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La justicia alternativa, una puerta giratoria para evadir la ley en Chihuahua
La justicia alternativa, una puerta giratoria para evadir la ley en Chihuahua
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La justicia alternativa, una puerta giratoria para evadir la ley en Chihuahua
02 de enero, 2019
Por: Marisol Marín
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En 2007, Chihuahua fue el primer estado en implementar el nuevo sistema de justicia penal. A 10 años, abogados y jueces señalan que el sistema aún carece de muchas cosas y persisten errores y deficiencias.

Una de éstas es la llamada ‘puerta giratoria’. Con el nuevo sistema penal se buscaba darle prioridad a salidas alternas o a medidas cautelares que no fueran la prisión preventiva, para que una persona pudiera continuar su proceso en libertad.

Si el crimen no fue cometido con violencia o no se trata de un homicidio, existe la posibilidad de ejercer la justicia restaurativa, con medidas distintas a la prisión, según el sistema penal.

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Sin embargo, esto permitía que una persona cometiera – en un periodo corto de tiempo – varios crímenes sin ser detenido: alguien roba un local comercial, y meses después robara vehículos o viviendas. Esto sucedía porque el sistema de justicia permitía que el imputado escogiera la reparación del daño, lo que le permitía entrar y salir de la cárcel.

“Fue un sistema garantista que inició dentro de una crisis de seguridad nacional y local importante, que derivó a que los imputados y los posibles criminales entraran y salieran del sistema a través de la ‘puerta giratoria’, la crítica principal del sistema penal”, explica Fernando Rodríguez Pérez, presidente del Asociación Chihuahuense de Abogados.

“Llegó un momento en el que los delitos eran muchos y el juzgador ya no podía hacer nada. Luego, con el cambio al Código Nacional Penal se vuelve más benéfico -el robo de vehículo ya no se contempla como prisión oficiosa- situación alarmante que se vivió en 2008 o 2009. Una persona que sea acusada de ese delito, puede llevar su proceso en libertad”, explica el defensor particular y especialista en derecho penal, Said Martínez.

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“Somos partidarios del sistema, no hay regreso, pero tenemos que hacer asequible, de tal manera que no haya oportunidad para los presuntos delincuentes o abogados para evitar las consecuencias de la ley”, expresó el Fiscal General del Estado de Chihuahua, César Augusto Peniche Espejel

Explicó que el Código Penal de todas las entidades federativas establece la aplicación de una sanción como consecuencia de una conducta, sin embargo, el código de procedimientos  busca siempre abrir una ventana para que el delincuente no pise la cárcel.

“Soy partidario de la reducción de penas, pero tiene que darse el principio de la pena efectiva, para que la población sienta que hay una consecuencia a una conducta”, añadió.

Señaló que una de las fallas en el sistema es la falta de un registro de medidas cautelares y acuerdos reparatorios, lo que provoca que personas que son presentadas ante los jueces por un delito alcancen su libertad condicional con mucha facilidad.

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Añadió que el sistema penal retiró delitos que merecen encarcelamiento, como la portación de arma de fuego para uso exclusivo del ejército.

“Hemos visto decisiones de jueces que han dejado ir a personas con cuernos de chivos. De esa manera los portadores de armas entraban a un sistema de reclusión y ahora no, al poco tiempo los volvemos a ver operando”, finalizó.

Los vicios de la puerta giratoria

Uno de los problemas de la ‘puerta giratoria’ es que la persona enfrenta el proceso en libertad y luego no hay forma de someterla al proceso porque se fuga, explica el Magistrado Presidente del Poder Tribunal de Justicia del Poder Judicial del Estado de Chihuahua y del Poder de la Judicatura, Pablo Héctor González Villalobos.

“El tema es garantizar que personas que no representan escenas de riesgo puedan estar sujetas al proceso y responder por su conducta sin la necesidad de que antes de sentenciarlo esté detenido”, añadió.

Para que esto no ocurra, debe de haber una generación de información sobre niveles de riesgo de los imputados que se genere oportunamente y que sea fiable para que los jueces puedan tener oportunidades razonables sobre los temas, según el jurista.

El defensor Said Martínez coincide en que deben ser los jueces los que estudien, en cada caso, cuáles deben ser las medidas cautelares, y si es necesaria la prisión preventiva para evitar una fuga.

