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Proyecto de Ley Judicial va por sanciones a funcionarios y empresas corruptas
Proyecto de Ley Judicial va por sanciones a funcionarios y empresas corruptas
9 minutos de lectura
Proyecto de Ley Judicial va por sanciones a funcionarios y empresas corruptas
15 de abril, 2021
Por: Arturo Angel
@arturoangel20 

El Senado de la República comenzará este jueves la discusión en el Pleno del dictamen para expedir una nueva Ley Orgánica del Poder Judicial que, entre otras cosas, endurece las sanciones por hechos ilegales y de corrupción de funcionarios judiciales y extiende los castigos a particulares y empresas que resulten implicados en ellos. 

Las sanciones que se plantean van desde inhabilitaciones de 20 años a los servidores públicos implicados, hasta la disolución –por orden judicial– de empresas involucradas. La nueva ley, además, contempla como faltas graves el hostigamiento e insinuación sexual y establece como una obligación la presentación de declaraciones de intereses y patrimoniales de todos los funcionarios.

Las investigaciones por presuntos hechos irregulares de funcionarios judiciales se podrán iniciar por quejas de particulares o de otras autoridades, aunque no pertenezcan al propio Poder Judicial. Se sostiene que se privilegiará la “presunción de inocencia” de los implicados.

El proyecto de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial que incluye estas y otras disposiciones forma parte del paquete de modificaciones a diversas leyes que se tienen que llevar a cabo luego de que en marzo pasado se aprobara y publicara la reforma constitucional al Poder Judicial.

Además de endurecer el combate a la corrupción, se plantean cambios que según el dictamen buscan fortalecer la carrera judicial como mecanismo de profesionalización de los funcionarios judiciales y con ello limitar la discrecionalidad en nombramientos. Esto además del fortalecimiento del Instituto de la Defensoría Pública.

El senador Miguel Ángel Mancera, integrante de la Comisión de Justicia que aprobó el dictamen que será discutido en el pleno, destacó que estas reformas aterrizan los cambios constitucionales, y son cambios positivos ya que además se contó con la retroalimentación de los jueces.

Sin embargo, el investigador del Instituto de Ciencias Jurídicas de la UNAM, Juan Jesús Garza Onofre, consideró que el procedimiento de aprobación de estas reformas ha sido opaco y apresurado. Señaló que si bien hay avances como en el tema de corrupción, la intención de implementar una transformación profunda de la Corte se ha quedado corta. “Me parece una oportunidad perdida”, sostuvo.

A continuación, se detallan algunos aspectos clave de la propuesta de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la opinión de los expertos:

Nuevas reglas para indagar corrupción

La nueva ley detalla con mayor claridad las reglas y procedimientos para sancionar faltas administrativas que se consideren hechos de corrupción. Se garantiza, de entrada, que en todos los procedimientos se respetará la presunción de inocencia y el derecho de audiencia de las personas implicadas.

Se detalla que las investigaciones podrán iniciar por quejas presentadas por particulares, o por autoridades pertenecientes o no al Poder Judicial de la Federación. Habrá una Unidad General de Investigaciones de Responsabilidades Administrativas que será la responsable de la indagatoria.

Se establece la forma en que se aplicarán medidas cautelares durante el tiempo que dure la investigación las cuales deberán ser proporcionales a la falta que se está indagando. 

También se contempla que cuando la sanción cometida derive en la inhabilitación o destitución definitiva del funcionario, esto solo será apelable con un recurso promovido ante la Suprema Corte de Justicia.

Las irregularidades que se consideren graves contarán con un plazo de prescripción de hasta siete años para ser investigadas.

Funcionarios, particulares y empresas en la mira

La nueva ley establece que los responsables de faltas administrativas y hechos de corrupción podrán ser funcionarios del Poder Judicial, pero también particulares que resulten coludidos con los mismos. Será el caso, por ejemplo, de personas o empresas que paguen sobornos a funcionarios judiciales.

En ese sentido, las instancias del Poder Judicial correspondientes podrán indagar también a los particulares y, de ser el caso, imponerles sanciones.

De la inhabilitación hasta el cierre de empresas

La ley contempla para los funcionarios judiciales un abanico de sanciones que dependerá de la gravedad de la falta cometida. Estas podrán ir desde amonestaciones en público o privadas, pasando por suspensiones temporales, hasta la destitución definitiva del cargo e incluso inhabilitaciones para ocupar puestos hasta por 20 años. También podrán imponerse multas.

Pero la norma además incluye sanciones para los particulares que resulten implicados en los hechos de corrupción.

En el caso de personas físicas particulares podrán fijárseles multas que ascienden al doble de los pagos o recursos ilegales que estén implicados, o en su defecto el equivalente a 150 mil veces la Unidad de Medida y Actualización. Ello además del pago de otras indemnizaciones.

Las personas físicas también podrán ser inhabilitados hasta por ocho años para participar en procesos de contrataciones con cualquier ente público.

Las empresas, además de lo anterior, podrán ser sancionadas con una suspensión de todas sus actividades comerciales hasta por tres años, o incluso se podrá ordenar la disolución definitiva de dicha empresa.

“Esto consistirá en la pérdida de la capacidad legal de una persona moral, para el cumplimiento del fin por el que fue creada por orden jurisdiccional y como consecuencia de la comisión, vinculación, participación y relación con una falta administrativa grave”, indica el artículo 115 de la ley.

Declaraciones obligatorias

La nueva ley establece en el artículo 111 que las y los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación estarán obligados, sin excepción, a entregar sus declaraciones de situación patrimonial y de intereses. No hacerlo será motivo de sanciones e incluso de destitución del cargo.

