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Esto deben hacer familiares para repatriar restos de mexicanos muertos en el extranjero por COVID
Esto deben hacer familiares para repatriar restos de mexicanos muertos en el extranjero por COVID
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Esto deben hacer familiares para repatriar restos de mexicanos muertos en el extranjero por COVID
27 de abril, 2020
Por: Notimex
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La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) publicó una guía para la disposición de cadáveres de connacionales que mueren en el extranjero a causa del COVID-19 y que sus familiares desean inhumar o cremar en territorio nacional.

Debido a las medidas de contención del coronavirus que cada país está aplicando, la Cancillería recomendó a los familiares de connacionales que la disposición de los cuerpos sean mediante la cremación ya que esto puede facilitar su manejo sin poner en riesgo a la población.

“La disposición final del cadáver debe ser preferiblemente mediante cremación puesto que las cenizas representan un menor riesgo en términos sanitarios y también un costo financiero menor.

“Sin embargo, en caso de que la familia opte por la inhumación en México, la funeraria en el país donde ocurrió el deceso debe cumplir con los lineamientos de manejo general y masivo de cadáveres por COVID-19 en México”.

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La Cancillería también solicitó que los deudos cuenten con toda la documentación necesaria para que los servicios funerarios puedan trabajar en la repatriación de los cadáveres observando los lineamientos establecidos por las autoridades sanitarias en el país.

Expuso que se debe tener comunicación constante con las embajadas y consulados de México a fin de que, en caso de perder un familiar por la infección, sea fácilmente rastrable y se pueda proceder a su repatriación a cualquier punto de la República.

La dependencia federal pidió a los familiares de las víctimas observar el proceso para repatriar cadáveres de mexicanos muertos en el exterior.

Por ejemplo, solicita que se verifique si la funeraria que recibirá el cuerpo en México cuenta con las medidas sanitarias para su manejo.

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En caso de que se requiera transportar el cadáver vía aérea, verificar que la línea aérea permita el traslado de restos humanos o cenizas de personas fallecidas a causa del COVID-19.

También, pide informarse sobre las disposiciones estatales para el manejo de cadáveres, ya que algunas entidades federativas han dispuesto solo la recepción de cenizas y no de restos para su inhumación.

La Cancillería también informó que está en capacidad de ofrecer apoyo económico para aquellos familiares que demuestren insolvencia para trasladar el cadáver o para embalsamarlo o cremarlo. Sin embargo, fue enfática en señalar que no puede costear ceremonias religiosas ni servicios adicionales.

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Etiquetas:
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