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El Presidente ya no podrá mandar leyes <i>al limbo</i>
El Presidente ya no podrá mandar leyes <i>al limbo</i>
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El Presidente ya no podrá mandar leyes <i>al limbo</i>
09 de diciembre, 2010
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 
Calderón firmando una ley // Cuartoscuro

La Cámara de Diputados ató de manos a Felipe Calderón en materia legislativa al eliminar el llamado “veto de bolsillo”, con el que el presidente de la República puede mandar “a la congeladora” leyes que le envíe el Congreso.

Por unanimidad, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó  la reforma a los artículos 7, 72 y 78 constitucionales, que establecen la obligación del presidente de la República a publicar en un tiempo límite las leyes.

La reforma, previamente avalada por el Senado, y que fue turnada a los congresos estatales, señala que “se reputará como aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la cámara de origen dentro de los 30 días naturales siguientes a su recepción”.

“Vencido este plazo el Ejecutivo federal tendrá 10 días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto. Transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el presidente de la cámara de origen ordenará dentro de los 10 días naturales siguientes su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.

Actualmente, antes de que entre en vigor esta nueva ley, el Presidente tiene la facultad de “congelar” por tiempo indefinido cualquier reforma enviada por el Congreso.

La reforma aprobada hoy en San Lázaro ya fue previamente avalada por el Senado y turnada a los congresos estatales. Además logró obtener los votos necesarios para modificar la Constitución, que es de dos terceras partes del pleno.

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