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INE aprueba criterios para frenar la sobrerrepresentación en San Lázaro
INE aprueba criterios para frenar la sobrerrepresentación en San Lázaro
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INE aprueba criterios para frenar la sobrerrepresentación en San Lázaro
20 de marzo, 2021
Por: Redacción Animal Político
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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó con nueve votos a favor y dos en contra los criterios para evitar la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados.

Lo que se busca evitar es que, dentro de las coaliciones, algunas diputaciones se ganen con la afiliación a un partido.

Morena acusó a los consejeros electorales Lorenzo Córdova y Ciro Murayama, de buscar impedir, a toda costa, que el partido sea mayoría en la Cámara de Diputados la próxima Legislatura.

Pero los consejeros electorales argumentaron que solo están cumpliendo con la ley, que establece que ningún partido debe tener más del 8% de sobrerrepresentación.

Para cumplir con este precepto constitucional, se verificará la afiliación efectiva de cada una de las candidatas y los candidatos triunfadores por el principio de mayoría relativa; aquella que esté vigente al momento del registro de la candidatura.

Es decir, el triunfo será contabilizado a favor del partido con el cual el o la candidata ganadora tengan una “afiliación efectiva”.

En caso de que la candidatura triunfadora no tenga una afiliación efectiva a alguno de los partidos que la postularon, el triunfo será contabilizado en los términos de lo expresado por el convenio de coalición aprobado, buscando el mayor equilibrio entre el porcentaje de votos y escaños obtenidos.

Finalmente, en caso de que la candidata o el candidato triunfador haya contendido por la reelección, en el supuesto que éste no cuente con una “afiliación efectiva” a alguno de los partidos que le postularon, el triunfo será contabilizado, para efectos de la asignación, al partido a cuyo grupo parlamentario haya pertenecido al momento del registro de la candidatura.

Conforme a los nuevos criterios aprobados, la autoridad verificará cuál es la afiliación efectiva de cada candidato triunfador por el principio de mayoría relativa. Se considerará como afiliación efectiva aquella que esté vigente al momento del registro de la candidatura, con corte al próximo 21 de marzo a las 20:00 horas.

Lorenzo Cordova consideró que el acuerdo contribuye a garantizar que la asignación de las 200 diputaciones de representación proporcional que le corresponden a cada partido se den a partir de la voluntad expresada en las urnas.

La sobrerrepresentación sucede cuando una opción electoral recibe un número de diputaciones que excede al que le correspondería de acuerdo con la votación que se emitió a su favor en las urnas; y cuando ocurre la sobrerrepresentación, necesariamente se produce también una subrepresentación, mencionó el Consejero Ciro Murayama.

 

 

 

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