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Instituto de Transparencia avala que audiencias del exesposo de Abril no se hagan públicas
Instituto de Transparencia avala que audiencias del exesposo de Abril no se hagan públicas
5 minutos de lectura
Instituto de Transparencia avala que audiencias del exesposo de Abril no se hagan públicas
13 de marzo, 2020
Por: Arturo Angel
@arturoangel20 

El Instituto para la Transparencia de la Ciudad de México avaló la clasificación total como información reservada de las audiencias que el año pasado se llevaron a cabo en contra de Juan Carlos “N”, sospechoso de agredir y posteriormente asesinar a su entonces esposa Abril Pérez Sagaón, pese a que de acuerdo con la Constitución son audiencias públicas.

El pleno de comisionados del referido Instituto validó sin objeciones el argumento del Poder Judicial de la Ciudad de México de no entregar copia de los videos de dichas audiencias -en las que Juan Carlos fue liberado – bajo el argumento de que contienen datos personales que deben ser protegidos.

Y aunque había otras opciones que la ley contempla para la acceder a la información como una consulta directa o elaborar una versión pública – que el Poder Judicial negó con el argumento de que no tiene ni personal ni equipo para hacerlo – el Instituto no se pronunció al respecto.

En la resolución al recurso de queja promovido por Animal Político luego de la negativa del Tribunal capitalino para entregar la información, el Instituto explica que el Poder Judicial les facilitó copia de dichos videos. Y tras revisarlos determinaron que contiene datos personales que son confidenciales.

Entre dicha información se encontrarían aspectos concernientes al imputado y a la víctima, relativos a la exposición de imágenes sensibles de las víctimas respecto de su estado de salud; e información de carácter psicológico de un menor de edad hijo del matrimonio.

“La información descrita, se trata de información sensible que no puede divulgarse de forma alguna, resultando procedente su resguardo en términos de lo establecido en el artículo 186, de la Ley de Transparencia” indica la resolución relacionada con el expediente 0035/2020.

El Instituto también validó sin mayores objeciones otro argumento expuesto por el Tribunal respecto a que si bien las audiencias son públicas de acuerdo con el artículo 20 Constitucional, ello se limita – según la resolución – al momento en que se realizan y no posterior a estas.

En ese contexto, el Instituto calificó como correcta la clasificación de reserva y confidencialidad hecha por el Comité de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia de la ciudad

¿Y el resto de la audiencia?

La exposición de datos personales que son confidenciales y la presentación de peritajes que pueden tener información sensible son momentos que pueden presentarse en una audiencia, sin embargo, ello no conforma la totalidad de esta.

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales las audiencias iniciales como las que se solicitaron pasan por diversas fases como, por ejemplo, la presentación de los cargos, la solicitud de una medida cautelar, o la argumentación de los jueces para determinar o no una resolución.

Se trata de información que sí es de carácter público y que, como el propio Poder Judicial capitalino reconoció en la respuesta analizada por el Instituto, podrían ser expuestos a una versión pública de la audiencia. No obstante, el Tribunal negó esta modalidad con un argumento operativo más no legal: que no tiene equipos para editar los videos.

Entérate: Dan prisión preventiva a los presuntos feminicidas de Abril Pérez

Tampoco ofreció, como sí se ha presentado en otros casos, la posibilidad de que el solicitante se presente a una proyección directa de la audiencia aun cuando no se facilite una copia.

El Instituto de Transparencia de la Ciudad de México no se pronunció sobre ninguno de estos puntos en la resolución por escrito recibida por Animal Político.

La elaboración de versiones públicas de una audiencia o la modalidad de consultarlas directamente, aunque no se faciliten copias no son hechos inéditos ni imposible. Han ocurrido en casos como, por ejemplo, el de las audiencias públicas del juicio contra el exgobernador Javier Duarte, donde se facilitaron videos editados de parte del Poder Judicial Federal.

Anomalías, opacidad y crimen

El proceso por tentativa de feminicidio en contra de Juan Carlos “N” se originó en un contexto de violencia familiar, pero el caso cobró relevancia pública luego de que el propio Poder Judicial de la capital anunció en un comunicado la suspensión de los jueces que encabezaron las audiencias y el inicio de una investigación en contra de estos.

Ello ocurrió luego de la víctima, Abril Pérez Sagaón, fue asesinada a tiros por sicarios en el sur de la Ciudad de México. El crimen ocurrió apenas unos días después de que Juan Carlos “N”, su presunto agresor, fue liberado por los jueces en las mencionadas audiencias.

Entérate: Abril quería ayudar a víctimas de la violencia, pero fue asesinada en la CDMX

Ayer, otro juez capitalino vinculó a proceso a los presuntos sicarios por el delito de feminicidio y concluyó que hay indicios suficientes para establecer que el crimen pudo ser ordenado por Juan Carlos “N” después de ser excarcelado. Ello según lo informado a este medio por el abogado de la víctima.

¿Qué pasó en las audiencias previas al crimen de Abril? ¿Los fiscales argumentaron correctamente la acusación? ¿solicitaron que se mantuviera la prisión en su contra aun cuando se le reclasificaron los delitos? ¿Cómo argumentaron los jueces la decisión de liberar a Juan Carlos “n”? La respuesta de todo ello está en los videos de las audiencias que no se han transparentado.

Especialistas de organizaciones como Equis Justicia, Intersecta o Tojil: Estrategia contra la Impunidad entrevistadas previamente por Animal Político como parte del desarrollo de este caso, han advertido que la opacidad generalizada que predomina en las audiencias de este y otros casos impide una correcta fiscalización de la ciudadanía sobre la actuación de los servidores públicos.

 

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Etiquetas:
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