Home
>
Sin grúa, pero con multa: ya no te llevarán al corralón, excepto en algunos casos
Sin grúa, pero con multa: ya no te llevarán al corralón, excepto en algunos casos
3 minutos de lectura
Sin grúa, pero con multa: ya no te llevarán al corralón, excepto en algunos casos
16 de febrero, 2018
Por: Contenido Animal Político
@ 

A partir de este sábado la grúa ya no se llevará tu vehículo al corralón cuando esté estacionado en ciertas circunstancias y lugares.

[contextly_sidebar id=”Zxg5X6YzZq65DOT4Jt1SZ0xNLG9yvOu7″]De acuerdo a los nuevos cambios del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, se suprimirá el uso de grúas cuando las unidades se estacionen en lugares prohibidos, sin que ello exente a los conductores de las sanciones económicas y administrativas correspondientes.

De esta forma, se prescindirá de esta medida cuando una unidad se estacione sobre vías peatonales y primarias, en el costado izquierdo de la vía cuando existan camellones centrales, laterales o islas, o en los carriles exclusivos, confinados y/o prioritarios de transporte público.

Tampoco se aplicará el arrastre cuando la unidad esté estacionada en áreas de circulación, accesos y salidas de estaciones y terminales del transporte público colectivo, sitios de taxi, así como en zonas de ascenso y descenso de pasaje de transporte público.

La modificación decreta que ya no se usará grúa para mover las unidades detenidas frente a bancos, hidrantes para uso de los bomberos; entradas y salidas de vehículos de emergencia, de estacionamientos públicos y gasolineras, rampas o escuelas, en doble fila o en batería.

Tampoco se usará para los vehículos de transporte público, escolar y de personal que carguen combustible con pasajeros a bordo o lleven vidrios polarizados, obscurecidos o con aditamentos u objetos distintos a las calcomanías reglamentarias.

De igual forma, se prescindirá de las grúas para movilizar a los vehículos para enseñanza que carezcan de un sistema de doble control de frenos, embragues y retrovisores, que permita al instructor controlar la unidad cuando sea necesario con absoluta independencia del aprendiz o no porte la leyenda “vehículo de enseñanza” en los costados y la parte posterior.

Sin embargo, los vehículos que circulen en carriles exclusivos para el transporte público o en contraflujo serán remitidos al corralón.

La autoridad local determinó que los conductores que circulen sobre los carriles exclusivos para el transporte público en el sentido de la vía o en contraflujo, o que teniendo la autorización no conduzcan con los faros delanteros encendidos y una señal luminosa de color ámbar, serán remitidos a depósito.

Asimismo, de acuerdo con el decreto publicado en la Gaceta Oficial, serán sancionados con una multa de 40 a 60 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente.

Estas amonestaciones también serán aplicables para los conductores que invadan los carriles exclusivos de transporte público al dar vuelta a la izquierda, derecha o en “U”, o cambien de cuerpo de circulación en la misma vía cuando existan señalamientos restrictivos que prohíban estos movimientos.

De acuerdo con el gobierno capitalino, la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México deberá realizar las acciones necesarias para la implementación de este decreto y actualizar la normatividad institucional.

Con información de Notimex.

Lo que hacemos en Animal Político requiere de periodistas profesionales, trabajo en equipo, mantener diálogo con los lectores y algo muy importante: independencia
Tú puedes ayudarnos a seguir.
Sé parte del equipo
Suscríbete a Animal Político, recibe beneficios y apoya el periodismo libre.
Etiquetas:
cambios reglamento transito
corralón
no te puede llevar grua
nuevo reglamento transito
que hacer si te lleva grua
reglamento transito cdmx
image