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Sólo 6 de 291 averiguaciones por desaparición forzada en México llega a sentencia
Sólo 6 de 291 averiguaciones por desaparición forzada en México llega a sentencia
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Sólo 6 de 291 averiguaciones por desaparición forzada en México llega a sentencia
02 de febrero, 2015
Por: Nayeli Roldán (@nayaroldan)
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No hay evidencia científica que vincule restos del basurero de Cocula con los hallados en un río, señalan los peritos argentinos. Foto: Cuartoscuro.
No hay evidencia científica que vincule restos del basurero de Cocula con los hallados en un río, señalan los peritos argentinos. Foto: Cuartoscuro.

[contextly_sidebar id=”hSx29LNvZj6IncHMh87O1GVa8SKl4A2Z”]Entre 2006 y 2013 la Procuraduría General de la República y las procuradurías de los estados iniciaron 291 averiguaciones previas por el delito de desaparición forzada; de ellas, sólo seis concluyeron en sentencia condenatoria (2%), de las que cuatro fueron responsables elementos de la desaparecida Agencia Federal de Investigación (AFI), dirigida por Genaro García Luna. Así lo reporta el Estado Mexicano en su informe como parte de la revisión que hará el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU este 2 y 3 de febrero.

Uno de los casos corresponde a la investigación realizada por la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), única sentencia que consiguió durante los cinco años de operación (2002 a 2007), según responde la PGR a una solicitud de información a través del IFAI.

Informe México Desapariciones

En México, la desaparición forzada está tipificada en el Código Penal Federal como el delito cometido por “un servidor público que, independientemente de que haya participado en la detención legal o ilegal de una o varias personas, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención” y cuyas penas van de los 5 a 40 años de prisión.

De acuerdo con la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas, el estado parte debe procurar legislaciones con estándares internacionales capaces de combatir el delito, pero en México no ha avanzado en ese rubro.

En 2012, la entonces senadora Rosario Ibarra de Piedra presentó una iniciativa para elevar las penas de 40 a 60 años y que el delito no fuese susceptible de perdón, indulto, amnistía o figuras análogas, pero los senadores la congelaron. En octubre de 2012, el presidente Enrique Peña Nieto envió un paquete de cinco iniciativas en materia de derechos humanos, una de ellas propone una Reforma al Código Penal Federal para endurecer las penas de 20 hasta 50 años de prisión, pero no se ha discutido.

Además, con los instrumentos legales disponibles la justicia tampoco es pronta ni expedita. Del periodo conocido como guerra sucia, en el que entre la década de 1970 y 1980 hubo una persecución contra activistas y opositores al régimen, solo un caso consiguió sancionar al responsable, aunque después de 32 años de perpetrado el delito. Esta es la historia.

La historia de un desaparecido

Miguel Ángel Hernández Valerio tenía 19 años cuando estudiaba en la Universidad Autónoma de Sinaloa. Era el más pequeño de entre los cuatro hermanos de una familia originaria de Veracruz. Para pagar sus estudios vendía figuras de barro y porcelana, pero a los 18 años migró a Mazatlán para continuar su educación.

Vivía en una casa para estudiantes con otros tres jóvenes y trabajaba en una librería, propiedad de un profesor que se dedicaba a “hacer círculos de estudios para dar clases de Marxismo Leninismo”, según consta en el expediente de la investigación iniciada en 2005.

Entre las declaraciones se encuentra la de un joven que fue apresando junto a Miguel Ángel y tres más, la noche del 12 de septiembre de 1977. Relata que a punto de llegar a su casa, él y otro amigo fueron detenidos por policías municipales para hacerles “una revisión de rutina, porque parecían sospechosos”; los subieron a una patrulla para que indicaran la casa donde vivían y al llegar, entraron con ellos a sus cuartos. Encontraron varios ejemplares de la revista “Madera”, considerada subversiva. “No sé cómo llegaron aquí, no son nuestras”, decía uno, pero los policías, incrédulos, solicitaron refuerzos.

Llegaron varias patrullas, pero también un vehículo sin rótulos, que “al parecer”, era de los elementos de la Federal de Seguridad. En ese momento llegó “Miguel Ángel”. Enseguida los esposaron e iniciaron un interrogatorio sobre la  “propaganda subversiva”.

Los policías los amenazaba de muerte y los acusaban de pertenecer a la Liga Comunista 23 de septiembre. “Decían que nos iban a dar en la madre por rojillos y comunistas”, relata el sobreviviente.

