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Juez federal da ultimátum de 24 horas para informar sobre indagatoria contra Pío Obrador
Juez federal da ultimátum de 24 horas para informar sobre indagatoria contra Pío Obrador
5 minutos de lectura
Juez federal da ultimátum de 24 horas para informar sobre indagatoria contra Pío Obrador
21 de julio, 2022
Por: Zedryk Raziel
@amormundi_ 

Un juez federal de amparo dio un plazo de 24 horas a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) de la FGR para informar sobre el caso de Pío López Obrador por el presunto financiamiento ilícito de campañas de Morena.

Gabriel Fierro Susano, encargado del Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México apercibió a la Dirección General Jurídica en Materia de Delitos Electorales de la FGR a dar respuesta del requerimiento, so pena de que su titular sea sancionado con una multa de 100 UMA en caso de incumplimiento.

El juzgado le exige a la FEDE, que encabeza José Agustín Ortiz Pinchetti, aclarar si va a judicializar o no la carpeta de investigación FED/FEPADE-CDMX/0000380/2020 iniciada contra el hermano del presidente, misma que en agosto cumplirá dos años abierta.

El plazo comienza a correr a partir de que la FEDE sea notificada formalmente del acuerdo del juez. Autoridades de la Fiscalía confirmaron a este medio que, hasta antes del cierre de esta edición, no se había recibido la notificación.

Si la FEDE es notificada este jueves, su plazo de respuesta vencería el viernes.

Autoridades de la Fiscalía señalaron a Animal Político que se prevé que la indagatoria no se cierre aún y continúe en integración.

El acuerdo judicial concedido por Fierro Susano, fechado el pasado 19 de julio, perfila cierta claridad en un expediente cuyos avances, desde hace casi dos años, se han mantenido en completa opacidad, incluso para el Instituto Nacional Electoral (INE), que inició una investigación propia desde su Unidad Técnica de Fiscalización para indagar si existieron aportaciones indebidas a campañas de Morena.

Pío López Obrador: El videoescándalo

Pío López Obrador, hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, fue grabado en 2015 recibiendo dinero en efectivo de parte de David León, entonces colaborador de Manuel Velasco; y que a la postre se convertiría en Coordinador Nacional de Protección Civil del gobierno obradorista. 

A raíz de la difusión del video por Latinus, la FEDE recibió denuncias por presunto financiamiento ilícito de campañas y abrió una carpeta de investigación en agosto de 2020.

Pío López Obrador inició el juicio de amparo 159/2022 acusando inacción de parte de la Fiscalía a casi dos años y exigiendo que aclarara qué ruta seguiría en dicha indagatoria.

En una reciente entrevista para Expansión, el hermano del presidente reconoció haber recibido dinero de David León, pero minimizó el hecho argumentando que se trató de un “apoyo” para “gastos menores, como gasolinas”, mismo que, por pequeño que sea, debió reportarse en la contabilidad de Morena ante el Sistema de Fiscalización del INE.

Como parte del juicio de amparo, la FEDE informó en un primer momento que, el pasado 30 de junio de 2022, se “determinó en definitiva” la carpeta de investigación contra Pío Obrador, pero, en principio, no especificó en qué sentido fue la determinación, y además advirtió que dicha decisión estaba siendo revisada por la Dirección General Jurídica en Materia de Delitos Electorales. Esa ambigüedad fue controvertida ahora por el juzgado federal. 

“Se requiere a la Dirección General Jurídica en Materia de Delitos Electorales para que, dentro del plazo de veinticuatro horas, contadas a partir del día siguiente hábil al en que reciba la notificación del presente proveído, informe si autorizó, modificó o revocó la determinación de treinta de junio de 2022, emitida dentro de la indagatoria FED/FEPADE/FEPADE-CDMX/0000380/2020”, dice el acuerdo judicial, al que tuvo acceso Animal Político.

Defensa de Pío acusa irregularidades

Pablo Hernández Romo-Valencia, abogado de Pío López Obrador, sostuvo que la falta de claridad de las actuaciones de la FEDE en la indagatoria contra su cliente vulnera sus derechos y es contraria a la ley.

En entrevista, afirmó que la irregularidad no sólo ameritaría una multa económica, sino, en un futuro, una posible destitución y denuncias penales contra funcionarios de la Fiscalía.

“Es algo irregular. De hecho, el propio juez ya había dicho que había omisión por parte del Ministerio Público. (…) Procede no solo una multa, sino que también la conducta del MP se adecua a uno de los delitos previstos en la Ley de Amparo”, advirtió.

El abogado explicó que si la FEDE desacata el acuerdo, lo que procede es enviar el expediente a un tribunal colegiado para que se revise el caso, y después, si ellos consideran que realmente no se ha cumplido, el tema escale a la Suprema Corte de Justicia  y se destituya al servidor o servidores públicos que no han cumplido con la determinación.

La falta de respuesta y claridad de parte de la Fiscalía también ha repercutido en las investigaciones del INE, que en repetidas ocasiones ha acusado que la autoridad ministerial le ha bloqueado acceso a información esencial alegando el “secreto ministerial”, es decir, que sus indagatorias están en curso y que, además, el árbitro electoral no tiene calidad de parte interesada en la carpeta de investigación.

En febrero, el Tribunal Electoral federal ordenó a la FGR hacer entrega de la información requerida por el INE, pero la Fiscalía promovió un recurso ante la Suprema Corte de Justicia, que le concedió una suspensión contra la resolución de los magistrados electorales.

Para el abogado de Pío López, el INE no tiene facultades de acceso a la indagatoria contra su cliente.

“El INE está pidiendo algo que es ilegal, igual que el TEPJF. La Constitución establece que las investigaciones son secretas y nadie puede ir por arriba de la Constitución, sea quien sea. O respetan eso o van a cometer delitos tipificados en el Código Penal Federal”, dijo Hernández Romo-Valencia en entrevista.

No obstante, el INE ha señalado que el “secreto ministerial” no le es aplicable cuando actúa en ejercicio de sus facultades constitucionales de fiscalización, conforme una jurisprudencia del TEPJF.

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Etiquetas:
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