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‘En vilo’ la toma de protesta de Elías Azar al frente del TSJDF
‘En vilo’ la toma de protesta de Elías Azar al frente del TSJDF
2 minutos de lectura
‘En vilo’ la toma de protesta de Elías Azar al frente del TSJDF
03 de diciembre, 2015
Por: Redacción Animal Político
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El Magistrado del TSJDF, Édgar Elías Azar. // Foto: Archivo
El Magistrado del TSJDF, Édgar Elías Azar. // Foto: Archivo

[contextly_sidebar id=”PCskrft6TAgHXWwRCSLnq8sXnmYLwpHP”]Edgar Elías Azar sabrá mañana 4 de diciembre si podrá tomar posesión por tercera vez como presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) el próximo 1 de enero. En caso contrario, tendría que nombrarse a un interino.

De acuerdo con un reporte del diario Milenio, el juez primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Gabriel Regis López, resolverá mañana la suspensión provisional del nombramiento, consecuencia de la demanda de amparo que presentó la magistrada Petra Quezada Guzmán.

Regis López encabezó el jueves 3 de diciembre una diligencia en el Juzgado Primero en la que los representantes del pleno del TSJDF expusieron documentación para justificar la legalidad de la reelección del magistrado para un tercer periodo, que concluiría el 31 de diciembre de 2018. También asistió la representación de la magistrada.

Para la resolución el juez federal también debe analizar los alegatos presentados por la defensa de Elías Azar, así como los de Quezada Guzmán.

En caso de que el juez determine una suspensión definitiva del nombramiento, el magistrado decano —el más antiguo en el cargo— asumiría de forma interina la presidencia del Tribunal hasta que se resuelva la demanda.

La demanda de amparo se interpuso el pasado 25 de noviembre y quedó radicada en el Juzgado Primero en Materia Administrativa del Distrito Federal bajo el expediente 2133/2015.

El acto reclamado fue la “Elección de magistrado como nuevo presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, llevada a cabo en sesión de 04/11/2015, al no cumplir los requisitos de elegibilidad, registro de 12/10/2015, aprobación del acta de sesión de 19/10/2015, la omisión de resolver la impugnación interpuesta mediante escritos de 12/10/2015 y 20/10/2015, así como otros actos”.

Con información de Milenio.

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