Nadie pudo impedir que se los llevaran, ni la hija de la dueña de la casa de estudiantes quien le preguntó a un agente el motivo de la detención. “Yo soy quien hace las preguntas. No te metas, se trataba de gente muy peligrosa”, le respondió. En la declaración de esta mujer, hecha en 2005, advierte: “eso era una absoluta mentira ya que siempre fueron muchachos muy tranquilos”.

Minutos después, los cuatro fueron trasladados a unas oficinas ubicadas en la Avenida Zavala cerca del Seguro Social viejo, en Mazatlán, Sinaloa, que, por los logotipos en su interior, parecían de una corporación policíaca. En ese lugar, los policías municipales los entregaron a Esteban Guzmán Salgado, entonces jefe de Servicios Federales de la extinta Dirección Federal de Seguridad (DFS).

Se trataba de un joven policía que había ingresado al Batallón motorizado (patrullas) en 1957 y cuya carrera avanzó hasta el Servicio Secreto y Servicios Especiales de la Presidencia y al iniciar el periodo de gobierno de Gustavo Díaz Ordaz, ingresó a la (DFS), donde siempre rindió cuentas a Fernando Gutiérrez Barrios.

–       ¿Son los rojillos? Preguntó Guzmán Salgado.

–       Sí, respondieron los policías.

Enseguida dio la orden para que los subieran al auto sin rótulos, esposados y con los ojos vendados. Avanzaron rumbo al faro por el puerto. Llegaron a un lugar que tenía un calabozo. Ahí, uno de los jóvenes le preguntó a Miguel Ángel sobre la propaganda. “Me la dio alguien, pero ya la iba a regresar”, respondió.

Permanecieron ahí durante cuatro días en medio de interrogados y torturas. “Nos golpeaban en todo el cuerpo, también nos acostaban boca arriba y se dejaban caer sobre nosotros, nos pateaban y con pinzas nos presionaban los dedos. Nos decían que matar”. En los días de mayor presión psicológica, les colocaban una pistola en la boca y los obligaban a jalar el gatillo. Descubrían que no tenía balas segundos después, dice en la declaración el sobreviviente.

Quien daba las órdenes era el Guzmán, quien en algunas ocasiones también se encargaba de la tortura y los interrogatorios. Luego los sacaron del calabozo y los subieron a una camioneta. En el camino, uno de ellos le reclamaba a Miguel Ángel, “¿por qué nos metiste en este problema?”. Esa fue la última vez que lo vieron.

Solo tres de los cuatro llegaron a lo que al parecer era la novena zona militar de Culiacán, Sinaloa. “No lo recuerdo bien porque tenía los ojos vendados, pero cuando se me caía la venda me daba cuenta de la presencia de elementos militares y personas vestidas de civil”, se lee en la declaración.

Ahí estuvieron aproximadamente un mes o mes y medio hasta que, ocurrió otro traslado, esta vez en un vehículo militar tipo Pick-up. Después de unos minutos de recorrido, Los bajaron en la carretera de Culiacán a Mazatlán, en el crucero de Cruz de Elota, Sinaloa, desnudos y llenos de moretones por los golpes. Solo uno tenía las manos desatadas y pudo quitar los amarres de sus dos compañeros.

La búsqueda

En la sentencia de 218 páginas, se explica que entre las evidencias de que el ex jefe de la policía retuvo al joven, están los reportes que envió a Rodríguez Barrios y que fueron consultados en el Archivo General de la Nación para integrar la investigación.

En el reporte, el entonces el ejecutor de la detención, escribió que “a estos individuos se les recogió propaganda subversiva, folletos de la Revista Madera y pegas con el siguiente texto: “ANTE LAS MASACRES DE LA BURGUESÍA, NI UN PASO ATRÁS, GLORIA ETERNA A LOS CAÍDOS EL 10 DE JUNIO, POR LA REOLUVION (sic) PROLETARIA, VENCEREMOS”.

Guzmán ejecutó la detención con base a un archivo que le entregó Fernando Gutiérrez Barrios. Se trataba de un álbum de fotografías de miembros de grupos subversivos de miembros de la Liga comunista 23 de septiembre, y de otros grupos armados como las Fuerzas Armadas Revolucionaria del Pueblo y el Frente Unido Zapatista, entre otros.

Los familiares de Miguel Ángel se enteraron de la detención a través de una nota periodística. Fueron a Culiacán a buscarlo en las oficinas de los Servicios Especiales. “Me dijeron que mi hermano llegaría a la casa y si no llegaba mejor ni lo buscara, si no quería ser el próximo detenido ya que tenían toda la información relacionada con su familia”, relata el hermano, quien al regresar a Veracruz, les pidió a sus padres y a sus hermanos que “olvidaran el asunto”, ante el temor de que algo les pudiera pasar.

