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Diputados de Guanajuato aprueban reformas para evitar alerta de violencia de género
Diputados de Guanajuato aprueban reformas para evitar alerta de violencia de género
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Diputados de Guanajuato aprueban reformas para evitar alerta de violencia de género
15 de diciembre, 2014
Por: Zona Franca
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Foto: Cuartoscuro.
Foto: Cuartoscuro.

Los diputados locales hicieron reformas a la Constitución local para que el Legislativo cumpliera con su parte de las recomendaciones enviadas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim), y así evitar la declaratoria de Alerta de Violencia de Género para Guanajuato.

Las modificaciones se hicieron al Código Penal, la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios.

Las reformas fueron presentadas por el PAN, PRI, PRD y del Ejecutivo Estatal, algunas de ellas hace apenas una semana, y después de revisarlas en la comisión de Igualdad de Género y Justicia, subieron a pleno para ser aprobadas por unanimidad.

Reformas al código penal para que se considere violación cualquier acto sexual cometido a un menor

El Congreso de Guanajuato aprobó reformas al Código Penal para que cualquier abuso sexual cometido a menores de 18 años se considere delito grave.

Así quedó superada la figura de estupro, porque ahora aunque se argumente por parte del inculpado que hubo consentimiento de la menor de edad, quedó establecido en el artículo 187 del Código Penal que se considera abuso sexual cuando se ejecute un acto sexual cuando la persona no pueda resistirse o con un menor de edad.

Hasta este viernes el artículo en mención señalaba que para ser abuso sexual tendría que ser a un menor de 14 años, por lo que los inculpados argumentaban que cuando se ejecutaba el acto sexual en menores de 15, 16 o 17 años no era violación, sino estupro.

La reforma obedece a los casos de violencia sexual que se habían presentado en las escuelas de Guanajuato, cuando el inculpado expresaba que tuvo relaciones sexuales con la menor de edad con el consentimiento de ella.

La diputada priista Yulma Rocha Aguilar expuso que entre enero del 2010 y junio del 2014 fueron denunciados 30 casos de abuso sexual en escuelas públicas de Guanajuato.

En la exposición de motivos que hizo la legisladora señaló que más de la mitad de las víctimas fueron niños entre los 5 y 10 años. De los 30 trabajadores de la SEG acusados, 27 fueron sancionados, según información de la Secretaría de Educación de Guanajuato.

En 17 casos se cesó al funcionario y en siete más se le sancionó con una suspensión de entre dos y ocho días.

La diputada priista apuntó que fue en el 2010 cuando ocurrió la mayor cantidad de denuncias, con ocho; en el 2011 la cifra fue de cuatro y desde entonces se han incrementado.

Durante el 2014 se presentaron el mayor número de denuncias, con siete de enero a junio, de acuerdo a los datos proporcionados por la SEG.

En el artículo 187 del Código Penal también se señala que si el responsable del delito de abuso sexual es servidor público o es superior jerárquico de la víctima, y comete el delito en ejercicio de sus funciones, se le impondrá además de la pena de seis meses a dos años de prisión y de cinco a 20 días de multa, la destitución de su cargo y la inhabilitación para ejercer cualquier cargo público en el lapso igual a la pena.

Se elimina la conciliación para proteger a las mujeres víctimas de violencia

Otras de las modificaciones aprobadas por los diputados son: la eliminación de la conciliación, la profesionalización de los Centros Multidisciplinarios de Atención Integral a la Violencia (Cemaiv), el cambio de dominación de violencia intrafamiliar a familiar, la obligación de la Procuraduría de Justicia del Estado de llevar un registro de las órdenes de restricción a agresores y al garantizar la reparación del daño a la víctima.

De manera general se plantea en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos que durante el periodo de lactancia, las madres trabajadoras tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien un descanso extraordinario por día, de una hora, para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia.

La presidenta de la comisión de Igualdad de Género, la priista Erika Arroyo Bello, reconoció que esto representa apenas un avance en la defensa por los derechos de las mujeres, aunque todavía queda trabajo pendiente por hacer.

Expuso que entre los pendientes está la armonización de la Ley de Víctimas y hacer adecuaciones a artículos de la Constitución local para evitar redacción sexista en algunos artículos.

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