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Organizaciones y CNDH señalan a senadora por dictamen de salud mental discriminatorio
Organizaciones y CNDH señalan a senadora por dictamen de salud mental discriminatorio
8 minutos de lectura
Organizaciones y CNDH señalan a senadora por dictamen de salud mental discriminatorio
28 de julio, 2020
Por: Eréndira Aquino
@ere_aquino 

La  iniciativa para impulsar una Ley General de Salud Mental en México propuesta por el Partido del Trabajo en el Senado ha generado una serie de críticas por parte de colectivos y organizaciones de personas con discapacidad psicosocial, pues consideran que fue hecha con recomendaciones de hace 14 años, además de permitir el tratamiento forzado y contener expresiones como “deficientes” o “enfermos mentales”, lo que es violatorio de los derechos humanos.

Será este miércoles 29 de julio cuando la  Comisión de Salud del Senado de la República discutirá la iniciativa presentada por la senadora Geovanna Bañuelos, quien ha señalado -a pesar de las críticas- que su propuesta es necesaria dado el incremento de enfermedades que afectan la salud mental por la pandemia de COVID-19, ante la “ausencia de atención” por parte del Estado mexicano.

Incluso, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) pidió al Senado revisar el dictamen elaborado por las Comisiones Unidas de Salud y Estudios Legislativos Segunda, al considerar que vulneraría diversos artículos de la Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad.

El organismo estimó que de aprobarse la ley, se desconocería la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, además de que la redacción del documento “refleja una visión anacrónica y estigmatizante, al utilizar referentes conceptuales que no resultan compatibles con las nociones actuales sobre la salud mental”.

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¿Qué dice la iniciativa?

La primera versión dada a conocer del dictamen de Ley General de Salud Mental explica que su objetivo es crear una legislación para “regular las bases y modalidades para garantizar el acceso a los servicios de salud mental a toda la población del territorio nacional, con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género”.

De acuerdo con el documento, algunos “factores que pueden ser causa de agravar la salud mental de las personas serían: pobreza, trabajo, educación, violencia y trauma”.

Y ubica como población vulnerable a “mujeres trabajadoras, población rural, niños y niñas en situación de calle, personas con discapacidad, menores farmacodependientes, madres adolescentes, adultos en plenitud, población indígena, población migrante, enfermos mentales delincuentes recluidos” (sic).

Estas personas, dice, deben ser “asistidas y atendidas por el Estado a través de un cuerpo legislativo único y específico que pueda atender todos los diversos factores que envuelven a la salud mental”.

Acerca de los derechos de las “personas con trastornos mentales y del comportamiento”, señala que deben tener un trato digno e incluyente por parte de las instituciones, y a acceder y recibir servicios de salud mental.

También señala su “derecho al consentimiento informado” de cada paciente respecto de su tratamiento. Aunque contempla que esto “se excepturará en el caso de internamiento voluntario, cuando se trate de un caso emergente o cuando se compruebe que el tratamiento es el más indicado”.

En estos casos, la información del paciente se brindaría “al cónyuge, padre, madre, hija o hijo mayor de edad, tutor o representante legal con veracidad de la condición y el posible efecto del tratamiento que reciba la o el usuario, en caso de que sea menor de edad o incapaz”.

Los “internamientos involuntarios” solo podrían darse por prescripción médica especializada, “conforme a las mejores prácticas, cuando el usuario presente conductas o acciones que puedan causarle daño físico inmediato o inminente a sí mismo, a terceros o a la propiedad, cuando la severidad de los síntomas y signos así lo indiquen”.

Los egresos de centros hospitalarios de atención en salud mental solo podrían darse cuando el médico tratante considere que por mejoría de su estado mental, el paciente puede continuar su tratamiento de manera ambulatoria, o si un familiar lo solicita por escrito.

Si el paciente busca salir del hospital, tendría que recurrir la decisión del médico o de su familia ante autoridades judiciales.

Según la iniciativa, el internamiento solo procederá cuando se haya “agotado todas las opciones disponibles y menos lesivas de tratamiento”.

Cuando se realicen internamientos involuntarios, estos se darían “previa indicación de los profesionales acreditados por la Secretaría de Salud, se realizará mediante resolución judicial, en caso de que este se prorrogue por más de 72 horas. Si el internamiento es menor a 72 horas no es necesaria una resolución judicial”.

Una vez que las condiciones del paciente lo permitan, dice, “deberá ser informado de su situación de internamiento para que, en su caso, su condición cambie a la de ingreso voluntario”.

Señala que se deberá dar asistencia social en la materia en establecimientos especializados para menores, personas en situación de calle, adultos mayores en estado de abandono o desamparo y personas con alguna discapacidad sin recursos.

Asimismo, contempla que la Secretaría de Educación Pública (SEP) coadyuve para que los centros escolares cuenten con profesionales de la psicología del área clínica y educativa que brinden atención en salud mental, detecten y y diagnostiquen posibles trastornos mentales y de comportamiento, debiéndolos canalizar a instancias que ofrezcan atención psicológica “basada en buenas prácticas”.

Otra de sus funciones será detectar conductas que vulneren el bienestar psíquico del alumno, como posible abuso sexual, tendencias suicidas, adicciones, acoso y violencia escolar, e implementar los protocolos de actuación que atiendan la problemática y eviten la deserción y el bajo rendimiento escolar.

