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Muerte digna: estos son los cambios a la ley para evitar el sufrimiento a enfermos terminales
Muerte digna: estos son los cambios a la ley para evitar el sufrimiento a enfermos terminales
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Muerte digna: estos son los cambios a la ley para evitar el sufrimiento a enfermos terminales
02 de julio, 2019
Por: Contenido Animal Político
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Con 109 votos y por unanimidad, el Senado de la República aprobó este lunes una reforma al párrafo cuatro del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incorporar los cuidados paliativos ante enfermedades en situación terminal.

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El dictamen aprobado establece también el uso de medicamentos controlados como parte del derecho a la salud.

¿Qué es la muerte digna?

La iniciativa aclara que la muerte digna no es lo mismo que un suicidio asistido o la eutanasia, ya que los cuidados paliativos ante enfermedades terminales “tienen como base principal evitar el sufrimiento en razón de los cuidados, mas no acabar con la vida”.

¿Qué derechos otorga la reforma?

Con los cambios avalados por los legisladores, el artículo 4 establece que “toda persona tiene derecho a la protección de su salud en condiciones de dignidad. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud incluyendo los cuidados paliativos multidisciplinarios ante enfermedades en situación terminal, limitantes o amenazantes a la vida, así como la utilización de los medicamentos controlados”.

¿Quién será el responsable de otorgar los paliativos?

De acuerdo con el dictamen, con la muerte digna será “deber del sistema de salud proveer las medidas sociales que eviten el sufrimiento de los enfermos, dando con ello su calidad de vida hasta su último momento”.

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Dicha intervención deberá realizarse “con elementos capaces de dar valor a la dignidad humana, moral, espiritual, mental, psicológica, psiquiátrica y emocional, con la posibilidad de alargar su conservación”.

Los cuidados paliativos se encuentran reconocidos en el contexto del derecho humano a la salud.

¿Qué enfermedades serán tratadas así?

Algunas de las enfermedades que podrán ser atendidas con cuidados paliativos son las cardiovasculares, cáncer, enfermedades respiratorias crónicas, SIDA y diabetes.

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También podrán recibir cuidados paliativos las personas con insuficiencia renal, enfermedades hepáticas crónicas, esclerosis múltiple, enfermedad de Parkinson, artritis reumatoide, enfermedades neurológicas, demencia, anomalías congénitas y tuberculosis resistente a los medicamentos.

 

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Etiquetas:
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