Por: Sarahí Salvatierra
Pese a los avances normativos que se están implementado para fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas y el combate a la corrupción en el contexto del ámbito subnacional, aún observamos resistencia y prácticas gubernamentales que buscan escapar del escrutinio social y de la legalidad.
Desde la publicación de la Ley General que creó al Sistema Nacional Anticorrupción, se activó una serie de procedimientos que implican transformaciones normativas para lograr la implementación de un sistema funcional y efectivo especializado para combatir el contexto actual de corrupción e impunidad que observamos día con día en nuestro país. Dicho proceso está acompañado de una armonización nacional que implica la construcción de un Sistema Anticorrupción en cada entidad federativa, que debe ser congruente y estar coordinado con el nacional.
Sin embargo, este panorama no es tan sencillo. Si bien la armonización legislativa en los Estados deberá realizarse bajo un esquema estructural similar al del Sistema Nacional, cumpliendo con los mínimos que se exigen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las adecuaciones no pueden caer en retrocesos que limiten o entorpezcan el proceso de coordinación y la relación entre el Sistema local y el nacional.
Para fortalecer la rendición de cuentas y la participación ciudadana en el combate a la corrupción y contar con un Sistema que permita a los ciudadanos controlar el abuso de poder y restablecer la confianza en sus representantes, será necesario que los sistemas locales, que son parte fundamental en la toma de decisiones del sistema nacional, se construyan de manera eficiente y funcional.
La construcción del diseño estructural y normativo, y en general, de los procesos para la consecución de los nuevos Sistemas Locales Anticorrupción en el ámbito subnacional deben de llevarse con base en los principios de gobierno y parlamento abierto: con transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana. No pueden repetirse procedimientos discrecionales y poco informados, como los que se han observado en algunos de los nombramientos y designaciones para las instituciones del Sistema Nacional.
Por ello, la construcción de Sistemas locales legítimos que sean capaces de combatir la corrupción y la impunidad, no pueden caracterizarse por la opacidad, la toma de decisiones no pueden guiarse por tintes partidistas, ni los procesos deben de estar alejados al escrutinio social. Será indispensable que las discusiones para la construcción de los Sistemas Estatales Anticorrupción cumplan, al menos, con los siguientes requisitos:
Aunque nos encontramos en un momento de transformación y diseño, dentro del término previsto en la Ley General que es el 18 de julio de 2017, menos de la mitad de los Estados apenas han incorporado en su Constitución Política la existencia de un Sistema Estatal y aún no han creado las leyes secundarias locales. Lo anterior no debe implicar que, en aras del cumplimiento al término de la transición, se den procesos legislativos presurosos sin transparencia ni discusión, en menoscabo de la calidad y operatividad de los Sistemas.
* Sarahí Salvatierra es investigadora en @FundarMexico.
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