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Carta de GACM sobre recursos utilizados en la construcción del nuevo aeropuerto de la CDMX
Carta de GACM sobre recursos utilizados en la construcción del nuevo aeropuerto de la CDMX
5 minutos de lectura
Carta de GACM sobre recursos utilizados en la construcción del nuevo aeropuerto de la CDMX
26 de febrero, 2018
Por: Redacción Animal Político
@liz_pf 

Daniel Moreno

Director General

Animal Político

Presente

Con relación a lo publicado por Manu Ureste “Se desconoce en qué se gastaron más de 1,000 mdp del nuevo aeropuerto de la CDMX: Auditoría”, en su prestigiado medio de comunicación, precisamos lo siguiente:

Todos los recursos destinados a la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) tienen su origen y destino plenamente identificado, justificado y comprobable, conforme al marco legal mexicano, el esquema de financiamiento del proyecto y las reglas de operación de cada uno de los contratos. Por ello, es imprecisa la interpretación que se hace en la nota informativa.

  • Las cantidades millonarias a que se alude, están referidas a “Solicitudes de Aclaración” de la ASF, de modo que no hay ningún daño patrimonial o quebranto económico determinado, ni actos de corrupción en la ejecución de la obra, como sugiere la exposición mediática.
  • Como su nombre lo indica, se trata de requerimientos que hace la ASF para aportar información adicional (la cual se entregará dentro de los 30 días hábiles que prevé la Ley) a la que fue entregada durante la auditoría. Es muy probable que esta última información necesite ser complementada o no haya sido posible revisarla en tiempo por los auditores. Por eso la observación se define como “Solicitud de Aclaración”, es decir, la documentación entregada no fue suficiente, al cierre de la auditoría, para solventarla. Pero dado que la misma existe, se solicita al auditado que aporte dicha información complementaria dentro del plazo legal para aclarar el monto observado.
  • De las 7 auditorías practicadas a GACM, por un monto acumulado de casi 112 mil millones de pesos, solo en una se determinó un posible daño patrimonial por 11 millones de pesos.
  • La observación de $385 millones relativa a la barda perimetral a cargo de SEDENA se refiere a un monto pagado que, dice la ASF, no fue ejecutado. La respuesta de GACM es que el monto se pagó por trabajos adicionales que se le encomendaron a SEDENA, los cuales, al momento del cierre de la auditoría, no habían quedado formalizados a través del convenio modificatorio (de ampliación) respectivo. Se presentará dicho convenio ante la ASF, el cual ya ha quedado formalizado a la fecha, con lo que se solventará la observación.
  • La observación de $205 millones se refiere a pagos hechos a OMEGA por trabajos de remoción de escombros y acarreos que no estaban contemplados en el catálogo topográfico original. La respuesta de GACM es que surgieron nuevas necesidades una vez iniciados los trabajos y se encomendó al contratista la realización de ellos, en las nuevas zonas topográficas.  Se deberá celebrar el modificatorio respectivo, precisando las nuevas secciones y entregarlo a la ASF.
  • La observación de $58 millones se refiere a un ajuste de costos hecho al Arquitecto Maestro (FREE-FOSTER). La ASF cuestiona que solo se debió aplicar a mano de obra y no a materiales.  Sin embargo, al tratarse de un contrato de servicios (no de obra pública), era procedente el ajuste en la forma que se aplicó. Se aclarará ante la ASF que, de haber hecho el ajuste en la forma que ellos indican, o de haberlo hecho como lo hizo GACM, el resultado es exactamente el mismo, es decir, los $58 millones se hubieran pagado conforme a uno u otro procedimiento.
  • La observación de $39 millones de pesos se refiere a un pago efectuado a los diseñadores del lado tierra (TASANA), por concepto de “Acompañamiento antes de que iniciara la obra”. La respuesta de GACM es que el pago se hizo por un concepto incluido en el contrato, denominado “Acompañamiento”, conforme al programa de pagos que presentó el contratista. Es cierto que el concepto se pagó antes de que iniciaran las obras principales que cuestiona la ASF (pistas). Sin embargo, el acompañamiento se hizo en torno a otros contratos también relacionados con el lado aire (construcción de la barda, camino perimetral). Se hará esta aclaración a la ASF y se acompañará de la documentación soporte que justifique los servicios, con lo cual quedará solventada la observación.

En resumen:

  1. No hay daño ni quebranto patrimonial, ni indicio alguno de corrupción o desvío de recursos, como lo sugiere la nota.
  2. No “se desconoce” el paradero de los recursos. Al contrario: se sabe con precisión en qué se está invirtiendo cada peso y por eso el GACM estará en posibilidades de responder a la ASF.
  3. Hay solicitudes de aclaración de la ASF que serán solventadas en tiempo y forma por el GACM.

En aras de aportar mayores elementos a sus lectores, solicitamos respetuosamente la publicación de la presente en su prestigiado medio en los mismos espacios y con la misma difusión que la nota que motiva la presente aclaración.

Sin más  por el momento, reciba un cordial saludo.

 

Atentamente

Octavio Mayén Mena

Comunicación Social GACM

 

*****

Respuesta del reportero

En la nota publicada por Animal Político no se menciona en ningún momento, ni se sugieren “actos de corrupción en la ejecución de la obra”. Lo que se expone son “irregularidades” y cantidades de recursos públicos por aclarar con documentación, que fueron observadas por la Auditoría Superior de la Federación al Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México (GACM) en siete informes que están disponibles al público en el portal asfdatos.gob.mx y en la nota publicada en este portal.

La nota tampoco concluye ni interpreta que hubiera un “daño patrimonial” o un “quebranto económico” en las obras del Nuevo Aeropuerto Internacional de México. De nuevo, la información se ciñe exclusivamente a las observaciones que formula la Auditoría Superior de la Federación al GACM en sus informes de la Cuenta Pública 2016.

Como bien expone comunicación social del GACM, las solicitudes de aclaración “deberán ser solventadas en tiempo y forma”, y será la ASF la que determine los resultados de las mismas.

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Etiquetas:
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