Castigo exprés al nepotismo y hostigamiento sexual

El artículo 110 define 16 hechos o conductas irregulares que ameritan sanciones para los servidores públicos del Poder Judicial que las cometan. Algunas ya estaban contempladas en la ley actual, pero otras se definen con mayor claridad.

Entre las nuevas conductas a sancionar está el “acosar u hostigar sexualmente, o bien, llevar a cabo una o más conductas de naturaleza sexual, valiéndose de su posición jerárquica o aunque no exista dicha posición, sobre otra persona de su entorno laboral, sin el consentimiento de ésta”.

En los casos de ataque sexuales la ley además define tácitamente que se deberán establecer medidas cautelares urgentes para proteger a las víctimas.

También se define con mayor claridad el nepotismo. Se establece que esto ocurre cuando un funcionario o trabajador de base, valiéndose de las atribuciones o facultades de su empleo, cargo o comisión, intervenga directa o indirectamente para que se contrate en cualquier órgano o área jurisdiccional a “personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o vínculo de matrimonio, concubinato o afectivo”.

Nueva organización de magistrados

Además de lo relacionado con el combate a la corrupción, la nueva Ley Orgánica contempla modificaciones en varios frentes, entre ellos, la organización de algunas áreas del Poder Judicial.

Entre las más significativas está la desaparición de los llamados “tribunales unitarios” que estaban compuestos por un solo magistrado y revisaban apelaciones en juicios de amparo, entre otros. En su lugar se establecerán “Tribunales Colegiados de Apelación” compuestos por tres magistrados que tomarán las decisiones por mayoría.

También se contempla la transformación de los llamados plenos de circuito en plenos regionales sobre los que recaerán mayores funciones en descargo de la Corte.

Escuela Judicial para los próximos funcionarios

La reforma plantea la transformación del actual Instituto de la Judicatura Federal en la denominada Escuela Federal de Formación Judicial, la cual tendrá como finalidad ser una institución de educación superior especializada para formar a las personas que aspiren a ocupar cargos en el Poder Judicial.

A su vez se contempla una nueva Ley de Carrera Judicial que defina la ruta de reclutamiento, profesionalización y desarrollo de los funcionarios judiciales.

En ese contexto la nueva ley orgánica establece que la contratación de funcionarios para ocupar sitios vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales no podrá ser discrecional sino en base a listas de candidatos que ya hayan sido capacitados y evaluados en la referida escuela.

Nuevas reglas para generar jurisprudencia

Otro cambio que se propone en las reformas que están por aprobarse es la forma en cómo se generan las jurisprudencias, es decir, los criterios homologados y definitivos para resolver algún tema o asunto en particular.

Actualmente, para que se genere una de ellas se necesita que cinco tribunales distintos decidan de la misma forma a lo largo del tiempo. Otra manera es que haya dos criterios encontrados de tribunales distintos y sea la Corte quien determine quién tenía razón.

“Era un proceso complicado, que tardaba un tiempo en aras de la certeza y no hubiera disparidad. Pero era un sistema que se ha seguido así desde la reforma judicial de 1994, que tiene virtudes y complicaciones, pero que te daba certeza de ser un proceso colectivo”, explica Garza Onofre.

Lo que ahora propone en las nuevas reformas es que sea la Corte la que genere las jurisprudencias a partir de los casos que ella decida atraer y de la forma en que la mayoría decida resolverlo. “Se vuelve un sistema de unificación, pero queda completamente a discreción de la conformación política de la Corte estas determinaciones tan importantes”, dice el especialista.

Paridad en la redacción de las normas

Tanto la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial, así como la relacionada con carrera judicial, incorporarán un lenguaje que refleje paridad de género, Es decir en toda su redacción se usará el femenino y el masculino en vez de solo el masculino como es hasta ahora. Por ejemplo, se usará “la presidenta o presidente de la Corte”, o “las magistradas o magistrados”.

Claroscuros: cambios necesarios, pero cortos y opacos

El senador Miguel Mancera, integrante de la comisión de Justicia del Senado, dijo que con la próxima aprobación de estas leyes se logrará aterrizar las modificaciones plasmadas en la Constitución en la reforma de marzo pasado, y a su vez se le da seguridad jurídica a los funcionarios del Poder Judicial.

“Estamos estableciendo parámetros claros en temas como ratificaciones. Se establece con claridad quienes revisarán las quejas, quienes impondrás sanciones. Y también establecemos con precisión cómo funcionarán las promociones, a quien se debe preferir para un puesto. Mucho de esto que se recompuso fue a propuesta de los propios juzgadores y magistrados”, señaló Mancera.

Para el investigador Jesús Garza Onofre, varios de los cambios que contemplan las reformas eran necesarios, sin embargo, explica que a su parecer el procedimiento en cómo se están implementando se ha quedado corto y ha sido opaco.

Explicó que se trata de cambios muy amplios y extensos, al punto en que la iniciativa consta de más de 500 páginas, pero en los que ha habido poco espacio para la crítica y el análisis de organizaciones y expertos que no sean afines al principal impulsor de la reforma, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar. No hubo espacio, por ejemplo, para un parlamento abierto en torno a estas modificaciones.

Garza Onofre subraya que hay aspectos como el supuesto fortalecimiento del Instituto de la Defensoría Pública en donde se establece la necesidad de renovarla y ampliarla, pero los cambios en realidad se limitan a cinco artículos en temas de forma, pero no de fondo.

“Estamos ante una reforma que es importante pero políticamente mesurada. Finalmente no se toca la formación de la Corte, ni la creación de nuevas instituciones. Creo que había posibilidades de hacer más y es una oportunidad perdida. Si hay avances gramaticales de género, cuestiones paritarias o concursos, pero pudo ser un trabajo mucho más amplio, colectivo e integral”, concluye Garza Onofre.

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