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Corte analiza validez de ley en Campeche, que prohíbe a parejas del mismo sexo la adopción
Corte analiza validez de ley en Campeche, que prohíbe a parejas del mismo sexo la adopción
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Corte analiza validez de ley en Campeche, que prohíbe a parejas del mismo sexo la adopción
06 de agosto, 2015
Por: Notimex
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Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. // Foto: Cuartoscuro.
Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. // Foto: Cuartoscuro.

[contextly_sidebar id=”A0AnZryFNeQr9WTSIAU8NYIZmLOMg6hy”]El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició este jueves 6 de agosto el análisis de la acción de inconstitucionalidad para invalidar el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia de Campeche, que niega la adopción a las parejas del mismo sexo.

La acción fue interpuesta por la Comisión de Derechos Humanos de Campeche, debido a que el precepto niega el derecho de los convivientes a adoptar en forma conjunta o individual, y establece que no pueden compartir o encomendar la patria potestad o custodia de los hijos menores del otro.

Además, el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia de Campeche establece que “es nulo de pleno derecho cualquier pacto que contravenga” las disposiciones.

La ley regula las relaciones derivadas de la sociedad civil de convivencia, que es “un contrato que se constituye cuando dos personas de diferentes o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica establecen un domicilio común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua para organizar su vida en común”.

Sin embargo, la Comisión de Derechos Humanos del estado estimó que viola el derecho a la no discriminación, a la protección de la organización y desarrollo de la familia, contemplados en los artículos 1 y 4 de la Constitución Política y 1, 17 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

“Produce efectos discriminatorios en las personas” que viven en una sociedad de convivencia, pues se les niega por ese sólo hecho toda posibilidad de realizar una adopción y compartir la patria potestad, guarda y custodia de los hijos menores de la persona con quien está unida, en menoscabo de sus derechos”, argumentó la comisión.

Dijo que también menoscaba el derecho a la protección a la organización y desarrollo de la familia, ya que desestima injustificadamente la familia originada en el seno de una sociedad civil de convivencia”

Aunque el proyecto que presentó la ministra Margarita Luna Ramos en la sesión de este día declara inválido el artículo 19 de la citada ley, el debate final del tema y la votación del mismo se efectuará en la sesión del próximo lunes 10 de agosto.

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Etiquetas:
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