Home
>
Gobierno mexicano deberá pagar indemnización a familia de tres jóvenes desaparecidos por el Ejército
Gobierno mexicano deberá pagar indemnización a familia de tres jóvenes desaparecidos por el Ejército
10 minutos de lectura
Gobierno mexicano deberá pagar indemnización a familia de tres jóvenes desaparecidos por el Ejército
18 de enero, 2019
Por: Paris Martínez
@paris_martinez 

El 29 de diciembre de 2009, alrededor de las 21:00 horas, los primos José Ángel y Nitza Paola, ambos de 31 años de edad, platicaban dentro de la camioneta de Nitza, estacionada fuera de la casa familiar, cuando al menos dos vehículos se estacionaron junto a ellos, de los que descendió una decena de militares apuntando con sus armas largas.

José Ángel bajó voluntariamente del vehículo, para permitir que los militares lo revisaran, pero Nitza Paola, que perdió la movilidad de las extremidades inferiores a causa de un infarto cerebral, no pudo bajar de la camioneta inmediatamente después de que los militares lo ordenaron.

Por ello, tal como señala el testimonio de sus familiares, Nitza Paola fue prendida del cabello por un soldado y arrojada fuera de la camioneta, y después otro militar derribó a José Ángel con un golpe de culata en la cara, al intentar defenderla.

Luego, ambos jóvenes fueron puestos a bordo de los vehículos en los que se transportaba el grupo de militares, y partieron con ellos, no sin antes robar el auto estéreo de la camioneta en la que platicaban los detenidos.

Una hora después, militares arribaron a la cercana vivienda de Rocío Irene, de 18 años, sobrina de José Ángel y Nitza Paola.

Después de invadir la vivienda y destrozar los muebles, el grupo de militares encerró en un baño a los dos hermanos de Rocío, de 13 y 11 años, y a su hija, de dos años, y a la joven le ordenaron ponerse calzado, porque se la llevarían con ellos.

Cuando la mamá de Rocío exigió que le explicaran el motivo de la detención, un militar le ordenó que se callara.

Los niños y la mamá de Rocío recuerdan un hecho: que las personas que invadieron su vivienda no sólo portaban uniformes militares, sino que todas sus armas contaban con números de identificación estampados en la culata.

Para tranquilizar a sus hermanitos y a su hija, Rocío aceptó irse con los militares sin oponer resistencia, les dijo “que no se preocuparan, que todo va a estar bien, que enseguida volvería”, según el testimonio de la mamá de Rocío.

Desde entonces han pasado nueve años, y de José Ángel, Nitza Paola y su sobrina Rocío, todos de la familia Alvarado, habitantes del Ejido Benito Juárez, Buenaventura, Chihuahua, no se ha vuelto a saber nada.

Desde entonces se les considera víctimas de desaparición forzada.

Los efectos de la militarización

La desaparición de estos tres jóvenes es uno de los casos por los que el Estado Mexicano fue llevado a juicio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el año 2016, y finalmente hallado “responsable” de los hechos, en sentencia emitida el pasado 20 de diciembre de 2018.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (que hace parte del sistema de justicia nacional) determinó que el Estado Mexicano no sólo es culpable del rapto y desaparición forzada de José Ángel, Nitza Paola y Rocío Irene, sino también de la impunidad con la que se benefició a los responsables, y de las amenazas, acoso e intentos de asesinato que, luego de los hechos, se emprendieron contra integrantes de la familia Alvarado para intentar silenciarlos.

Tal como concluyó el organismo intercontinental, estas tres desapariciones forzadas se dieron en el contexto de la estrategia de “despliegue de efectivos militares” para labores policiacas, emprendida en 2007 por el entonces presidente Felipe Calderón (emanado del Partido Acción Nacional) y que, destacó, “ha perdurado hasta la actualidad, sin cambios sustanciales”.

Leer: No era necesario activar al Ejército en guerra contra el narco, concluye estudio del Senado

En su sentencia, la Corte Interamericana subraya que dicha estrategia basada en el uso de Fuerzas Armadas en labores policiacas ha provocado un “creciente número de denuncias de violaciones de derechos humanos, a manos de elementos castrenses, en los lugares en que se encontraban desplegados para garantizar el orden público” y recuerda que, por esta situación, el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas pidió al Estado Mexicano que no empleara autoridades militares en labores relacionadas con seguridad pública.

La sentencia de la Corte Interamericana destaca también que, tras evaluar la situación de México, el Relator Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales de la ONU igualmente concluyó que la militarización de la seguridad pública está caracterizada por el “uso excesivo de la fuerza”, la “falta de rendición de cuentas”, y que el despliegue militar en el territorio nacional se da en un contexto de “impunidad sistémica y endémica”.

