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Ministros de la Suprema Corte terminan reunión sin acuerdo sobre regular las marchas en la CDMX
Ministros de la Suprema Corte terminan reunión sin acuerdo sobre regular las marchas en la CDMX
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Ministros de la Suprema Corte terminan reunión sin acuerdo sobre regular las marchas en la CDMX
09 de agosto, 2016
Por: Arturo Angel (@arturoangel20)
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Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación extendieron para el próximo jueves el debate y resolución de la acción de inconstitucional promovida en contra de tres artículos de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, los cuales exigen que las personas que quieran hacer una marcha lo avisen con 48 horas de anticipación a la autoridad, y prohíben que se bloqueen vías primarias.

Lee: Regular las marchas en la CDMX es legal, plantea proyecto de la Suprema Corte

Como Animal Político publicó este martes 9 de agosto, el proyecto de resolución elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena plantea que las disposiciones sobre las manifestaciones públicas que están en la Ley de Movilidad no limitan derechos y son válidas, y solamente se tienen que hacer algunas aclaraciones como la definición exacta de vías primarias.

Sin embargo, algunos ministros mostraron su desacuerdo. Por ejemplo el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea señaló que el votaría en contra del proyecto y a favor de que se anule el artículo 212 relacionado con el aviso de 48 horas, pues esto es en realidad un “permiso disfrazado” que se pide a la autoridad para ejercer un derecho legítimo.

“Con todo respeto me parece que esta norma es inconstitucional. No encuentro una manera de hacer compatible con la constitución este texto y no creo que el proyecto sea posible como está planteado (…) es clara la intención del legislador de tener una autorización disfrazada de aviso”, dijo.

El ministro José Ramón Cossio Díaz mostró también su desacuerdo con el artículo 212 de la Ley por incluir un párrafo en donde se advierte que las marchas deben ser “perfectamente lícitas”, y dijo que si eso no es eliminado el artículo no puede ser validado como plantea el proyecto.

En contrasentido el ministro Javier Laynez Potisek concordó con el proyecto de Gutiérrez Ortíz Mena pues consideró lógico que se tenga que prevenir a la autoridad de las perturbaciones en el orden público. El ministro Presidente Luis María Aguilar Morales también expresó su punto de vista a favor aunque consideró que debe cambiarse el término de protesta “perfectamente lícita” por “pacífica”.

El mismo ministro Gutiérrez Ortíz defendió su proyecto al señalar que la propuesta de considerar válido el artículo incluye que se coloque en la redacción del mismo, que las manifestaciones que sean espontáneas y por obvia razón no hayan sido avisadas, no se consideren ilícitas.

En ese contexto y al agotarse el tiempo del debate, se determinó que será en la sesión ordinaria del pleno de la Corte el próximo jueves cuando se concluya el estudio de este tema y su resolución.

Anulan restricción para discapacitados

Previo al debate respecto a las marchas, los ministros resolvieron la acción de inconstitucionalidad 96/2014 promovida también por las comisiones Nacional y del Distrito Federal de Derechos Humanos respecto a diversos artículos de la ley que abordan el tema de personas con discapacidad.

En ese sentido, los ministros resolvieron con 9 votos a favor y 3 en contra declarar inconstitucional el artículo 69 fracción II que impedía a las personas con alguna limitad física o mental poder reexpedir una licencia de manejo pues consideraron que era discriminatorio.

En lo que no se alcanzaron los votos suficientes fue en anular toda la Ley de Movilidad completa bajo el argumento que esgrimía el proyecto de que no se hizo una consulta pública a organizaciones de personas discapacitadas como marcan las convenciones internacionales y por lo cual todo el proceso legislativo estaba viciado de origen.

Una mayoría de seis ministros votaron por anular completa la Ley de Movilidad por el tema de la falta de consulta, pero se requerían ocho votos según los estatutos de la Corte para derogar normas completas.

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