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SAT debe revelar a quién perdonó pago de ISR
SAT debe revelar a quién perdonó pago de ISR
2 minutos de lectura
SAT debe revelar a quién perdonó pago de ISR
24 de noviembre, 2013
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 
Oficinas del SAT. //FOTO: Cuartoscuro
Oficinas del SAT. //FOTO: Cuartoscuro

El Instituto Federal de Acceso a la Información Protección de Datos (Ifai) pidió al SAT divulgar la relación de entidades federativas, municipios, delegaciones políticas, organismos descentralizados y autónomos a los que condonó el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

[contextly_sidebar id=”4225d5c2fff861adb8d5e4197ed6e4df”]El organismo deberá precisar el monto y periodo perdonado por adherirse al Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de ISR, de derechos y aprovechamientos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2008.

En un comunicado el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) indicó que un particular solicitó dicha información, así como el monto relativo a cuanto se dejará de recaudar por la Federación en los años 2013 y 2014.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) respondió al particular que dicha información se encuentra bajo reserva con fundamento en el artículo 14, fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Asimismo informó al particular que  en su página de Internet se encuentra una versión pública de la información relativa a los créditos fiscales que se condonaron, que contiene el tipo de contribuyente, periodo del adeudo y año en el que se perdonó el crédito e importe histórico.

Sin embargo el solicitante se inconformó al considerar que la información fue general, por lo que presentó un recurso de revisión ante el IFAI, el cual fue turnado a la comisionada María Elena Pérez-Jaén.

Al analizar el tema, la comisionada indicó que en este caso prevalece el derecho de acceso a la información pública ya que al tratarse de recursos públicos, debe someterse al escrutinio público mediante el régimen de transparencia y de rendición de cuentas.

Indicó que si bien la información requerida está protegida por el secreto fiscal, la clasificación invocada resulta improcedente, ya que existe un interés público mayor en conocer los datos de identificación de todas las entidades federativas y municipales que se adhirieron al mencionado decreto del 5 de diciembre de 2008.

El SAT deberá realizar una versión pública, en la que únicamente deje a la vista el nombre del contribuyente, la fecha, los importes de monto a cargo, condonación de monto a cargo, condonación de actualización, condonación de recargos, así como, en su caso, la condonación de multa.

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