Además, la Corte Interamericana retoma en su sentencia contra el Estado Mexicano las conclusiones de Grupo de Trabajo Sobre Desapariciones Forzadas de la ONU, el cual constató que la “estrategia de militarización para el mantenimiento del orden público” viene aparejada de un aumento en las denuncias de tortura, tratos crueles e inhumanos, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, en buena parte de los cuales los perpetradores señalados han sido elementos del Ejército.

Impunidad militar

Tal como describe la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia, el ejido Benito Juárez, de donde son oriundos los tres jóvenes desaparecidos, forma parte de una de las “principales rutas” de tráfico de drogas, armas, contrabando y humanos. Ahí, además, está apostado el 35 Batallón de Infantería del Ejército.

Esa región es, señala la Corte Interamericana (basándose en un informe elaborado por el mismo gobierno mexicano) un “bastión de (el grupo criminal conocido como) ‘La Línea’, el cual es un brazo armado de la organización (criminal) ‘Carrillo Fuentes'”.

Esa zona fue, junto con otros puntos de Chihuahua, el escenario donde en marzo de 2008 fue puesto en marcha el “Operativo Conjunto”, como se denominó en ese momento al despliegue de de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública.

En 2008 fueron enviados 2 mil soldados; un año después, subieron a 8 mil 500, y para 2010 llegaron a 10 mil.

Entre 2008 y 2011, mientras duró el “Operativo Conjunto Chihuahua”, contra elementos del Ejército se presentaron 457 denuncias por violaciones a los derechos humanos, la “mayoría” por “allanamiento de morada, detenciones arbitrarias, torturas, desapariciones y ejecuciones extrajudiciales”.

En octubre de 2009, dos meses antes de que los tres integrantes de la familia Alvarado fueran desaparecidos, a su municipio (Buenaventura) fueron enviados 3 mil elementos del “Operativo Conjunto”, luego de que en la zona fuera raptado y asesinado un comandante de la Policía Federal.

Es en el contexto de ese despliegue militar que los tres jóvenes fueron raptados y desaparecidos.

Aunque, ese 29 de diciembre de 2009, la familia Alvarado dio inmediatamente aviso del rapto perpetrado por militares tanto a la Policía Municipal de Buenaventura, como a la Fiscalía de Chihuahua, estas autoridades no emprendieron ninguna labor de investigación: no acudieron en busca de las víctimas a los puntos de concentración que mantenía el Ejército en la zona, no acudieron al cuartel del 35 Batallón de Infantería, y tampoco preservaron las escenas de los raptos.

Por el contrario, la camioneta de la que fueron extraídos Nitza y José Ángel, horas después de los hechos fue sustraída por un grupo de policías estatales, aprovechando que la familia Alvarado estaba en ese momento concentrada en la búsqueda de sus tres integrantes desaparecidos.

Entre las evidencias que la Corte Interamericana dio por válidas para concluir que el Estado Mexicano es responsable por la desaparición de estos jóvenes destaca, precisamente, esa camioneta, ya que fue localizada dos días después en el interior de las instalaciones de la Fiscalía estatal.

Ahí, sin embargo, la autoridad se negó a devolver el vehículo a la familia Alvarado, alegando que había sido confiscada por el Ejército y que sólo con su autorización podía entregarla.

Otra evidencia en la que se sustentó la sentencia de la Corte Interamericana es un grupo de registros oficiales según los cuales, luego de que los tres jóvenes fueron detenidos, un elemento de la Policía Federal se comunicó con la Fiscalía estatal para preguntar si el Ejército ya los había puesto a disposición del Ministerio Público, porque deseaba interrogarlos.

Esas comunicaciones oficiales revelan que la captura realizada por militares le había sido notificada a la Policía Federal, aunque finalmente los detenidos no fueron puestos a disposición del Ministerio Público.

A pesar de que el Ejército niega, hasta la fecha, haber privado de la libertad a estos tres jóvenes, la más importante evidencia de que estas desapariciones forzadas sí fueron perpetradas por militares provino, precisamente, de un soldado.

Tal como destaca la sentencia de la Corte Interamericana, el 5 de febrero de 2010 (un mes y una semana después de la desaparición forzada de los tres jóvenes), el sargento primero Alberto Hernández de la Cruz fue citado a comparecer, en el marco de un juicio que la Justicia Militar realizaba por un caso distinto.

Ese soldado, fungía en el momento de los hechos como chofer de coronel Élfego Luján Ruiz, comandante del 35 Batallón de Infantería, al que se atribuyen los hechos.

