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‘Vagoneros’ se manifiestan en las oficinas del Metro, piden lugares para vender dentro de las estaciones
‘Vagoneros’ se manifiestan en las oficinas del Metro, piden lugares para vender dentro de las estaciones
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‘Vagoneros’ se manifiestan en las oficinas del Metro, piden lugares para vender dentro de las estaciones
06 de junio, 2019
Por: Contenido Animal Político
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Un grupo de ‘vagoneros’ se manifestaron afuera de las oficinas del Sistema de Transporte Colectivo Metro, ubicadas en el centro de la Ciudad de México, para exigir su regulación como comerciantes al interior de las estaciones.

Desde hace días los comerciantes informales han solicitado al gobierno capitalino, encabezado por Claudia Sheinbaum, la oportunidad de vender sus productos dentro de las estaciones del Metro y cambio ofrecen realizar labores de limpieza.

Ante las peticiones, el Sistema de Transporte Colectivo Metro informó que durante los últimos meses ha disminuido 75% del comercio informal dentro de sus instalaciones, gracias a los operativos implementados en las estaciones.

Los operativos, realizados por la Gerencia de Seguridad Institucional del STC y la Policía Auxiliar y Bancaria e Industrial de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, consisten en mantener vigilar escaleras, torniquetes y andenes.

“Con ello se evita que comerciantes informales, como los denominados “toreros”, ingresen a las líneas de transporte o en su caso instalen su mercancía sobre una manta en dichos espacios”, explican en un comunicado.

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La vigilancia también se ha endurecido dentro de los vagones, “con lo cual se ha logrado erradicar casi en su totalidad el número de bocineros y se inhibe la presencia de vendedores”.

Dichos operativos son permanentes en las 12 Líneas del Metro y se refuerzan en ciertas estaciones con base en las denuncias hechas por los usuarios emiten a través de redes sociales.

El STC argumenta que la presencia de los comerciantes al interior del Metro está prohibida por el Reglamento de la Ley de Movilidad, en sus artículos 223, 230 fracciones III, XIV y XX:

III. Invadir cualquier área que no esté destinada al transporte de los usuarios, y en particular,  las vías, carriles confinados, o los túneles por donde circulen los vehículos de este tipo de transporte.

XIV.   Ejercer   el comercio   ambulante, en  las unidades, carros   y/o vagones, andenes, estaciones,  túneles, corredores, escaleras, zonas  de acceso, salidas y zonas de distribución y zonas de acceso y salida de las estaciones en un polígono de 25 metros.

XX.  Obstaculizar   zonas de acceso,   salidas, unidades, carros   y/o vagones, andenes, estaciones,  túneles, corredores, escaleras y en  general, todos aquellos puntos de circulación peatonal y del propio medio de transporte.

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