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Estas son las 10 recomendaciones de la CNDH al Senado para la Ley de Seguridad Interior
Estas son las 10 recomendaciones de la CNDH al Senado para la Ley de Seguridad Interior
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Estas son las 10 recomendaciones de la CNDH al Senado para la Ley de Seguridad Interior
28 de febrero, 2017
Por: Redacción Animal Político
@ere_aquino 

Ante la importancia que tiene la Ley de Seguridad Interior en materia de derechos humanos, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) envió al Senado algunas recomendaciones para mejorar las propuestas legislativas que se han presentado.

[contextly_sidebar id=”aMQJe5UNW5E01nUSFoxYovuNKlhfVwG9″]Estas recomendaciones buscan “la materialización de una ley que contribuya al fortalecimiento de la actuación de las autoridades del país en materia de seguridad, bajo la premisa del respeto a los derechos humanos”.

A continuación, Animal Político te presenta los 10 puntos relevantes que la CNDH pide al Senado considerar antes de promulgar una Ley de Seguridad Interior.

Reconocimiento y respeto de los DH

El respeto a los derechos humanos “debe ser el eje transversal rector que sustente las políticas públicas y las acciones que se emprendan en todos los ámbitos del poder público, incluido por supuesto, el relativo a la seguridad”.

El documento agrega que “en cualquier marco jurídico, la detención arbitraria, la tortura, los datos crueles, inhumanos o degradantes, las ejecuciones arbitrarias, las escuchas ilegales constituirán violaciones a derechos humanos y en su caso delitos”.

Competencias y atribuciones en seguridad pública

El artículo 21 constitucional dispone que las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil.

Por lo tanto, “la seguridad interior no debe rebasar los límites de la seguridad pública, y las autoridades encargadas ordinariamente de cada una de ellas, deben ejercer sus funciones conforme a la competencia constitucional que les es otorgada” y remarca que “no es función originaria de las Fuerzas Armadas cumplir con labores de Seguridad Pública”.

Distinción entre seguridad interior y seguridad pública

La ley que se emita, recomienda la CNDH, debe distinguir con precisión y claridad cuál es el objeto a regular y separar temas de seguridad interior de los de seguridad pública.

No a los actos de molestia o privativos contra civiles

La autoridad no debe permitir el ejercicio de funciones arbitrarias o abusivas contra las personas, quienes no pueden ser molestadas en sus bienes, posesiones, familia, integridad o derechos sin que exista un mandamiento escrito emitido por una autoridad competente.

La norma tendrá que regular los supuesto en los cuales sea válida la actuación de las autoridades en materia de seguridad interior.

Prevenir afectaciones de otros derechos

Cuando se autorice la actuación de las autoridades para garantizar la seguridad interior, estas deben evitar la discrecionalidad que pueda vulnerar derechos humanos.

Mecanismos de control institucional

La ley deberá establecer un procedimiento para realizar la declaratoria o pronunciamiento en materia de seguridad interior, así como los medios de control entre los poderes que sirvan de contrapeso y vigilancia de las acciones en materia de seguridad interior.

Fortalecimiento de especialización de seguridad

Con capacitación de policías, fortalecimiento de la prevención, así como una revisión y replanteamiento del sistema penitenciario, bajo una perspectiva de derechos humanos.

Definir con precisión acciones y autoridades

Deben estar definidas con claridad las acciones a realizarse, las autoridades que deben intervenir y el tiempo que van a durar, así como el lugar donde van a desarrollarse.

Evitar Fuerzas Armadas en prevención e investigación de delitos

La prevención y persecución del delito, dice la CNDH, es materia de seguridad pública, “por lo que las Fuerzas Armadas no pueden sustituir al Ministerio Público en la investigación y persecución del delito”.

Intervención de Fuerzas Armadas no puede ser permanente

La actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública se ha venido realizando por más de una década, pero esto debe ser excepcional”, por lo que la CNDH pide que se haga un regreso “gradual y verificable” de las Fuerzas Armadas a sus funciones constitucionales primarias.

La Ley de Seguridad Interior deberá contemplar de manera integral la participación de las Fuerzas Armadas en cuestiones vinculadas a la seguridad de las personas, tales como protocolos para uso de la fuerza e interacción con población civil, conforme a estándares internacionales y con respeto a los derechos humanos.

La discusión de la Ley de Seguridad Interior fue aplazada por la Cámara de Diputados el pasado 16 de enero, con el objetivo de generar mayor participación y evitar dudas sobre el tema. De acuerdo con Javier Bolaños, presidente de la Cámara de Diputados, se abriá un periodo de análisis de la ley.

La Ley de Seguridad Interior ha sido señalada por organizaciones de la sociedad civil, pues dicen “legalizar el uso de las fuerzas federales, especialmente en tareas de seguridad pública, reduce y desincentiva el fortalecimiento y la profesionalización de las corporaciones policiacas, quienes constitucionalmente debieran asumir dichas tareas”.

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Etiquetas:
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