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Al niño José Luis Tehuatlie lo mató la policía de Puebla, concluye CNDH
Al niño José Luis Tehuatlie lo mató la policía de Puebla, concluye CNDH
7 minutos de lectura
Al niño José Luis Tehuatlie lo mató la policía de Puebla, concluye CNDH
11 de septiembre, 2014
Por: Redacción Animal Político
@Julib3th 
Familiares y pobladores de la junta auxiliar de Chalchihuapan, Puebla, acompañaron para dar el último adiós al menor José Luis Alberto Tehuatlie Tamayo. Foto: Cuartoscuro.
Familiares y pobladores de la junta auxiliar de Chalchihuapan, Puebla, acompañaron para dar el último adiós al menor José Luis Alberto Tehuatlie Tamayo. Foto: Cuartoscuro.

[contextly_sidebar id=”NFBOn5b7sTEqFgK2DwzADFwqJRMOg5qb”]La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) concluyó que la muerte de José Luis Tehuatlie Tamayo, de 13 años, ocurrió por “el uso excesivo de la fuerza y negligencia” por parte de la policía de Puebla durante el operativo realizado en la autopista Puebla-Atlixco el pasado 9 de julio.

Durante la presentación de la recomendación, el ombudsman nacional, Raúl Plascencia, descartó la hipótesis presentada por el procurador estatal, Víctor Carrancá, respecto a que la onda expansiva de un cohetón impactó en el cráneo del menor de edad, provocando su muerte.

La Recomendación Número 2VG/2014 de la CNDH, entregada al gobierno de Puebla, detalla los resultados de la investigación sobre violaciones graves a los derechos humanos, iniciada con motivo de los hechos ocurridos el 9 de julio de 2014 en el municipio de Ocoyucan, Puebla.

En el documento se reconstruyen los hechos sucedidos en esta fecha y se detallan los sucesos relevantes como los lesionados entre manifestantes y policías, las irregularidades del actuar de las autoridades y, finalmente, once recomendaciones al respecto de estos hechos.

De acuerdo con la CNDH, la policía de la entidad cometió irregularidades como “uso indebido de la fuerza pública” y “privación de la vida” (en contra del menor José Luis Tehuatlie). Además, la el documento afirma que fueron halladas otras lesiones similares a las de Tehuatlie en otros manifestantes, las cuales fueron causadas por armamento de la policía. Sumado a lo anterior, se detectaron malos tratos de la policía e imputación indebida de hechos contra pobladores y manifestantes.

Además, hubo también una atención inadecuada a las víctimas del enfrentamiento, impunidad de los delitos y agresiones a policías, así como una indebida preservación y alteración de la escena de los hechos.

Las recomendaciones:

En el documento presentado por el ombudsman nacional, se presentan nueve recomendaciones dirigidas para el gobernador Rafael Moreno Valle, enlistadas a continuación:

1.-  La CNDH pidió en primer lugar instruir “a quien corresponda para que se inicien los procedimientos de  responsabilidad respectivos en contra del titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, así como del personal de dicha institución que participó en los acontecimientos del 9 de julio de 2014 en el municipio de Ocoyucan, Puebla, con motivo de las violaciones graves a los derechos humanos observadas en esta Recomendación, y se envíen a este Organismo Nacional las pruebas con las que acredite su cumplimiento.”

2.- Tomar “las medidas necesarias para la creación de una fiscalía especial para la investigación de los hechos ocurridos el 9 de julio en el  municipio de Ocoyucan, designada bajo su más estricta responsabilidad, a efecto de que garantice de manera transparente, objetiva e imparcial un adecuado acceso a la justicia para las víctimas, sus familiares y los policías lesionados, debido a la impunidad que prevalece ante los abusos cometidos por los elementos de las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia de esa entidad federativa, y para que también investigue los delitos cometidos por diversos manifestantes.”

3.-  Instruir “a quien corresponda para que se reparen los daños causados a las víctimas y a sus familiares en los términos más amplios y de manera integral (…) con motivo de los actos y omisiones en que incurrieron los servidores públicos de la instituciones de seguridad pública y procuración de justicia del Estado de Puebla que participaron en los hechos (…) Elabore para ello un registro que permita identificar adecuadamente a cada una de las víctimas, el tipo de reparación que se le otorgará, los tiempos y las condiciones para que la misma se encuentre debidamente solventada, y envíe a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.”

4.- Debido a que en Puebla “permanentemente hay expresiones de la sociedad demandando necesidades colectivas”, la CNDH recomendó girar “instrucciones a quien corresponda para que se implementen mecanismos efectivos para la atención de esos requerimientos que privilegien el diálogo y el respeto de los derechos humanos”.

