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Trabajadores de gobierno vacunados podrán regresar a la oficina
Trabajadores de gobierno vacunados podrán regresar a la oficina
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Trabajadores de gobierno vacunados podrán regresar a la oficina
30 de julio, 2021
Por: Redacción Animal Político
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Los trabajadores del gobierno federal que hayan completado su esquema de vacunación contra COVID-19 podrán regresar a trabajar a la oficina.

En un acuerdo publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de la Función Pública detalla que antes de su incorporación a las actividades presenciales, los trabajadores deberán aplicarse una prueba de COVID.

Detalla que el trabajo en casa podrá continuar para las y los trabajadores cuyas funciones plenas no necesiten estar físicamente en una oficina.

También podrán continuar su trabajo desde casa: las personas servidoras públicas que están en lista de espera para concluir su proceso de inmunización; personas con discapacidad; mujeres embarazadas o en periodo de lactancia.

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Las personas con enfermedades crónicas consideradas de riesgo por las autoridades de salud, tales como obesidad mórbida, diabetes mellitus, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, asma, enfermedades cerebrovasculares e infecciosas, podrán seguir trabajando desde casa.

El acuerdo indica que se podrán establecer esquemas de trabajo mixtos con días de trabajo presencial y a distancia, siempre procurando asegurar en todo tiempo las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaría de Salud.

Para el caso de los días de trabajo presencial, se podrán establecer horarios escalonados para la asistencia a los centros de trabajo.

Además, se recomienda el uso de las tecnologías de información y comunicación para la realización de sesiones y reuniones de trabajo, acciones de capacitación y similares a efecto de minimizar el traslado, contacto y riesgo de contagio entre las personas servidoras públicas.

“Las personas servidoras públicas que trabajen a distancia deberán observar en todo momento el horario de su jornada laboral, durante la cual mantendrán plena disponibilidad, además de desempeñar sus funciones con el debido cuidado y esmero, atendiendo en tiempo y forma las instrucciones de su superior jerárquico, así como custodiar y cuidar la documentación, información y, en su caso, el equipo que mantenga bajo su resguardo, de conformidad con la normativa aplicable”, señala.

El documento señala que quedan exceptuados de la aplicación del acuerdo las secretarías de Defensa Nacional (Sedena),Marina (Semar), Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), la Guardia Nacional (GN), las instancias de Seguridad Nacional y Seguridad Pública, el personal del Servicio Exterior Mexicano, y demás instituciones que prestan o están relacionadas con los servicios de protección civil, y las que se determine que por su naturaleza deban prestarse de manera presencial, y todas aquellas que determine el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos o el Consejo de Salubridad General.

“En el caso de la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, los Institutos Nacionales de Salud y Alta Especialidad, y las demás instituciones que prestan o están relacionadas con los servicios de salud, podrán aplicar las disposiciones del presente Acuerdo, sin alterar el debido cumplimiento de las funciones institucionales y la prestación de los servicios de salud, en congruencia con sus propias disposiciones en materia de administración de recursos humanos, establecidas con motivo de la emergencia sanitaria”.

La vigencia de este acuerdo entrará en vigor el 1 de agosto de 2021 y será indefinido hasta en tanto, se emita el acuerdo de conclusión de sus efectos.

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