Es falso que la Corte 'enmendara' al TEPJF y que funcionarios puedan promover consulta de revocación
Una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es utilizada por cuentas partidarias del gobierno para asegurar que dicha instancia supuestamente avaló el decreto que permite a funcionarios públicos promover la revocación de mandato, e incluso respaldar al presidente sin violar el periodo de veda.
Sin embargo, dichas afirmaciones son falsas, según confirmaron una revisión de documentos y leyes, y la voz de especialistas.
La SCJN no respaldó ni “aprobó” dicho decreto, y tampoco “enmendó la plana” al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que confirmó en días previos las restricciones para funcionarios al considerar que no es aplicable cambiar las reglas de un proceso que ya está en marcha.
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Entre quienes difundieron esta versión de que con esto supuestamente ya todos los funcionarios podían difundir el ejercicio de revocación están el diputado federal de Morena, Hamlet Almaguer, cuyo mensaje fue replicado por Jenaro Villamil, director del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR).
Ante una acción promovida por PRI, PAN y PRD y su petición de suspender el decreto promovido por Morena, lo que en realidad señaló la ministra Yasmín Esquivel es que no podía conceder dicha suspensión por una cuestión de procedimiento.
Esto, de acuerdo con lo que establece el artículo 64, párrafo tercero, de la ley reglamentaria del artículo 105 constitucional, en cuanto a que “la admisión de una acción de inconstitucionalidad no dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada”.
“Se trata del Acuerdo de admisión a trámite y turno (a la Ministra Esquivel) de la acción de inconstitucionalidad. No es un análisis en absoluto de fondo. Pero se mantiene la inaplicabilidad emitida por el TEPJF”, refirió Hugo Concha Cantú, Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
“Que nieguen la suspensión no quiere decir que validen el decreto”, coincidió el abogado Javier Martín Reyes, académico del CIDE.
El especialista refirió que, en términos estrictos, el decreto que se aprobó en marzo pasado sigue “vigente”, sin embargo, recordó la resolución del TEPJF y señaló que aún es aplicable su criterio para el proceso rumbo al 10 de abril.
“Es claro que el INE y el TEPJF podrán dictar medidas cautelares y ordenar que los sancionen si continúan difundiendo propaganda gubernamental”, refirió.
Una de las personas que señaló que con la resolución de la SCJN ya “todos los servidores públicos podemos difundir el ejercicio de revocación de mandato”, como ya mencionamos, fue el diputado federal Hamlet Almaguer.
“Como niega la suspensión (la SCJN), significa que el decreto sigue teniendo efectos, o sea que sigue vigente y válido, y por ende podemos seguir hablando sobre la revocación de mandato”, dijo el legislador.
Almaguer remitió al artículo 99 constitucional, donde se menciona que las resoluciones del TEPJF “se limitarán al caso concreto sobre el que verse el juicio”, lo que podría interpretarse en el sentido de que la resolución no aplica para todos los casos de funcionarios en el proceso rumbo a la consulta.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha rechazado suspender los efectos del Decreto Interpretativo sobre "Propaganda Gubernamental" que aprobamos en el Parlamento.
El Decreto sigue vigente, todos los servidores públicos podemos difundir el ejercicio de revocación de mandato pic.twitter.com/VTavb4zilP
— Hamlet Almaguer 🇲🇽 (@hamlet_almaguer) April 4, 2022
Sin embargo, el abogado Martín Reyes recordó que en la sentencia del TEPJF se abarcó todo el proceso, subrayando que la resolución tenía efectos incluso en las controversias que surgieran más adelante, ya sea en sede cautelar o en el análisis de fondo.
“Es cierto que el TEPJF sólo puede inaplicar una ley al caso concreto. Pero también es cierto que el criterio que estableció el TEPJF en su sentencia es tan amplio que, en los hechos, permite que el INE deje de aplicar el decreto interpretativo. Por eso es que la sentencia del TEPJF, de facto, hizo que el decreto sea hoy letra muerta (aunque sigue formalmente vigente)”, señaló Reyes.
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