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Es inconstitucional congelar cuentas en investigaciones de lavado de dinero, resuelve la Corte
Es inconstitucional congelar cuentas en investigaciones de lavado de dinero, resuelve la Corte
2 minutos de lectura
Es inconstitucional congelar cuentas en investigaciones de lavado de dinero, resuelve la Corte
04 de octubre, 2017
Por: Redacción Animal Político
@ere_aquino 

El bloqueo de cuentas bancarias de personas que son investigadas por lavado de dinero, emitidas por la Unidad de Inteligencia Financiera(UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), es inconstitucional, de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

[contextly_sidebar id=”whdUldJFMsiMPX0IHNuZrNtbTmjlTnO8″]Por mayoría de cuatro votos, la Primera Sala de la SCJN resolvió el amparo en revisión 1214/2016, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.

En un comunicado, la Corte informó que el asunto derivó de un recurso legal interpuesto por una empresa quejosa que fue incluida en la lista de personas bloqueadas, lo que derivó en la solicitud a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que se le suspendiera de manera inmediata “la realización de cualquier acto, operación o servicio relacionado con ésta o a través de ella”.

Luego, la empresa quejosa promovió un juicio de amparo en el que la Juez de Distrito que conoció del asunto determinó que el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito “no vulneraba la garantía de audiencia, ya que con posterioridad podría ser escuchada, y tampoco le privaba de la presunción de inocencia, porque esa medida no constituía anticipación del castigo”.

De acuerdo con la SCJN, a la quejosa se le concedió un amparo para efecto de que se hiciere de su conocimiento que estaba incluida en la lista de personas bloqueadas y se le otorgase la garantía de audiencia.

Sin embargo, la empresa promovió un recurso de revisión en el que se plantearon distintos agravios que llevaron a que, contrario a lo sostenido por la juez federal, se declarase inconstitucional lo sucedido, “por distintas razones que se explican en el proyecto”. Por ello, se modificó la resolución y se concedió el amparo a la empresa quejosa contra la norma.

Por ahora, este amparo beneficia solo a la empresa Soluciones Estratégicas Wirken, que, de acuerdo con el diario Reforma, es investigada penalmente por la Procuraduría General de la República (PGR), quien le embargó 21 cuentas bancarias el año pasado.

En 2014, el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito estableció una lista de personas bloqueadas y facultó a la UIF para designarlas de manera unilateral.

Desde entonces, la UIF ha incluido a cientos de personas físicas y morales en listas confidenciales, que resultan de inmediato en el congelamiento de sus cuentas, lo que para la mayoría de ministros viola la presunción de inocencia y audiencia previa porque parte de que los señalados son responsables de un delito.

Con información de Reforma (suscripción necesaria).

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Etiquetas:
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