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Corte establece que INE puede instalar menos casillas para revocación de mandato
Corte establece que INE puede instalar menos casillas para revocación de mandato
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Corte establece que INE puede instalar menos casillas para revocación de mandato
02 de febrero, 2022
Por: Contenido Animal Político
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Nacional Electoral (INE) podrá instalar menos casillas de las que inicialmente fueron establecidas para la revocación de mandato, al número que “permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado”.

Además, indicó que no se ejecutará “resolución sobre algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de dicho Instituto, en los términos y para los efectos que se indican en este acuerdo”.

El acuerdo, publicado en la “Lista de notificaciones, sección de trámite de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad” señala que la medida de suspensión surtirá efectos inmediatos y sin necesidad de otorgar garantía alguna.

La decisión ocurre después de que el pasado 31 de enero, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) respondió formalmente al INE que no le autorizará el presupuesto que solicitó el Instituto Nacional Electoral para organizar la consulta de revocación de mandato.

Hacienda argumentó que la dependencia está impedida para asignarle presupuesto adicional al INE, pues la Constitución no prevé que se puedan autorizar erogaciones adicionales a órganos autónomos.

Por su parte, el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, dijo que pese a la negativa de dar más recurso, la revocación de mandato va.

INE tiene autonomía presupuestal: Tribunal Electoral

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el acuerdo con el que el INE definió su estrategia presupuestal para continuar con el desarrollo de la consulta de revocación de mandato, y recordó que cuenta con libertad de gestión que impide que se le pueda ordenar la adopción de decisiones y medidas específicas en el ejercicio de su presupuesto.

En un comunicado, el TEPJF indicó que el INE emitió el acuerdo mencionado en cumplimiento con el fallo emitido el pasado 29 de diciembre por la Sala Superior, en el que ordenó al instituto definir una estrategia presupuestal para continuar el proceso, y respectivamente a la Secretaría de Hacienda brindar una respuesta fundada y motivada, en caso de que este solicitara una ampliación presupuestal.

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El partido Morena impugnó dicho acuerdo, sin embargo, la Sala Superior consideró infundados los argumentos planteados por las razones siguientes:

-El Consejo General del INE efectuó ajustes presupuestales integrales.

-Derivado de la autonomía presupuestal y de libertad de gestión que confiere la Constitución al INE, corresponde a este de manera exclusiva definir las medidas de racionalidad y disciplina del gasto, lo que impide que se le pueda ordenar la adopción de decisiones específicas.

-Está debidamente justificado que el INE haya fijado una fecha para recibir respuesta de Hacienda, toda vez que la Sala Superior en su sentencia ordenó que esta dependencia respondiera a la brevedad.

Mediante esta decisión, la Sala Superior reiteró la obligación de que las autoridades responsables den cumplimiento a las sentencias que dicta el TEPJF a fin de proteger y garantizar los derechos político-electorales de las y los mexicanos.

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