Es falso que en México habrá toque de queda por COVID-19
Algunos usuarios de redes sociales señalaron en diversas publicaciones la posibilidad de que se implemente un toque de queda como medida para prevenir los contagios de Covid-19. Pero esta información es falsa.
El Presidente descartó la propuesta
El pasado 19 de marzo de 2020, durante su conferencia matutina, el Presidente Andrés Manuel López Obrador, descartó la imposición del toque de queda como medida considerada para hacer frente a la pandemia del nuevo coronavirus.
“Si se necesita, vengo aquí no solamente en la mañana, al mediodía o en la tarde. Los invito a ustedes y le hablo al pueblo y no voy a decir ‘he decretado que haya limitación a las libertades, toque de queda, que nadie salga a las calles el ejército se hace cargo del país’. No, aquí llamo al pueblo para que se estén en sus casas y estoy seguro que me van a hacer caso”.
Los bomberos también niegan que sea información verídica
Algunas de las publicaciones en redes sociales aseguran que la información sobre el toque de queda fue respaldada por miembros del Cuerpo de Bomberos.
Al respecto, el Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México (HCB) dijo a Animal Político que “la información es falsa, el HCB tomó medidas preventivas pero no la que menciona; nuestras fuentes oficiales de información son las que emite el gobierno de México”.
Sería inconstitucional que la medida fuera impuesta a nivel local
Un toque de queda implicaría una restricción al derecho Constitucional (Artículo 11 de la Constitución Mexicana) y Humano (Artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos) a la libertad de tránsito.
En ese sentido, la figura de “toque de queda” responde al Artículo 29 de la Constitución Mexicana. El artículo señala que:
“En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente cuando aquel no estuviere reunido, podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación; pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la restricción o suspensión se contraiga a determinada persona”.
Esto quiere decir que sólo a partir de la orden directa del presidente, podría llevarse a cabo la medida de restricción a la libertad de tránsito. Por ello, la imposición de un toque de queda a nivel municipal o estatal sería inconstitucional.
En otros países
La medida de toque de queda se aplicó en países como Italia, España y Ecuador, y en algunas localidades en Estados Unidos como Laredo e Hidalgo en Texas. Sin embargo, en México se descarta la posibilidad de que esto se lleve a cabo.
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