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El Senado aprueba leyes energética, ¿qué falta para abrir el sector a la iniciativa privada?
El Senado aprueba leyes energética, ¿qué falta para abrir el sector a la iniciativa privada?
3 minutos de lectura
El Senado aprueba leyes energética, ¿qué falta para abrir el sector a la iniciativa privada?
22 de julio, 2014
Por: Tania L. Montalvo (@tanlmont)
@WikiRamos 
Foto: Cuartoscuro.
Foto: Cuartoscuro.

El Senado necesitó 62 horas de discusión para aprobar 15 leyes reglamentarias de la reforma energética, pero con esto, el Congreso no ha recorrido ni la mitad del camino para tener la legislación secundaria completa.

[contextly_sidebar id=”54r1Jaw48c0vLjcNDPzxUjlosn4FsnzE”]El presidente Enrique Peña Nieto envió al Congreso, el pasado 30 de abril, un paquete con 21 leyes para hacer operativa la apertura del sector energético a la iniciativa privada.

Y aunque las primeras 15 son las que aprobó el Senado, éstas todavía requieren del aval de Diputados, y en esa Cámara también están pendientes las seis leyes en materia fiscal que son parte del paquete.

Las leyes aprobadas en el Senado

En la Cámara Alta sólo hace falta que llegue el paquete fiscal que está en diputados para completar la discusión de la legislación reglamentaria de la reforma energética.

En cinco días de trabajo con jornadas de más de 12 horas, los senadores aprobaron 15 leyes contenidas en cuatro dictámenes:

-Iniciativa para crear la Ley de Hidrocarburos y reformar las leyes de Inversión Extranjera, Minera y de Asociaciones Público Privadas.

-Iniciativa para crear la Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley de la Comisión Federal de Electricidad y para reformar la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

-Iniciativas para expedir la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, que reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y expide la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente.

Las leyes sin avance

En la Cámara de Diputados están las seis leyes pendientes. Ellos deberán analizar, votar en Comisiones y después aprobar en el Pleno para entregarlas a los senadores.

Las leyes que faltan se dividieron en tres dictámenes:

Dictamen 1. Iniciativa que expide la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal.

Dictamen 2. Iniciativa que expide la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.

Dictamen 3. Iniciativas por las que se adicionan, reforman y derogan diversas disposiciones de las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la General de Deuda Pública.

La ruta que Diputados y Senadores buscan completar

Éstas son las fechas que tanto diputados como senadores se han impuesto para concluir con la discusión y aprobación de las leyes energéticas:

-21 de julio. El Senado completa la aprobación del primer paquete de leyes energéticas y las envía a Diputados.

-21 al 27 de julio. En Comisiones, los diputados discuten y aprueban las 21 leyes energéticas. Participan las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía; y las de Presupuesto y Cuenta Pública y de Energía.

-23 de julio. La Comisión Permanente aprueba un periodo extraordinario en Diputados para la discusión y aprobación de las leyes en el Pleno.

-28 de julio. Inicia el periodo extraordinario de la Cámara de Diputados para la discusión y aprobación de las 21 leyes. En cuanto avalen la legislación en materia fiscal, la envían al Senado.

-1 al 3 de agosto. Las Comisión de Energía, de Hacienda y de Estudios Legislativos, Primera en el Senado analizan y aprueban las 6 leyes energéticas sobre los ingresos del Estado.

-4 de agosto. El Senado reanuda su periodo extraordinario para aprobar las seis leyes energéticas en materia fiscal.

-Antes del 8 de agosto. La Cámara de Diputados y la de Senadores concluye la discusión y aprobación de las 21 leyes y el paquete es enviado al Ejecutivo para su promulgación.

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