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Ahora sí: Segob deberá informar sobre acuerdos con el SME
Ahora sí: Segob deberá informar sobre acuerdos con el SME
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Ahora sí: Segob deberá informar sobre acuerdos con el SME
03 de septiembre, 2014
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 
Foto: Cuartoscuro.
Foto: Cuartoscuro.

[contextly_sidebar id=”IOZZPsAqyhKzJ7luEn1LmGSf76splauG”]El pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) ordenó a la Secretaria de Gobernación (Segob) hacer pública la versión íntegra de los acuerdos que pactó con trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), donde la dependencia se comprometió a pagar pensiones vitalicias a los trabajadores que resultaran elegibles para ello, tras la desaparición de Luz y Fuerza del Centro (LyFC).

La Segob reconoció que existen dos documentos sobre la negociación con el SME, los cuales deberán hacerse públicos:

  • “Acuerdo Marco que establece las bases del mecanismo financiero de pensión vitalicia, para los trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas
  • El “Anexo” del mencionado Acuerdo Marco, que contiene listado de los ciudadanos ex trabajadores de la extinta Luz y Fuerza del Centro elegibles para recibir el mecanismo financiero de pensión vitalicia.

La resolución de este miércoles llega tras un recurso de revisión interpuesto por un particular, luego que la Segob intentara reservar la información argumentando que la publicación pondría en riesgo la seguridad nacional del país dada la actitud beligerante del Sindicato con movilizaciones y plantones“; porque “obstruiría” el proceso de negociación con el SME; y por protección de datos personales de los trabajadores.

Sin embargo, el IFAI revocó la respuesta de Gobernación y le instruyó hacer pública la información solicitada con el argumento de que “clasificar como reservada o confidencial dicha información, supone que nuestras instituciones públicas aún no han asimilado que un verdadero sistema de rendición de cuentas se construye a partir de la información pública que generan”.

De esta forma, la Segob deberá hacer publica toda aquella información relativa a los montos y personas a quienes entreguen por cualquier motivo recursos públicos, luego que el IFAI avalara la ponencia del comisionado Joel Salas Suárez, quien afirmó en su posicionamiento que “los argumentos presentados no fueron claros y contundentes sobre cómo el contenido de los anexos una vez publicados, podría desatar escenarios de violencia y/o protesta social”.

A esto, el comisionado añadió en su ponencia que “el contenido de los anexos no obstruye ningún proceso deliberativo. Se refiere a acuerdos, dictados y decisiones definitivas con consecuencias específicas ya tomados.”

Finalmente, el comisionado propuso desechar el último argumento de Segob afirmando que “es improcedente la confidencialidad de los nombres y montos del anexo del Acuerdo marco”, pues los trabajadores del SME “se adhirieron y consintieron voluntariamente los términos del mecanismo financiero; por tanto, en cumplimiento al artículo 12 de la Ley Federal de Transparencia, la SEGOB deberá hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos.”

Contexto

En 2013 un ciudadano solicitó a la Secretaría de Gobernación (Segob) información relativa a la propuesta de resolución al conflicto con el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) derivado de la extinción de la empresa Luz y Fuerza del Centro.

El sujeto obligado contestó que dicha información era inexistente, ante lo cual, el ciudadano se inconformó e interpuso un recurso de revisión ante el IFAI, quien revocó la respuesta del sujeto obligado y le instruyó hacer pública la información solicitada.

La Segob hizo público el Memorándum de Entendimiento entre la Segob y el SME en el que ambas partes se comprometieron a realizar las acciones necesarias para la aprobación e instrumentación de un esquema de pago de pensiones vitalicias a los trabajadores que resultaran elegibles para el efecto.

Posteriormente, el particular solicitó los anexos de dicho Memorándum, así como cualquier otro documento existente relacionado con las negociaciones entre la Segob y el SME. En respuesta, el sujeto obligado informó que existen dos documentos que satisfacen la petición del recurrente, pero que dichos documentos fueron clasificados por seis años.

Dichos argumentos fueron impugnados por el particular mediante otro recurso de revisión, ante el cual el sujeto obligado solicitó una audiencia con este Instituto para exhibir los documentos y valorar su clasificación.

La negociación con el Sindicato Mexicano de Electricistas fue un acto de autoridad realizado por la Segob en el uso de sus atribuciones y facultades, los documentos erróneamente clasificados dan cuenta de parte de la estrategia utilizada por la autoridad para resolver los conflictos laborales generados por la extinción de la empresa Luz y Fuerza del Centro.

Por lo anterior, el Pleno del IFAI revocó la respuesta proporcionada por la Segob y le instruyó que entregue versión íntegra del Acuerdo Marco y de su Anexo, una vez que se ha analizado la improcedencia de la clasificación de dicha información de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

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Etiquetas:
IFAI
Segob
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