5.- Instruir “a quien corresponda para implementar una estrategia para la atención de demandas sociales en el estado de Puebla que contemple la solución pacífica de conflictos, se abstenga de criminalizar la protesta social y prevea acciones efectivas y eficaces de coordinación institucional para el tratamiento de manifestaciones públicas, privilegiando en todo momento el diálogo y reduciendo los riesgos que pudiera representar el uso de la fuerza. ”

6.- Instruir “a quien corresponda para que se ofrezca una disculpa institucional a las víctimas y a sus familiares por los agravios generados por los servidores públicos de las dependencias a su cargo, se den a conocer las medidas y garantías para la no repetición de actos como los que dieron origen a esta Recomendación.·

7.- Girar “instrucciones a quien corresponda para que se proporcionen a los cuerpos de seguridad equipos de videograbación y audio que permitan registrar su conducta durante los operativos y procedimientos de detención en los que participen, a fin de que se esté en condiciones de evaluar si su conducta se apegó a la legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.”

8.- Instruir “a quien corresponda para que se colabore con esta Comisión Nacional en el trámite de la queja que se promueva ante la Órgano Interno de Control de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla en contra de los servidores públicos que intervinieron en los hechos.”

9.- Instruir “a quien corresponda para que se colabore con esta Comisión Nacional en el trámite de la queja que se promueva ante la Órgano Interno de Control de la Procuraduría General de usticia del Estado de Puebla en contra de los servidores públicos que intervinieron en los hechos.”

10.-  Instruir “a quien corresponda para que se colabore con esta Comisión Nacional en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que se formule ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla en contra de los servidores públicos involucrados.”

11.-  Instruir “a quien corresponda para que se diseñe e imparta un programa integral de capacitación y formación en derechos humanos dirigido a los servidores públicos de las instituciones encargados de las áreas de seguridad pública y procuración de justicia, respectivamente, en el Estado de Puebla, que ponga un especial énfasis en el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla, así como en los protocolos existentes en la materia.”

Para esta investigación, la CNDH revisó 19 mil 738 fojas de expedientes, 26 solicitudes de información, 196 entrevistas, 49 inspecciones oculares, 67 servicios de atención victimológica, 67 certificaciones médicas, 62 mecánicas de lesiones, 9 dictámenes periciales, 7 consultas de archivos públicos y 35 comunicaciones telefónicas.

Entre las recomendaciones giradas al gobierno de Rafael Moreno Valle están la investigación hacia la Secretaría de Seguridad Pública de Puebla, dirigida por Facundo Rosas, toda vez que fue la instancia encargada del operativo en Puebla luego de que los habitantes de San Bernardino Chalchihuapan reclamaban por el cierre del Registro Civil en su comunidad.

La investigación de la CNDH concluyó que la policía de Puebla lanzó 478 proyectiles tipo gases lacrimógenos, calibre 37 y 38 para dispersar a la población; sin embargo falta adiestramiento hacia los elementos para maniobrarlas.

Gobierno de Puebla acepta recomendaciones de la CNDH

El Gobierno de Puebla reconoció la tarde de este jueves el trabajo de la CNDH en la investigación del caso, así como la recomendación publicada hoy, la cual -afirmó el gobierno en un comunicado- “enriquece la información sobre los lamentables acontecimientos y se suma a las investigaciones sobre el caso, conducidas por la División Científica de la Policía Federal y la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla las cuales, ofrecen distintas conclusiones sobre la causa directa de la muerte de José Luis Tehuatle Tamayo.”

El gobierno de Puebla notificó a la CNDH la aceptación total de los puntos recomendatorios emitidos. En consecuencia, fue nombrado José Antonio Pérez Bravo como Fiscal Especial para el caso de San Bernardino Chalchihuapan.

Pérez Bravo es licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de México y Maestro en Ciencias Penales con especialización en Ciencia Jurídico Penal por el Instituto Nacional de Ciencias Penales. Anteriormente se desempeñaba como Subprocurador Jurídico de Asuntos procesales de la Procuraduría Social de Víctimas del delito.

Asimismo, Juan Pablo Piña, Jefe de la Oficina del Ejecutivo, será el responsable de verificar el cumplimiento de las recomendaciones por parte de las dependencias responsables.

A dos meses de los hechos en San Bernardino Chalchihuapan, el Gobierno estatal lamentó que hayan resultado lesionados civiles y policías y reitera sus condolencias a la señora Elia Tamayo y su familia por la muerte del menor José Luis Tehuatle Tamayo.

El comunicado afirma que “lo que es claro e irrefutable, es que el hecho mismo obliga al Gobierno del Estado de Puebla a tomar las medidas necesarias para asegurar que las fuerzas de seguridad cumplan en todo momento con la tarea de respetar los derechos humanos y mantener el orden garantizando la seguridad y la integridad de la ciudadanía.”

002 by https://front.animalpolitico.com

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