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En veda electoral, Eruviel publica en redes recorrido en nuevas instalaciones de clínica en Atizapán
En veda electoral, Eruviel publica en redes recorrido en nuevas instalaciones de clínica en Atizapán
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En veda electoral, Eruviel publica en redes recorrido en nuevas instalaciones de clínica en Atizapán
19 de mayo, 2017
Por: Redacción Animal Político
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En plena veda electoral, el gobernador del Estado de México, Eruviel Ávila, publicó en redes sociales “un recorrido de supervisión”, de la puesta en marcha de las  nuevas instalaciones de la Clínica Geriártrica en Atizapán de Zaragoza.

https://www.facebook.com/eruviel/videos/1541325579251509/

 

El gobernador priista, llegó a la clínica que dará atención a unos 25 mil pacientes, donde lo esperaba la presidenta municipal de Atizapán de Zaragoza, Ana Balderas, también priista. Juntos negaron estar violando la ley.

“Estamos aquí atendiendo en vivo, en el Facebook Live. Le comentaba que estamos aquí no inaugurando, porque la ley no nos lo permite; pero sí estamos poniendo la instalación, estamos supervisando los trabajos”, comenta el gobernador a la alcaldesa, en la transmisión.

“No, no lo podemos hacer”, responde la alcaldesa.

[contextly_sidebar id=”bUXOuIH7jz3FbbR7uNAiyjNAMwcXHxpU”]Seguido por un grupo de fotógrafos que captaron todo el recorrido, Eruviel Ávila dialogó con pacientes y médicos, y destacó que la clínica fue construida con recursos del DIF estatal y municipal.

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El artículo 261 del Código Electoral vigente en el Estado de México señala que “desde el inicio de las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales, así como los legisladores locales, deberán suspender la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental.”

“Asimismo, durante los treinta días anteriores al de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales así como los legisladores locales se abstendrán de establecer y operar programas de apoyo social o comunitario que impliquen la entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento que forme parte de sus programas asistenciales o de promoción y desarrollo social, salvo en los casos de extrema urgencia debido a enfermedades, desastres naturales, siniestros u otros eventos de igual naturaleza”, dice la ley.

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