Home
>
Personas trans podrán tramitar nueva acta de nacimiento antes de cumplir 18 años, determina la Corte
Personas trans podrán tramitar nueva acta de nacimiento antes de cumplir 18 años, determina la Corte
2 minutos de lectura
Personas trans podrán tramitar nueva acta de nacimiento antes de cumplir 18 años, determina la Corte
03 de marzo, 2022
Por: Contenido Animal Político
@ 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este jueves la exigencia de tener 18 años cumplidos para solicitar una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género autopercibida de las personas trans.

Las y los ministros de la corte invalidaron el artículo 875 Ter, fracción II del Código Civil de Puebla, que exige tener 18 años cumplidos para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, por violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans.

La Corte sostuvo que la norma vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas menores de edad trans, por lo que declararon la inconstitucionalidad de la norma impugnada por unanimidad de once votos.

Te puede interesar: ‘Quería ser quien soy ahora’: Tiffany dejó la violencia en Honduras para vivir en EU

“No hay nada que curar, la experiencia trans no es una enfermedad, sino una realidad que da cuenta de la diversidad humana, las infancias y adolescencias trans saben quienes son y comprenden su lugar en el mundo, que no son homogéneas, son diversas, y construyen su identidad independientemente de cualquier tratamiento médico o norma legal”, señaló durante la discusión el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.

De acuerdo con el ministro, “la identidad de género de niños, niñas y niñes trans es tan valiosa como cualquier otra por lo que merece la misma protección constitucional”.

A través de un comunicado, la SCJN informó que la discusión de este asunto continuará durante la próxima sesión del Pleno, pues quedó pendiente la resolución de los efectos de la declaratoria de invalidez.

La acción de inconstitucionalidad 73/2021 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil para el Estado de Puebla, adicionado mediante decreto publicado en el Periódico Oficial de la entidad el 26 de marzo de 2021.

Lo que hacemos en Animal Político requiere de periodistas profesionales, trabajo en equipo, mantener diálogo con los lectores y algo muy importante: independencia
Tú puedes ayudarnos a seguir.
Sé parte del equipo
Suscríbete a Animal Político, recibe beneficios y apoya el periodismo libre.
Etiquetas:
acta de nacimiento
Código Civil
corte
infancias trans
Puebla
Iniciar sesión

Registrate
Suscribete para comentar...
image