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CNBV deberá entregar información sobre índice de precios
CNBV deberá entregar información sobre índice de precios
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CNBV deberá entregar información sobre índice de precios
13 de enero, 2013
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 
Bolsa Mexicana de Valores. Foto: Especial.
Bolsa Mexicana de Valores. Foto: Especial.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) deberá buscar y entregar documentos utilizados para constituir las reglas del Índice de Precios y Cotizaciones (IPC), por instrucciones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

La información para desarrollar, contener y constituir las reglas del IPC fue expedida por la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) durante los ejercicios fiscales 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012.

A través de las direcciones de Supervisión de Entidades Bursátiles, de Supervisión de Mercados y de Estudios Económicos, la comisión en respuesta al solicitante, señaló que los datos de esos periodos fiscales eran inexistentes y los de 2012 estaban clasificados como reservados.

Al analizar la normatividad aplicable, el comisionado Gerardo Laveaga determinó que la CNBV incumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ya que omitió turnar la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes.

Durante la discusión del asunto, la comisionada presidenta, Jacqueline Peschard, y Laveaga concluyeron que la comisión sí cuenta con atribuciones para conocer de la información solicitada, pues las actividades de la Bolsa se inscriben en un marco de instituciones autorreguladas que son supervisadas por la CNBV.

Por lo tanto, el pleno del IFAI acordó revocar la respuesta de la CNBV e instruirle una nueva búsqueda de la información en todas sus unidades administrativas competentes, sin omitir la señalada, a fin de proporcionar al recurrente los documentos de su interés.

En caso de que la información contenga datos confidenciales, la Comisión Nacional Bancaría y de Valores deberá elaborar la versión pública correspondiente y, de no localizarla, deberá declarar su formal inexistencia.

Con información de Notimex

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