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Las críticas de colectivos y ONG

Víctor Lizama, integrante de Sincolectivo y de la asociación civil Documenta, explica que la crítica a ley se da debido a que  rompe dos principios en la legislación de la salud mental: que tienen que formularse desde parámetros internacionales de derechos humanos, y que las personas con discapacidad psicosocial deben ser tomadas en cuenta durante su elaboración y discusión, lo que, denuncian, no ocurrió en este caso.

“La Ley Bañuelos, como la hemos llamado, permite el tratamiento forzado para personas con trastornos mentales y de comportamiento, y exceptúan para esos casos el derecho al consentimiento informado. Al respecto, el Comité de Derechos de Personas con Discapacidad de la ONU dice que estas prácticas constituyen violaciones a los derechos de libertad personal y contra la tortura”, indica Lizama.

Además, contempla los internamientos forzados, mismos que son considerados una medida ilegal y arbitraria para la relatora Especial de los Derechos de Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas.

“La iniciativa está construida de acuerdo a un manual de la Organización Mundial de la Salud sobre salud mental de 2006, o sea, hace 14 años. Eso es previo incluso a la creación de la Convención de las Personas con Discapacidad de 2008. Actualmente existen otros parámetros para la atención en la materia, de los que la senadora y sus asesores ni siquiera conocen”.

Otro punto que preocupa a Documenta, A.C. es el de la privación indefinida de la libertad, ya que el proyecto de ley establece que los pacientes podrán egresar de los hospitales solo cuando el médico lo considere, lo que la relatoría Especial de los Derechos de Personas con Discapacidad ha denunciado como una mala práctica.

Ilse Gutiérrez, quien vive con un trastorno mental, dice que a ella y a otras personas con discapacidad psicosocial consideran que la ley discrimina y busca el tratamiento con un enfoque psiquiátrico de personas “farmacodependientes”, así como de las infancias.

Ella forma parte de el movimiento Orgullo Loco en México, donde es coordinadora. Desde hace años, a nivel mundial buscan reivindicar a las personas con discapacidad psicosocial o que se asuman como “locas”, y que se respeten sus derechos.

“Una de las cosas que estamos intentando cambiar es el estigma hacia la salud mental y hacia las personas que tenemos alguna condición psiquiátrica o de salud mental, porque se nos relaciona con el ser peligrosos”, señala.

Por ello Orgullo Loco México se pronuncia en contra de la iniciativa, que considera a las personas con discapacidad psicosocial “como peligrosa o incapaz. Este discurso es un mito, por ello queremos reivindicar nuestras condiciones, no que se perpetúen los estigmas”.

En su opinión, el proyecto de ley que será discutido debe reformarse para tener un enfoque de derechos humanos en los que la voz de las personas con trastornos mentales sean tomadas en cuenta, y se deben reformar las leyes de salud estatales, en las que también se avalan los internamientos forzados y sin consentimiento informado.

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Confrontación por cambios en el dictamen

La senadora Geovanna Bañuelos asegura que la primera versión de la propuesta de ley, que es de la que tienen conocimiento organizaciones sociales y colectivos, se modificó tras los comentarios realizados por estos grupos a los asesores legislativos.

Sin embargo, Documenta AC y Sincolectivo afirman que ellos no tienen conocimiento de cuáles fueron las modificaciones realizadas al documento, y que no los avalan.

En entrevista con Animal Político, la legisladora afirma que los grupos de la sociedad civil buscan que la propuesta no se apruebe porque se encuentran en contra de la creación de una Ley General de Salud Mental, independientemente de su contenido.

Asimismo, señala que la primera versión del documento fue modificado, y será discutido con una redacción el próximo miércoles, con las “valiosas aportaciones” de los colectivos, aunque estos no reconocen haber participado del proceso de cambios en la iniciativa.

“No es un texto acabado, todavía están opinando distintos grupos parlamentarios, distintos senadores y distintas organizaciones, Nosotros todavía estamos en la etapa de recoger esas inquietudes y perfeccionar el documento”, indica.

“Tal vez porque no se ha tenido acceso a ese documento final se ha estado generando mucha especulación, cosas que en efecto son ciertas que contiene el dictamen es que se crea una nueva ley, que nosotros sostenemos que es la ruta idónea para poder atender de manera integral y crear esta política pública en nuestro país, y el otro es el tema del internamiento, pero nosotros hemos sido cautelosos de observar los tratados internacionales que el Estado mexicano ha suscrito en materia de derechos de personas con discapacidad”, explica.

Víctor Lizama señala que Documenta AC desconoce los cambios, y que sostiene que lo que se requiere para una mejor atención a las personas con discapacidad psicosocial es que se reforme el capítulo de Salud Mental en la Ley General de Salud vigente, pues no debe seguirse separando los temas mentales de los físicos.

“Tenemos que armonizar la legislación y favorecer la transformación de los servicios de atención a la salud mental, que estos se den en comunidad, que la persona usuaria sea partícipe de su propio proceso de recuperación, pero esta ley no está buscando eso”, concluye.

Ilse, por su parte, señala que independientemente de lo que ocurra con la iniciativa de Ley General de Salud Mental, es necesario que las autoridades de los 15 estados que cuentan con leyes locales en la materia reformen los documentos para que también ellos se encuentren armonizados con aquellos que salvaguardan los derechos humanos de las personas con discapacidad, pues avalan las prácticas de tratamientos e internamientos forzados.

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