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SCT dio contrato a hijos del dueño de empresa inhabilitada; es legal, responde la Secretaría
SCT dio contrato a hijos del dueño de empresa inhabilitada; es legal, responde la Secretaría
3 minutos de lectura
SCT dio contrato a hijos del dueño de empresa inhabilitada; es legal, responde la Secretaría
17 de abril, 2015
Por: Redacción Animal Político
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La Estela de Luz. Foto: Cuartoscuro.
La Estela de Luz. Foto: Cuartoscuro.

[contextly_sidebar id=”V7aWxrbw7bzQU3rqm7IswHeUN7sV5Sip”]La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio un contrato millonario a la empresa de los hijos de Juan Diego Gutiérrez Cortina, quien es dueño de la firma Gutsa Infraestructura, inhabilitada por el gobierno mexicano por incumplimiento y mala calidad en dos proyectos, entre ellos el de la Estela de Luz, reportó Reuters este viernes 17 de abril. En respuesta, la SCT señaló que la adjudicación de la obra se hizo conforme a la ley.

De acuerdo con información recabada por la agencia internacional de noticias, el contrato para ampliar un libramiento en la carretera México–Acapulco fue adjudicado a finales del año pasado a la empresa Epccor, propiedad de José Miguel Gutiérrez Sainz, Juan Diego Gutiérrez Sainz e Ignacio Gutiérrez Sainz, y donde figuran como accionistas Juan Diego Gutiérrez Cortina y dos compañías llamadas Administradora Gutsa y Gutsa Construcciones.

Reuters reveló también que “uno vínculos entre las dos empresas es que uno de los hijos funge como director de ambas firmas, según un documento público”.

Gutsa Infraestructura está en la lista de las compañías que ha ganado licitaciones con Petróleos Mexicanos (Pemex) a pesar de haber sido inhabilitada por la Secretaría de la Función Pública (SFP).

¿Cuáles fueron las causas de la inhabilitación? Al menos dos proyectos: Gutsa no terminó a tiempo la obra de la Estela de Luz, derivando en costos que superaron los 90 millones de dólares; además, realizó un trabajo de mala calidad en la autopista México-Acapulco. 

“La ley mexicana prohíbe a las entidades gubernamentales que contraten a empresas que tienen directa o indirectamente accionistas -a través de otras entidades corporativas- en común con contratistas inhabilitados”, indicó Reuters.

A través de un comunicado, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes precisó que “en todo momento se ha cumplido con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), al haber adjudicado el contrato 2014-17-CE-D-062-W-00-2014 de obra pública a las empresas Construcciones Aldesem, S.A de C.V. y Epccor S.A. de C.V, en virtud de que dichas ambas compañías cumplieron con los requisitos establecidos en la legislación y en las bases de la licitación”.

La Secretaría explicó que la ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas la obliga a admitir a todos los participantes que cubran los pedimentos de ley, así como los establecidos en las bases de la obra a concursar, pero no la faculta a investigar sobre la constitución de las empresas y/o de los integrantes de éstas.

Señaló que el artículo 51 de dicha ley en la fracción IV indica que las dependencias se abstendrán de recibir proposiciones o adjudicar contrato alguno a empresas que se encuentren inhabilitadas por resolución de la SFP.

“Por lo que en la licitación de referencia no se tiene base legal que obligue o autorice a impedir la participación de ninguna de las dos empresas, dado que no se encuentran en el Directorio de Licitantes, Proveedores y Contratistas sancionados con el impedimento para presentar propuestas o celebrar contratos con las dependencias, entidades de la Administración Pública Federal y de los Gobiernos de los Estados”, indica el comunicado.

A continuación puedes consultar el comunicado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes:

Con información de la agencia Reuters. 

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