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Magistrados del TEPJF se niegan revelar su voto antes de sesiones, es ilegal, dicen
Magistrados del TEPJF se niegan revelar su voto antes de sesiones, es ilegal, dicen
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Magistrados del TEPJF se niegan revelar su voto antes de sesiones, es ilegal, dicen
19 de mayo, 2021
Por: Contenido Animal Político
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La petición del magistrado presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), José Luis Vargas Valdez, a sus colegas de adelantar el sentido de sus votos sobre los asuntos que serán discutidos y resueltos en sesiones públicas, provocó el rechazo de la mayoría de magistrados, quienes acusaron que eso atentaba contra la legalidad y su independencia.

Este martes se difundió un oficio hecho a petición del magistrado presidente, en el que pide al resto de los magistrados adelantar el sentido de sus votos antes de la sesión pública.

En el documento se plantea que de no enviar el sentido de sus votos antes del inicio de la sesión privada, “la sesión pública será suspendida momentáneamente, y cuantas veces llegue a ser necesario, a efecto de contar con las condiciones óptimas para poder reflejar de manera clara y puntual el resultado de la votación de las y los magistrados”.

El TEPJF asegura que esta acción se trata de una “práctica común” y no implementada por la actual presidencia.

El oficio está dirigido a los integrantes de la Sala Superior y redactado por el secretario general de Acuerdos, Carlos Vargas Baca, a petición del magistrado presidente.

Este miércoles, en un comunicado, el TEPJF justificó la petición del magistrado presidente y señaló que el adelantar el sentido de los votos de los magistrados previo a las sesiones de la Sala Superior, es una práctica común y voluntaria.

“Ante la información que circula en algunos medios de comunicación y redes sociales, nos permitimos aclarar que en las sesiones previas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, era práctica regular que las magistradas y los magistrados dieran a conocer el sentido de su votación en los asuntos que posteriormente se resolvían en las sesiones públicas”, se lee al inicio del comunicado.

Además negó que las sesiones puedan cancelarse si los magistrados no cumplen con este proceso.

Sin embargo, al mediodía de este miércoles, cinco de los seis magistrados integrantes de la Sala Superior del TEPJF emitieron un oficio para responder al magistrado presidente, en el que rechazan “enérgicamente” la petición que les formula.

Los magistrados plantean que la indicación de Vargas Valdez es inaceptable por los siguientes motivos:

  • Se trata de una petición que carece de todo fundamento legal y atenta contra nuestra independencia y autonomía que, como juzgadoras y juzgadores, tenemos en lo individual y como integrantes de un órgano jurisdiccional colegiado; independencia y autonomía garantizada en los artículos 94 y 99, en relación con el 17, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • La pretensión que nos formula en el oficio puede inducir a incurrir en una responsabilidad, en tanto que se nos pide adelantar la emisión de nuestro voto antes de discutir los asuntos listados en la sesión pública de resolución.
  • La petición realizada pierde de vista que la deliberación es uno de los rasgos esenciales de un órgano jurisdiccional colegiado, como lo es esta Sala Superior. La petición de enviarle al Secretario General de Acuerdos el sentido de nuestros votos, antes de la sesión pública de resolución, supone un intento de desnaturalizar la función del órgano jurisdiccional, o bien, que la deliberación judicial
    resulta irrelevante o es innecesaria en un Tribunal Constitucional de cierre.

“En ese sentido, la petición que nos ha sido formulada atenta contra la autonomía e independencia con la que nos encontramos revestidos como juzgadora y juzgadores, en razón de que se nos pretende delimitar la oportunidad de que mediante la exposición y debate de los asuntos, se pueda reflexionar el sentido original de una posición respecto a un proyecto, lo que no es acorde a la finalidad de celebrar las sesiones pública de resolución de asuntos”, agregan en el oficio.

En cuanto a la advertencia de suspender momentáneamente las sesiones en caso de no contar con el sentido de los votos, las y los magistrados señalan que podría entorpecer “el buen desarrollo de la sesión pública de resolución”.

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Como conclusión, por las razones expuestas, los magistrados consideran que “no es atendible la solicitud
que nos ha sido enviada, porque no cuenta con un sustento legal, anula por completo la posibilidad del debate y la deliberación de los asuntos que se presentan y con ello llegar a la resolución de las controversias conforme a los principios que nos rigen como juzgadora y juzgadores”.

Argumentan que la votación de los asuntos se debe llevar a cabo una vez que las propuestas de sentencia hayan sido expuestas y debatidas, sin que resulte válido remitir una votación previa.

El oficio está firmado por la y los magistrados: Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Reyes Rodríguez Mondragón, Janine Madeline Otalora Malassis, Indalfer Infante González y Felipe de la Mata Pizaña.

La única magistrada que no firmó dicho documento ni ha expresado postura es Mónica Aralí Soto Fregoso.

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