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PRI y PVEM presentan versión light de ley 3de3; declaraciones serán públicas solo si el funcionario lo permite
PRI y PVEM presentan versión light de ley 3de3; declaraciones serán públicas solo si el funcionario lo permite
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PRI y PVEM presentan versión light de ley 3de3; declaraciones serán públicas solo si el funcionario lo permite
28 de abril, 2016
Por: Redacción Animal Político
@liz_pf 

Los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista (PVEM) presentaron su propuesta para el Sistema Nacional Anticorrupción en la que obligan a los servidores públicos a presentar sus declaraciones patrimonial y de intereses pero éstas no serán púbicas.

[contextly_sidebar id=”B4M6lOE15RifBgRbXVyXT9bAFejWGUT5″]De acuerdo al proyecto de Ley de Responsabilidades Administrativas por los senadores Raúl Cervantes del PRI y Pablo Escudero del Verde, los servidores públicos están obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial; de intereses y su declaración fiscal anual.

Pero a diferencia de lo que proponía la iniciativa ley 3de3 de que todas las declaraciones debían ser públicas, en el proyecto del PRI-PVEM dependerá del servidor hacer públicos todos los datos de su declaración.

“Los montos, valores, especificaciones, ubicaciones de inmuebles y demás datos contenidos en la declaración patrimonial, sólo podrán ser públicos con la autorización expresa del servidor público”, dice la ley en su artículo 29.

También queda a decisión del servidor hacer pública la totalidad de su declaración patrimonial e incluir la información de sus cónyuges y dependientes económicos directos.

La versión pública de la declaración patrimonial deberá contener el monto de los ingresos netos mensuales; declarar si percibe otros ingresos distintos a la prestación del servicio público; el listado de bienes inmuebles que tiene, y especificar el país, entidad federativa y municipio o demarcación territorial donde se encuentren, y el año en que los adquirió.

Debe enlistar los vehículos de su propiedad; las inversiones y cuentas bancarias que posee; el listado de créditos bancarios y no bancarios, y el listado de créditos hipotecarios de los que sea acreditado.

La ley marca que habrá una versión pública de la declaración de intereses que estará disponible al público y contendrá la siguiente información: actividades profesionales y empresariales; pertenencia a consejos asesores, de administración y de vigilancia, participación accionaria en sociedades; otros intereses económicos relacionados con su actividad profesional distinta a la del servicio público; actividades honorarias o sin fines de lucro.

Así como la participación en asociaciones y organizaciones sin fines de lucro; sanciones administrativas e incompatibilidades; en su caso, la mención al sector o sectores en los que su cónyuge desempeñe actividades profesionales y empresariales.

Al igual que la declaración patrimonial, hacer pública la totalidad de su declaración de intereses será decisión del funcionario.

La ley determina que las declaraciones patrimonial y de intereses podrán ser solicitadas por el Ministerio Público, los Tribunales o las autoridades judiciales lo requieran cuando se indague al servidor público por faltas administrativas.

En el caso de la declaración fiscal será pública solo la constancia que emita la autoridad fiscal y también dependerá del funcionario publicar la totalidad de su información.

Lee: Ciudadanos proponen que #3de3 sea ley para ‘pegarle’ a la corrupción

La ley determina que las declaraciones patrimonial y de intereses podrán ser solicitadas por el Ministerio Público, los Tribunales o las autoridades judiciales lo requieran cuando se indague al servidor público por faltas administrativas.

La propuesta de Escudero y Cervantes excluyó la propuesta de la iniciativa 3de3 que planteaba recompensar con un porcentaje de los recursos recuperados en un acto de corrupción a los funcionarios que denunciaran estos actos.

Hay reformas faltantes: ciudadanos

Eduardo Bohórquez, enlace de las organizaciones sociales que han sido invitadas al ejercicio de parlamento abierto en torno a la discusión del Sistema Nacional Anticorrupción, indicó en un comunicado que el paquete legislativo planteado por Escudero y Cervantes “incluye solamente cinco de las siete reformas que consideramos indispensables” para que el Sistema Nacional Anticorrupción opere con eficacia.

“Aunque estamos de acuerdo con el contenido sustantivo de los proyectos presentados, es nuestra opinión que el Poder Legislativo debe completar esta tarea con las reformas faltantes en materia penal. Estimamos imperativo que se reformen los tipos penales relativos a los delitos de corrupción y que se hagan explícitas las competencias que tendrá la nueva Fiscalía Especializada en Materia de Delitos de Corrupción”, se lee en su mensaje.

“Sin esos dos cambios adicionales, el Sistema nacería incompleto y este esfuerzo sería insuficiente. Respetuosamente, los llamamos a evitar que las reformas penales, que constituyen una pieza fundamental en el diseño del Sistema, queden excluidas del debate legislativo en curso”, agrega  Bohórquez.

El enlace de organizaciones sociales pidió a los legisladores no descartar la posibilidad de convocar a un periodo extraordinario de sesiones, con el propósito explícito de desahogar el proceso legislativo.

“Como ustedes saben, el plazo constitucional que está corriendo en la materia es todavía suficiente para completar las siete reformas mencionadas, con los mejores contenidos y el mayor consenso posibles”, apuntó Bohórquez.

Aquí puedes consultar el documento completo, con la respuesta de los ciudadanos:

Respuesta Osc Sobre Sna

 

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