La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ordenó revisar la recomendación hecha en 2007 respecto al caso de la mujer indígena Ernestina Ascencio, fallecida por una presunta violación por elementos del Ejército mexicano.
Según el comunicado, la CNDH se posicionó de forma “indebida y precipitada” sobre el tema, sin que este estuviese esclarecido.
Por ese motivo, la Recomendación 34/2007, es inadmisible y contraria a la naturaleza de la responsabilidad de la comisión.
Posicionamiento de la #CNDH en el caso de la mujer indígena #ErnestinaAscencioRosario.#DefendemosAlPueblo pic.twitter.com/nVRoTTKXiV
— CNDH en México (@CNDH) March 12, 2021
A partir de esto, se determina la revisión de la recomendación y de los hechos, con perspectiva de inclusión (de género, edad, étnica, multicultural) y apego a la normatividad en la materia.
Ernestina Ascencio era una mujer indígena náhuatl de 73 años, quien presuntamente habría sido violada y agredida sexualmente por elementos del Ejército el 25 de febrero de 2007.
Después de 10 horas, Ascencio logró ingresar al hospital regional Río Blanco, el cual no le brindó atención oportuna al no contar con traductores para asistirle.
Ernestina Ascencio falleció el 26 de febrero debido a las graves lesiones que presentaba, incluyendo “múltiples desgarros en las regiones vaginal y anal”, según la necropsia realizada por el hospital.
Tras la denuncia de los familiares y funcionarios del hospital, la Secretaría de Defensa ordenó una investigación por abuso sexual.
Posteriormente el entonces presidente, Felipe Calderón, negó la violación y sostuvo que Ernestina Ascencio murió por “gastritis crónica”, versión avalada por la CNDH.
Debido a esto, se determinó que el personal militar no tuvo ninguna responsabilidad en los hechos.
Según lo informado por la CNDH, en la recomendación de 2007 “se omite el debido reconocimiento de los hechos, el análisis del incumplimiento de las obligaciones del Estado mexicano, generando impunidad ante dichas violaciones de derechos humanos y actos delictivos, omitiendo también, la correcta reparación del daño para las víctimas”.