Ese soldado declaró ante el Ministerio Público Militar que “el coronel (Élfego) Luján Ruiz, con elementos militares que portaban uniformes de desierto y de selva ‘levantó’ en el Ejido Benito Juárez a una ‘mujer inválida’ y a un hombre”, características que corresponden a Nitzia Paola y a José Ángel Alvarado.

Ese militar, además, narró cómo una semana después de la desaparición de los tres jóvenes, mientras conducía el vehículo del coronel Luján Ruiz, escuchó que dicho mando militar “recibió una llamada telefónica (…) escuchando que lo alertaban sobre la presencia del Comandante de la Guarnición de Palomas (quien había sido enviado a investigar las desapariciones), percatándome de que el coronel Luján Ruiz, con notoria preocupación, preguntó: ‘¿Y qué sabes de la basura que les ordené que sacaran? ¿Ya la tiraron?’, escuchando que le decían que sí”.

Inexplicablemente, el Supremo Tribunal Militar determinó que el testimonio de ese soldado era “ineficaz” para explicar la desaparición forzada de los tres integrantes de la familia Alvarado, ya que sus palabras “no tienen relación con los hechos”.

Luego, en 2011, ese soldado se retractó formalmente de su declaración y, con ello, el Ejército se declaró libre de toda responsabilidad en la desaparición forzada de los tres jóvenes.

Aún así, como “acto de buena fe y sin que ello implicara un reconocimiento de responsabilidad”, el Ejército entregó 182 mil pesos a la familia Alvarado bajo el concepto de “apoyo”.

Los costos de la militarización

Luego de que el Ejército Mexicano dio carpetazo al tema, las denuncias de la familia Alvarado se redoblaron, ahora con la intención de presionar a la Procuraduría General de la República para que tomara en sus manos el caso y realizara una investigación profesional, lo cual, tal como concluyó la Corte Interamericana, no ocurrió.

Por el contrario, contra los integrantes de la familia Alvarado inició una campaña de acoso y agresiones, que incluyó llamadas telefónicas con amenazas de muerte, así como allanamientos de viviendas en los que los perpetradores destruían las pertenencias de la familia y dejaban mensajes amenazantes.

Después, uno de los integrantes de la familia fue asesinado en hechos aún no esclarecidos, y otro fue atropellado en un ataque intencional, del que logró sobrevivir.

A raíz de estos ataques, toda la familia, incluidos aquellos núcleos con emparentamiento lejano, huyó de Chihuahua, y muchos abandonaron el país.

Aunque la familia encabezó una larga lucha legal para lograr que el coronel Élfego Luján Ruiz (principal mando del 35 Batallón de Infantería, y a quien uno de sus subalternos vinculó con la desaparición de los tres jóvenes) fuera procesado penalmente por estos hechos, el Poder Judicial determinó que no había elementos suficientes para actuar en su contra.

La familia inició entonces un proceso de impugnaciones contra esta determinación judicial, y en cada caso, la negativa de proceder contra el coronel Luján Ruiz fue ratificada, hasta que finalmente se declaró sentencia firme en favor del militar, quedando ya libre de toda posibilidad de ser juzgado por estos hechos.

Luján Ruiz, no obstante, fue sentenciado a 33 años de cárcel, por otro caso de desaparición forzada perpetrada en el marco de las operaciones policiaco-militares en la zona, y en el que las víctimas (también civiles) sí lograron ser localizadas, aunque sin vida.

Si bien el coronel Luján Ruiz ya no puede ser juzgado por estas tres desapariciones forzadas, la responsabilidad del Estado Mexicano en estos hechos se mantiene, tal como concluyó la Corte Interamericana, y ahora, luego de haber sido confirmada dicha responsabilidad en el marco del derecho internacional humanitario, las autoridades mexicanas quedan obligadas, a través de la sentencia emitida, a continuar la búsqueda de José Ángel, Nitza Paola y Rocío, así como de los responsables de su privación ilegal de la libertad.

Además, la sentencia estipula que el gobierno mexicano deberá pagar a sus familiares 1 millón 529 mil dólares, por concepto de indemnización, así como por los gastos legales que el procesamiento de este caso ocasionó tanto a las víctimas, como a la misma Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Lo que hacemos en Animal Político requiere de periodistas profesionales, trabajo en equipo, mantener diálogo con los lectores y algo muy importante: independencia
Tú puedes ayudarnos a seguir.
Sé parte del equipo
Suscríbete a Animal Político, recibe beneficios y apoya el periodismo libre.
Etiquetas:
desaparecidos
desapariciones
Ejército
guardia nacional
militares
image