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Proyecto de la Corte sobre trabajadoras del hogar es discriminatorio, alertan defensores y activistas
Proyecto de la Corte sobre trabajadoras del hogar es discriminatorio, alertan defensores y activistas
4 minutos de lectura
Proyecto de la Corte sobre trabajadoras del hogar es discriminatorio, alertan defensores y activistas
15 de octubre, 2018
Por: Contenido Animal Político
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Defensores de derechos humanos, académicos y activistas publicaron una carta en la que acusan que en un proyecto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se niega a las trabajadoras del hogar el reconocimiento de sus derechos laborales,  y se “legitima un trato asimétrico” en materia de seguridad social.

“El proyecto de sentencia propuesto (Amparo Directo 9/2018) en la Segunda Sala de la SCJN, evidencia una vez más la discrimnación estructural de la que son objeto este grupo poblacional, en su mayoría de escasos recursos”, se lee en la carta.

Un Amparo Directo interpuesto por una trabajadora del hogar exige que se le reconozcan prestaciones como “indemnización constitucional; pago de: salarios caídos, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad y del tiempo extraordinario; así como la inscripción retroactiva ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)”.

En su demanda, la trabajadora señaló que trabajó con las personas a las que demanda desde 1959 hasta 2016, realizando labores de limpieza, lavado, planchado, comidas, lavar ropa, platos y áreas comunes de edificios, en un horario de 8:00 a las 17:00 horas, de lunes a sábado de cada semana, “sin horas de comidas ni descanso”.

Sin embargo, la Junta de Conciliación y Arbitraje consideró acreditada su renuncia voluntaria el 26 de abril de 2016, “motivo por el cual se absolvió a las demandadas del pago de la indemnización constitucional y salarios caídos”, aunque no acreditaron la excepción de pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, por lo que las condenó al pago de éstas, pero solo del año anterior a la presentación de la demanda.

Asimismo, condenó a las demandadas al pago de horas extras, al estimar que la trabajadora laboraba un total de 54 horas, esto es, seis horas extra más de la jornada máxima legal de 48 horas, pero descartó que la parte patronal estuviera obligada a efectuar la inscripción de la quejosa al IMSS.

También determinó que “el patrón no está obligado, cuando se trate de trabajadores domésticos, a pagar la aportación Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, ya que dicha inscripción solo puede realizarse voluntariamente y conforme a lo pactado por las partes”, por lo que se absolvió a las demandadas de su pago.

Inconforme con el laudo anterior, la trabajadora del hogar promovió un juicio de amparo directo.

Un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, que se encuentra en espera de ser discutido por la Segunda Sala de la Corte, suscribe que “el hecho de que los empleados domésticos no se encuentren contemplados dentro del régimen obligatorio del Seguro Social atiende a una diferenciación objetiva y razonable, a saber, que los empleados domésticos se distinguen intrínsecamente de los demás trabajadores, ya que la naturaleza y especificidades de su labor es de carácter especial”.

De acuerdo con los firmantes de la misiva, este proyecto de sentencia “legitima un trato asimétrico en materia de seguridad social, argumentando que el tipo de labor que realiza ese grupo de trabajadoras es de carácter especial y que por ello deben negárseles los derechos sociales de los que son titulares el resto de las personas trabajadoras formales”.

“Consideramos que la SCJN elude la situación de desventaja en la que objetivamente se encuentran este grupo de trabajadoras dada su condición socio-económica y la naturaleza irregular de la relación laboral producto de nuestras leyes federales. Con ello, legitima la permanencia de un orden jurídico que obstaculiza su acceso a una vida digna”, sentencia la carta.

Para los firmantes, es “desalentador que determine que el régimen voluntario de seguridad social cumple con los estándares constitucionales y convencionales de derechos humanos, cuando éste las excluye del acceso a prestaciones fundamentales como guarderías y deja a voluntad del empleador otorgar o no la inscripción”.

También señalan que existe una “negativa o dilación inexplicable del Ejecutivo” para enviar el Convenio 189 de la OIT al Senado para su ratificación, lo que “revela la falta de voluntad política para sentar las condiciones de igualdad necesarias para combatir las graves prácticas discriminatorias hacia las trabajadoras del hogar”.

La carta, firmada por más de 120 personas, entre ellas Ana Pecova, Carlos Brito, Edna Jaime, Emilio Álvarez Icaza, Gabriela Warkentin, Hilda Téllez Lino, Jacqueline L’Hoist, Katia D’Artigues, María Amparo Casar, María Elena Morera, Mario Campos, Mauricio Merino, Regina Orozco, Ricardo Raphael, entre otros, hace un llamado al Estado para revertir las prácticas discriminatorias que atentan contra los derechos de las trabajadoras del hogar.

“Hacemos un llamado urgente al Estado en su conjunto para revertir desde ahora las prácticas discriminatorias que históricamente han atentado contra los derechos fundamentales de una de las poblaciones más vulneradas, y que han colocado a México en una posición vergonzosa y de retraso internacional en el reconocimiento y protección de los derechos de este sector”, finaliza la misiva.

Lee también: El único derecho de las trabajadoras del hogar: demanda por despido injustificado

Desde hace 7 años, México suscribió el Convenio 189 de la OIT; sin embargo, este nunca fue enviado al Senado para su ratificación, y continúa sin hacerlo, a pesar de las críticas y exigencias de organizaciones sociales y trabajadoras del hogar.

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