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Hoy se determinará si salud de EPN es asunto público
Hoy se determinará si salud de EPN es asunto público
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Hoy se determinará si salud de EPN es asunto público
19 de febrero, 2014
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 

Saul LopezEste miércoles 19 de febrero un tribunal colegiado en materia administrativa con sede en la Ciudad de México deberá determinar si la información de la salud del presidente de la República es un asunto del conocimiento público o si en su defecto se viola el derecho a la privacidad.

[contextly_sidebar id=”326d2bee159875ffd87f0f0e94f7765b”]Serán los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito quienes deberán resolver un recurso de revisión a un juicio de amparo que se interpuso luego que la Presidencia, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) y un juez negaran hacer público el estado de salud del primer mandatario.

El hecho tiene su origen en un juicio de amparo que interpuso la organización defensora de la libertad de expresión Artículo 19  ante el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal en la que argumentó sobre la necesidad de contar con la información referente a la salud del Presidente.

El juzgado, al igual que la Presidencia y el IFAI, negaron el acceso a la información bajo el argumento de que proporcionarlo vulneraba el derecho a la privacidad, pero el juez tuvo una contradicción pues detalló que la salud del Presidente es de interés público.

Ante ello, la organización interpuso un recurso de revisión en el cual demanda la tutela del derecho de acceso a la información pública y su debida ponderación con el derecho a la privacidad  cuando el titular es un agente del Estado.

Esta revisión será resuelta este miércoles y, en ella,  los magistrados deberán pronunciarse también por la supuesta omisión del Congreso de integrar a la Ley Federal de Transparencia una causa de excepción a la protección de datos personales cuando estos pertenezcan a un funcionario público y que, por su importancia y trascendencia, fueran de interés público.

En el recurso de revisión, la organización solicitó además a los magistrados que el caso sea enviado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Para Artículo19 es importante que la salud del Presidente sea pública pues “se pierde de vista que el titular del Ejecutivo es quien constitucionalmente se encuentra facultado para diseñar la política exterior mexicana; resguardar la seguridad nacional;  suspender derechos fundamentales; definir la política de salud pública, entre otras.  Por lo tanto, su salud nos concierne a todos los mexicanos y mexicanas en tanto que ejerce funciones de primer orden para el Estado mexicano”, señaló la organización en sus argumentos.

Es por ello que la organización señala que es necesario que los Magistrados que componen el Primer Tribunal Colegiado del Primer Circuito, en pleno uso de sus atribuciones, remitan el asunto al Máximo Tribunal del país a fin de que sean los ministros quienes discutan los derechos de acceso a la información frente al derecho a la privacidad de un alto dignatario del Estado y determinen la falta de una legislación adecuada en materia de acceso a la información.

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