Así ocurrió hasta que 10 años después la Comisión de Derechos Humanos inició una investigación y visitaron a la familia en la comunidad de Ixhuatlán, Veracruz, aunque fue hasta 2005  cuando le volvieron a dar noticia de Miguel Ángel.

La Comisión había encontrado un reporte de la DFS, firmado Esteban Guzmán Salgado el 23 de agosto de 1984, en el explicaba la información obtenida en el interrogatorio de Miguel Ángel Hernández Valerio: “Manifestó que nunca perteneció a la Lig. C. 23 de Sept. pero que sin embargo a efectuado en distintos lugares y ocasiones repartízas y pegas de panfletos de las citada organización. Así mismo dijo que esta propaganda se le había dado con el fin de que fuera repartida en un mitin del cual ignora la fecha en que se efectuó y que además como era bastante la cantidad de folletos los anduvo repartiendo en distintas colonias” (sic).

Con toda la evidencia, la familia decidió interponer una denuncia el 1 de abril de 2005 por desaparición forzada en agravio del joven que entonces tenía 19 años. Así inició el proceso que duró cuatro años y que llevó a cabo la Femospp.

Para demostrar la ausencia u ocultamiento  del (desaparecido), se agotó la búsqueda en los expedientes de la Secretaría de Seguridad Pública de Sinaloa, en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sinaloa, en la Dirección General de Prevención y Readaptación Social en Sinaloa. En ninguna había registro de antecedentes penales de Miguel Ángel.

Tampoco se encontró algún acta de defunción en el Registro Civil en Sinaloa, ni registro como derechohabiente del IMSS ni en ninguna otra institución. Miguel Ángel estaba desaparecido desde hacía 23 años.

Esteban Guzmán Salgado fue aprehendido en marzo de 2007 e inició el juicio. En una audiencia pública realizada el 19 de noviembre de 2008, pidió que se “compadecieran” de él porque estaba solo y el resto de su familia (tres o cuatro personas) estaban en México. Frente al juez trató de convencerlo de su inocencia y de enfrentar un proceso injusto al no localizar a los supuestos testigos que lo acusaban, por lo que pidió una revisión de las pruebas de descargo.

El juicio siguió y en 30 de septiembre, el juez dictó sentencia contra Guzmán Salgado por su culpabilidad en la desaparición forzada de Miguel Ángel, condenándolo a cinco años de prisión, pero acreditar un “estado avanzado senil” por sus 74 años, le fue permitido purgar la pena en su casa de Naucalpan, Estado de México, descontándole  los 923 días que había estado detenido.

El resto de las sentencias condenatorias:

  • El 30 de junio de 2010, el Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal dictó sentencia definitiva en el proceso penal 20/2005-I, que se instruyó contra Roberto Galarza Hernández, entonces elemento de la Agencia Federal de Investigación por el delito de desaparición forzada de personas en agravio de Jesús Ángel Gutiérrez Olvera en marzo de 2002.
  • El 10 de mayo de 2006, el Juzgado Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco dictó sentencia condenatoria en la causa penal 27/2005 instruida contra Gustavo Montiel Rizo, elemento de la Agencia Federal de Investigación por la comisión del delito de desaparición de personas, contra José Luis Ruiz Castellanos y Manuel Gómez Mendoza, en enero de 2005.
  • El 11 de mayo de 2005, el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guanajuato dictó sentencia condenatoria en la causa penal 142/2003, que se instruyó contra José Antonio Guerrero Domínguez, elemento de la Procuraduría General de la República, por la comisión de desaparición forzada en agravio de José Rocha Guzmán, en hechos ocurridos en julio de 2003.
  • El 14 de diciembre de 2005, el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Michoacán dictó sentencia condenatoria en la causa penal 72/2005 contra un ex integrante de la Agencia Federal de Investigación, por la comisión del delito referido en hechos ocurridos en julio de 2005. (La sentencia fue enviada en versión pública, por lo que los datos al ser confidenciales y reservados, no se encuentran visibles).
  • El 14 de noviembre de 2006, el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chihuahua dictó sentencia condenatoria en la causa penal 159/2005, que se instruyó contra Víctor Alberto Guerrero, elemento de la Agencia Federal de Investigación, por la comisión del delito de desaparición de personas en agravio de Salvador Lira Ayala, por hechos ocurridos en septiembre de 2005.

 

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