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En el DF sólo se considera víctimas si una autoridad acepta que violó derechos
En el DF sólo se considera víctimas si una autoridad acepta que violó derechos
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En el DF sólo se considera víctimas si una autoridad acepta que violó derechos
24 de noviembre, 2014
Por: Tania L. Montalvo (@tanlmont)
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Actualmente se encuentra en proceso la designación del nuevo ombudsman en el Distrito Federal. //Foto: Cuartoscuro.
Actualmente se encuentra en proceso la designación del nuevo ombudsman en el Distrito Federal. //Foto: Cuartoscuro.

En la capital del país sólo son víctimas de violaciones a derechos humanos las personas que consigan que la autoridad agresora acepte los abusos a través de una recomendación de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) o de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH); pues de otra forma no puede exigir la reparación del daño por las faltas cometidos en su contra.

[contextly_sidebar id=”LVmBNa6a9BiH5BRsQzagmRYzYFDHQQMh”]Una persona deberá ser plenamente identificada “por nombre y apellido” en la recomendación de una de esas comisiones para que una autoridad asuma su responsabilidad en las violaciones de derechos humanos y sólo entonces se podrá decir que es una víctima, según los Lineamientos para el pago de la indemnización económica que publicó el pasado 23 de septiembre el Gobierno del Distrito Federal.

La calidad de víctima queda limitada a la aceptación por parte de la autoridad responsable de la violación a los derechos humanos, lo que representa el riesgo de excluir un universo amplio de víctimas y deja fuera a las víctimas que puedan ser identificables en relación con los mismos hechos (…) Los lineamientos parecen ser una medida inadecuada para implementar en el Distrito Federal la Ley General de Víctimas, representan un retroceso en materia de reparación por violaciones a derechos humanos y desnaturaliza el concepto de reparación integral”, concluye el análisis del documento del GDF hecho por diferentes organizaciones defensoras de derechos humanos.

En la Ley General de Víctimas se establece que una víctima es aquella persona que ha sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional o en general cualquiera que ponga en peligro sus buenos o derechos; por la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos.

Pero organizaciones civiles como la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), Asistencia Legal por los Derechos Humanos, Litigio Estratégico para Derechos Humanos o la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho advierten que los lineamientos del GDF para la atención de víctimas no sólo son en perjuicio de éstas y propician su revictimización; si no que complican la implementación de la Ley General promulgada por el presidente, Enrique Peña Nieto, en enero de 2013.

Los lineamientos del GDF establecen que para ser reconocidas como víctimas y recibir la indemnización, una persona deberá acudir personalmente y con identificación oficial con una autoridad para manifestar “bajo protesta de decir verdad que es víctima de violación de derechos humanos y (su caso) se encuentra perfectamente individualizado en una recomendación o conciliación” de la CDHDF o de la CNDH.

Un procedimiento así revictimiza, pues después de un largo proceso ante un organismo autónomo como la CDHDF o la CNDH las víctimas deberán enfrentarse a otro proceso para determinar y establecer una indemnización”.

Pero además, los lineamientos del GDF indican que los recursos que se dispondrán para las indemnizaciones sólo serán con los que cuente la autoridad responsable de la violación y no señala la obligatoriedad de resarcir el daño en caso de que una entidad se declare “sin recursos disponibles” en su presupuesto.

No se cuenta con un fondo específico para ello (la indemnización) ni se indica que se haya previsto etiquetar recursos para ello, sino que el pago de la cantidad que sea determinada, dependerá de la existencia de los recursos de la autoridad responsable. (Y) los lineamientos dejan de lado la atención inmediata que se le debe dar de manera gratuita a las víctimas de violaciones a derechos humanos, como la atención médica, psicológica, de educación, alimentación, vivienda o en materia de protección a la integridad personal, servicios que además  se deberán otorgar hasta la total rehabilitación e integración de la víctima”, alertan las organizaciones civiles.

El GDF también considera que las víctimas en situación de vulnerabilidad serán un caso especial al calcular el monto de reparación por daño material e inmaterial y ubica a mujeres, personas con discapacidad, indígenas, menores de 18 años, de la población Lésbico Gay Bisexual Transexual Travesti Transgénero e Intersexual y en situación de calle en ese rubro.

Sin embargo, los defensores de derechos humanos señalan que el GDF toma en cuenta un concepto de vulnerabilidad cambiante y deja fuera a las personas privadas de su libertad como un grupo a tomar en cuenta.

“Hay parámetros y criterios arbitrarios para determinar las indemnizaciones y la incorporación a programas sociales del Distrito Federal a las víctimas de violaciones a los derechos humanos”. Por ejemplo, un Grupo de Trabajo integrado por la Secretaría de Gobierno, la Contraloría General y la Secretaría de Finanzas, determinará cómo llevar a cabo la reparación del daño; en lugar de que se haga a través de “órganos imparciales”.

Y aunque la CDHDF celebró en septiembre pasado la emisión de los Lineamientos y los calificó como “un avance significativo en la garantía de los derechos de las víctimas de violaciones a derechos humanos”, los defensores de derechos humanos piden que el organismo haga uso de sus atribuciones constitucionales y su autonomía para proteger los derechos de las víctimas.

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