende, según información proporcionada por un agente consultado, de la suma asegurada, que en el caso de los Senadores, supera los 5 millones de pesos.

De acuerdo con las Normas generales en materia de apoyo administrativo directo a Senadores publicadas por el Senado en abril de 2007, cada uno de los miembros de la Cámara Alta tiene derecho a “Seguro de vida, con cobertura hasta por un importe de 40 meses de monto bruto de las percepciones totales” que equivale a alrededor de 5 millones 20 mil pesos.

Cifras de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS ) revelan que hasta diciembre de 2011 existían 7 millones 267 mil 347 pólizas de seguro de vida en vigor, que representa apenas el 6% de la población mexicana, que supera los 112 millones de habitantes.

Otras prestaciones

Además del seguro de vida,  cada uno de los 128 senadores tienen una póliza de gastos médicos mayores con un monto por mil 500 salarios mínimos generales mensuales en el Distrito Federal, que equivale a 78 mil 885 pesos.

Las Normas generales en materia de apoyo administrativo directo a Senadores –documento que utiliza ocho cuartillas para detallar los apoyos con los que cuentan los legisladores- también cuenta con una sección de Apoyos en caso de fallecimiento de un Senador que establece que cualquier miembro de la Cámara Alta que fallezca recibirá los siguientes apoyos:

a) Pago de los gastos del servicio funerario.

b) Pago de los gastos de traslado de los restos del Senador al lugar que determinen los familiares directos.

c) Traslado de familiares directos, por vía aérea o terrestre, a lugar donde se realizarán los servicios funerarios.

Además, el Senado publicó en 2006 el Procedimiento a seguir en el caso del fallecimiento de un Senador de la República en el que se establecen los lineamientos a seguir en caso del fallecimiento de uno de sus integrantes, entre los que destacan:

Atención a Senadores

– Asesorar y, en su caso, otorgar apoyo para contratar el servicio funerario en el Distrito Federal y dar aviso a la Tesorería para el pago.

– En el caso de que el servicio funerario se requiera en otra localidad, incluso adicional al D.F., otorgar apoyo para su contratación y dar aviso a Tesorería para el pago.

– Solicitar al área de Comunicación Social publique las esquelas correspondientes, conforme las normas del Senado.

– Solicitar al área de Eventos el envío de las ofrendas florales a nombre del Senado de la República y de su Presidente.

Servicios Médicos

– Apoyar para la liquidación de los gastos médicos y hospitalarios e integrarlos documentos requeridos por la aseguradora.

– Apoyar de ser necesario, en el trámite de traslado de restos.

Pagos a Senadores

– Acudir, de ser el caso, al hospital en el que ocurrió el deceso para liquidar, en coordinación con el área de Servicios Médicos, los gastos médicos y hospitalarios para que posteriormente, el área de seguros proceda a realizar el trámite de reembolso ante la aseguradora, en caso de que proceda.

– De ser el caso, realizar los trámites ante la agencia de viajes o línea área que corresponda, para efectuar el traslado de los restos del Senador al lugar que determinen sus familiares directos.

– Realizar los trámites que procedan para proporcionar a los familiares directos, los pasajes de avión o transporte terrestre según el caso, que faciliten su traslado al lugar donde se realizarán los servicios funerarios, asimismo, los pasajes necesarios que se requieran hasta recibir los últimos pagos por parte de la aseguradora.

Eventos

– Proporcionar las ofrendas florales y, de ser necesario, el servicio de cafetería durante los servicios funerarios que se contraten en la Ciudad de México.

Recursos Materiales y Servicios Generales

– Proporcionar preferentemente con el parque vehicular del Senado o, en su caso, alquilar los vehículos necesarios que faciliten a los familiares del Senador fallecido su traslado durante los servicios funerarios.

Montos del seguro de vida de los senadores:

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