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El Senado aprueba endurecer las sanciones por la portación ilegal de armas
El Senado aprueba endurecer las sanciones por la portación ilegal de armas
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El Senado aprueba endurecer las sanciones por la portación ilegal de armas
15 de diciembre, 2016
Por: Redacción Animal Político
@arturodaen 

El Senado aprobó este jueves incrementar las sanciones por la portación de armas de fuego sin el permiso correspondiente, y también aumentar los requisitos para obtener una licencia que permita utilizarlas.

Ahora la minuta pasará a la Cámara de Diputados, para seguir con el procedimiento legislativo.

[contextly_sidebar id=”1Jp570VcDEUWqGBPbFt48Fq0SwXl5BBh”]En la Cámara Alta las modificaciones al Código Federal de Procedimientos Penales en Materia de Posesión y Portación de Armas de fuego, la Ley Federal de Armas de Fuego y el Código Penal Federal, fueron aprobadas con 89 votos a favor y uno en contra.

Uno de los puntos del dictamen establece que la sanción para quien porte, fabrique o importe armas sin permiso sea de siete a quince años de prisión, y no de de dos a siete años, como está dicho en el texto vigente.

En otro establece que la Secretaría de la Defensa Nacional será la encargada de otorgar licencias para la portación de armas, estableciendo varias restricciones.

Los civiles que soliciten una licencia, dice el dictamen, deberán comprobar la necesidad que tienen para la portación de armas, además de presentar una acreditación de no tener antecedentes penales.

“A consideración de la autoridad competente, presentar estudios de carácter psicométrico o psicológico, en los que se acredite estar apto para el objeto de la licencia o de la manifestación de portación y posesión de armas”, indica la iniciativa respecto a otros requisitos.

Otro es el de acreditar haber cursado estudios de enseñanza técnica sobre uso de armas de fuego.

En el texto vigente, en cuanto a requisitos, solo se establece el pago de una fianza y lo siguiente: “comprobar la necesidad que tiene para la portación de armas y sus antecedentes de honorabilidad y prudencia, con el testimonio de cinco personas bien conocidas de la autoridad”.

En el caso de aquellos que porten sin permiso armas de uso exclusivo del Ejército, el dictamen establece aumentar las sanciones con hasta 20 años de cárcel.

“Al que introduzca al territorio nacional en forma clandestina armas de fuego de las que no están reservadas para el uso del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, se le impondrá de quince a 30 años de prisión, así como el decomiso”, indica otro de los puntos.

La iniciativa aprobada fue presentada por los senadores Luis Humberto Fernández, Miguel Barbosa, Ismael Hernández, Ernesto Gándara, Fernando Yunes y Zoé Robledo.

“Hemos convertido dos delitos no graves a graves, pues antes nuestro ordenamiento jurídico no los consideraba con la máxima pena, esto es, con la privación de la libertad. Son: la portación de armas de uso exclusivo del Ejército, Magnum, nueve milímetros y similares, así como el delito de posesión de cartuchos de todas las demás de alto calibre que también están reservadas para el uso de las Fuerzas Armadas”, dijo el senador Yunes.

Al presentar reservas al dictamen, el senador Jorge Luis Preciado dijo que antes de incrementar las penas por la posesión ilegal de armas se deben abrir tiendas del Ejército en por lo menos cada zona militar, para que la gente que vive en estados del norte del país (por poner un ejemplo) pueda adquirir armas de forma legal, sin el costo que representa hacer un viaje largo hacia la capital del país, donde está la única tienda de armamento de la Sedena.

De otro modo, dijo, “se provocará un comercio de armas ilegales”.

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Etiquetas:
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