El Tribunal Supremo español absolvió al ex juez Baltasar Garzón del delito de prevaricación -dictar a sabiendas resolución injusta- por seis votos a favor y uno en contra.
El País informó que Garzón estaba acusado y había sido sentenciado por haber intentado abrir una investigación por los crímenes del franquismo. El alto tribunal considera que Garzón incurrió en un error, como es calificar los hechos como crímenes contra la humanidad y que de ahí cuelgan los demás errores cometidos por el exmagistrado, aunque esos errores no constituyen delito de prevaricación.
La decisión judicial llega una semana después de que el ex juez fuese expulsado de la carrera judicial tras haber sido inhabilitado a 11 años por las escuchas del caso Gürtel. El alto tribunal pone fin así al último proceso que tenía pendiente contra el exjuez de la Audiencia Nacional. Tras la condena por la trama Gürtel, el Supremo también archivó por prescripción la causa por los cobros a la Universidad de Nueva York.
La sentencia critica los juicios de la verdad, porque aunque en Argentina y otros países se pueda realizar una investigación para acreditar lo ocurrido, en España solo es posible realizar una investigación cuando existe una persona física a la que investigar y en este caso es obvio que todos los ministros de Franco que Garzón incluyó como presuntos imputados en el plan sistemático de exterminio puesto en marcha durante la guerra estaban ya muertos. La sentencia estima que los historiadores tienen su papel y que los jueces tienen el suyo y no se pueden mezclar.
Sin embargo, el tribunal estima que el juez se equivocó, porque aunque en sus autos habla de desapariciones forzosas en un contexto de crímenes contra la humanidad, toma el contexto como si fuera la propia calificación de los hechos, y con la legislación vigente no se podía declarar, como hizo Garzón, que los crímenes fueran crímenes contra la humanidad que es un concepto muy posterior. Aunque puede parecer que es una grave crítica a Garzón, la sentencia destaca que España tiene un concepto muy restrictivo del principio de legalidad, por lo que esa calificación nunca podía ser aceptada.