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Puebla dice sí al matrimonio igualitario, aprueban reforma al código civil
Puebla dice sí al matrimonio igualitario, aprueban reforma al código civil
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Puebla dice sí al matrimonio igualitario, aprueban reforma al código civil
03 de noviembre, 2020
Por: Contenido Animal Político
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Puebla se convirtió en el estado número 19 en reconocer el matrimonio igualitario en México.

Con 31 votos a favor, 5 en contra y 3 abstenciones el Congreso de Puebla aprobó el reconocimiento de las uniones entre personas del mismo sexo.

La iniciativa de reforma de diversos artículos, entre ellos el 61, 294, 300 321, 333 403 del Código Civil de Puebla, será turnada al Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.

El pasado 30 de octubre, el gobernador de Puebla, Miguel Barbosa, dijo que el Congreso tenía la obligación de aprobar el matrimonio igualitario, porque es una orden directa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El 1 de agosto de 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación votó por unanimidad a favor de la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo en el estado de Puebla, sin embargo, sólo reformó parte de su código al establecer que la unión de dos personas no es solo para “perpetuar la especie”.

Su capital, Puebla de Zaragoza, aprobó el 9 de enero del 2020 el matrimonio igualitario en el registro civil.

Otras entidades en las que el matrimonio igualitario se encuentra reconocido son la Ciudad de México, Quintana Roo, Coahuila, Chihuahua, Nayarit, Jalisco, Campeche, Colima, Michoacán y Morelos.

También en Baja California, Chiapas, San Luis Potosí, Nuevo León, Hidalgo, Baja California Sur, Aguascalientes y Oaxaca.

Asimismo, estas uniones se encuentran reconocidas en algunos municipios de Guerrero, Querétaro y Zacatecas.

Lee más: De nueva cuenta no fue aprobado el matrimonio igualitario en BC, ahora solo faltó 1 voto

Desde 2015, la Suprema Corte señaló que es obligación de todos los jueces seguir un criterio favorable a todos los amparos que se interpongan en cualquier parte del país, y en donde aún no están legalizadas estas uniones, de acuerdo con la resolución de jurisprudencia 43/2015.

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