González Villalobos considera que si bien ya no es válido que se tomen en cuenta los antecedentes penales – para dar o no prisión preventiva – porque ya se sancionaron los delitos anteriores, si se puede tomar la reincidencia como un elemento relevante para la medición del riesgo. “Cuando un juez dicta sentencia, no le interesa saber quién es, sino qué hizo y al revés cuando se impone una medida cautelar”, añade.

Una de las soluciones para esto puede ser el Instituto de Servicios Previos al Juicio, que inició su funcionamiento hace un par de meses, encargado de supervisar y dar seguimiento a las medidas cautelares aplicadas a los imputados de un delito.

Si dicho organismo evalúa correctamente los factores, se tendrán elementos de calidad para que el juez decida – según lo que expongan las partes y derivado del informe que emite – cuáles son los riesgos y la manera correcta que no genere entorpecimiento en la justicia, emitiendo decisiones de gran calidad, explica la juez de control Alejandra Ramos.

El segundo vicio, señala el Magistrado Presidente, es la programación de las audiencias intermedias, mismas que se estaban suspendiendo. “No había coordinación con fiscalía ni defensoría, los conversatorios no estaban funcionando, porque se agendaba pero no se cuidaba, por parte de nuestro sistema de gestión, que hubiera condiciones que garantizaran que estuvieran todos los presentes en un momento oportuno”, añadió.

El tercer vicio es que el defensor pedía que se abriera un espacio para una negociación con la Fiscalía del estado para un acuerdo reparatorio y el juez en lugar de abrir un espacio de algunos minutos para que se pusieran de acuerdo, difiere la audiencia, lo que le da cierta ventaja a la defensa en su caso.

La reinserción, otra falla

Muchas de las personas que cometen un delito quedan libres sin que hayan sido juzgados de manera correcta y sin una reinserción que lo puede volver a llevar a cometer delitos, coinciden los especialistas consultados.

“Tratamos de llegar al siglo XXI en cuanto al garantismo en el sistema y llegar a una aplicación de derechos humanos. Pasamos por una crisis de seguridad que nos hizo creer que el problema era del sistema penal, cuando realmente la crisis de seguridad y descomposición social venían de otros factores distintos”, dice el presidente del Asociación Chihuahuense de Abogados, Colegio de Abogados, A.C., Fernando Rodríguez Pérez.

Dijo que se deben atacar las razones que llevaron a la persona a cometer un delito. Por ello se debería de tener una base de datos de personas que son propensas a cometer un ilícito.

“El tema de la reincidencia debe de ser propositivo, no para que a los 3-5 delitos de bajo impacto ahora sí le queden 10 años en la cárcel. Lo que debemos de atacar es el tema de recomposición social y hacer un hincapié en la sociedad, en que ese trabajo es de todos, no únicamente del sistema penitenciario”, explicó.

Sin embargo lo que hacen los juzgaddores es imponer una pena sin que tenga impacto al tejido social, señaló la juez de control.

“Hay cosas que pueden parecer tan básicas pero si los operadores de justicia no tienen consciencia de resultados en base a una justicia restaurativa y “palomean” requisitos para quitarse un caso más, hacen que el imputado regrese en unos años a los tribunales, pero con delitos más graves por la puerta giratoria, ya que no se atendió lo que genera que el imputado vuelva con hechos cada vez más de mayor gravedad”, expresó Alejandra Ramos.

Por ello, dice, es importante la capacitación a los operadores de justicia, para que no se contemplen únicamente los derechos del imputado, sino que también se visibilicen los derechos de las víctimas.

Proteger sólo los derechos del imputado es lo que abona a la puerta giratoria. “Cuando dejamos de ver que la víctima tiene derecho a protección, vamos a tener decisiones más justas con una defensa que sepa cuáles son sus límites y con jueces que emanan decisiones mucho más racionales y satisfactorias para la sociedad”, finalizó.

Aunque no todo es malo. Algunas de los puntos positivos que tiene el sistema de justicia penal actual es que antes se apilaban los expedientes y no avanzaban los casos con carpetas de investigación que ni siquiera tenían espacio en la FGE. Eran papeles y la cara de un imputado la que estaba esperando a su procedimiento, dijo el presidente del Asociación Chihuahuense de Abogados, Colegio de Abogados.

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Etiquetas:
Chihuahua
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