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Venezuela autoriza dispersar marchas si no tienen permiso de la autoridad
Venezuela autoriza dispersar marchas si no tienen permiso de la autoridad
2 minutos de lectura
Venezuela autoriza dispersar marchas si no tienen permiso de la autoridad
25 de abril, 2014
Por: Manu Ureste
@ManuVPC 
Una mujer sostiene una pancarta hecha a mano con los colores de la bandera venezolana ante una línea de guardias nacionales durante una protesta frente a la embajada de Cuba en Caracas, Venezuela, el martes 25 de febrero de 2014. (AP foto/Rodrigo Abd)
Una mujer sostiene una pancarta hecha a mano con los colores de la bandera venezolana ante una línea de guardias nacionales durante una protesta frente a la embajada de Cuba en Caracas, Venezuela, el martes 25 de febrero de 2014. (AP foto/Rodrigo Abd)

[contextly_sidebar id=”be3cf94d67652a74afaf9c5622faa2c3″]El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela determinó que los cuerpos policiales pueden dispersar, por “los mecanismos más adecuados”, cualquier manifestación pública que carezca de permiso.

Añadió que la autoridad competente está facultada para modificar la solicitud en cuanto a la fecha, hora y lugar de la manifestación pública, y resaltó que “el desacato a tales disposiciones podría ser sancionado penalmente”.

El TSJ indicó que el artículo 68 constitucional dispone que los ciudadanos tienen derecho a manifestar pacíficamente y sin armas, sin más requisitos que los previstos por la ley, pero la sentencia reconoce que ese derecho político no es absoluto.

El alto tribunal admite restricciones para ejercer ese derecho al ordenar que el mismo se ejerza conforme a las previsiones de Ley.

Justificó la medida contra cualquier concentración, manifestación o reunión pública que no cuente con el aval previo de la respectiva autoridad competente para ello, “a los fines de asegurar el derecho al libre tránsito y otros derechos constitucionales,

Según el dictamen, los cuerpos policiales podrán actuar para dispersar “cualquier concentración, manifestación o reunión pública” con base en el uso “de los mecanismos más adecuados para ello, en el marco de lo dispuesto en la Constitución y el orden jurídico”.

Añadió que en acatamiento al contenido de la Ley, es obligatorio para las organizaciones políticas y para todos los ciudadanos, agotar el procedimiento administrativo de autorización ante la primera autoridad civil de la jurisdicción correspondiente.

Añadió que para poder ejercer cabalmente el derecho constitucional a la manifestación pacífica, la ley obliga a agotar el procedimiento administrativo para obtener la autorización de cualquier manifestación pública.

El fallo de la Sala Constitucional fue respaldado por los magistrados Gladys Gutiérrez, Francisco Carrasquero, Luisa Estella Morales, Carmen Zuleta de Merchán, Arcadio Delgado (ponente), Juan José Mendoza y Marco Tulio Dugarte, un total de siete.

Esta decisión se dio a conocer después de que dirigentes estudiantiles opositores al gobierno del presidente Nicolás Maduro, anunciaran que el sábado marcharán al centro de Caracas, con o sin permiso del oficialista alcalde Jorge Rodríguez.

Notimex

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Etiquetas:
Nicolás Maduro
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