Para entender mejor
La diputada federal del Partido Acción Nacional (PAN), María Elena Pérez-Jaén Zermeño, presentó una denuncia ante el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de la titular de la Secretaría de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, por pronunciarse en torno al proceso electoral 2023-2024.
En su denuncia señaló los pronunciamientos realizados por Alcalde Luján los pasados 3 y 5 de junio, así como los días 17 y 24 de julio, en los cuales, según la legisladora panista, declaró “anticipadamente y sin facultades” resultados de la conformación en el Congreso vía representación proporcional que aún no son definitivos hasta que culminen los procesos electorales.
“La secretaria carece de competencia, por lo que ha invadido una esfera ajena, amén de vulnerar el principio de imparcialidad electoral, al interpretar los conteos preliminares del INE, declarando anticipadamente y sin facultades legales los resultados que por ley no son definitivos hasta finalizar los procesos electorales”, expresó.
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Pérez-Jaén indicó en el documento que las declaraciones de la titular de Gobernación constituyen una violación al artículo 449 numeral 1, inciso d), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, “por el incumplimiento del Principio de Imparcialidad establecido por el artículo 134 de la Carta Magna”.
Añadió que también se trata de una grave violación al principio de equidad en la contienda al influir de manera notable en favor de Morena, partido al que pertenece.
La legisladora del PAN apuntó que “aunado a lo anterior, se constituyen una serie tipos penales catalogados en el Titulo Décimo del Código Penal Federal, como el ejercicio ilícito de servicio público, por ejercer las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin satisfacer todos los requisitos legales”.
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Asimismo, dijo que Alcalde Luján interfirió con el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales al pronunciarse fuera de la competencia, por lo que incurrió en violaciones a la Ley General en Materia de Delitos Electorales y al Título Vigésimo Cuarto del Código Penal Federal.
La legisladora detalló que en su denuncia solicitó al INE dar vista de forma paralela a las instancias sancionadoras competentes por la comisión de delitos electorales, como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales, la cual depende de la Fiscalía General de la República.
Por último, Pérez-Jaén anunció que, al considerar que el comportamiento de la titular de Gobernación implica faltas administrativas graves por abuso de funciones, presentará otras denuncias ante la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General de la República, y en la Secretaría de la Función Pública.
El pasado 24 de julio Alcalde Luján acudió por cuarta ocasión a la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador para defender la mayoría calificada de Morena.
“Esto es lo que establece la Constitución y esto es lo que debe aplicarse”, expresó la funcionaria federal en Palacio Nacional.
Días antes, el 17 de julio, la secretaria de Gobernación descartó que el partido guinda tenga una sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados durante la próxima legislatura y acusó a la oposición de intentar que el partido oficialista no obtenga la mayoría calificada en el Congreso para llevar a cabo la reforma al Poder Judicial.
La funcionaria se presentó en la conferencia matutina para explicar las normas que regulan la sobrerrepresentación en la cámara baja.
Según detalló, la reforma constitucional de 1996 al artículo 54 establece dos reglas muy importantes que se encuentran vigentes:
Indicó que en el mismo año, se reformó el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) y se introdujo una regla específica sobre coaliciones para la distribución de diputados plurinominales.
Se trata del artículo 59-A el cual establecía que a la coalición le serían asignados “el número de senadores y diputados por el principio de representación proporcional que le correspondan, como si se tratara de un solo partido y quedarán comprendidos en el partido político o grupo parlamentario que se haya señalado en el convenio de coalición”.
Sin embargo, esta regla fue eliminada por el PAN, PRI y Partido Verde en 2008, por lo que a partir de entonces la asignación se realizó por partido político y no por coaliciones.