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Senado fortalece al SAT para defender resoluciones y apelar fallos
Senado fortalece al SAT para defender resoluciones y apelar fallos
Foto: Cuartoscuro
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Senado fortalece al SAT para defender resoluciones y apelar fallos

La reforma a la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo promueve los plazos para resoluciones y fortalece al SAT para defender sus resoluciones
09 de diciembre, 2025
Por: Andro Aguilar

El Senado aprobó una reforma que otorga nuevas herramientas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para defender sus resoluciones y combatir estrategias interpretadas como dilatorias por los contribuyentes.

La reforma a la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, aprobada por la mayoría encabezada por Morena, aumenta los supuestos bajo los cuales la autoridad puede demandar la revisión de una sentencia que era favorable al contribuyente.

Con la reforma, se permite al SAT impugnar sentencias que declaren la nulidad por vicios de forma o procedimiento cuando el asunto sea de un valor superior a 27 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a poco más de 3 millones de pesos. 

El SAT podrá intentar reponer procedimientos en lugar de perder el crédito fiscal definitivamente por errores formales. Asimismo, la reforma le permite al organismo actuar de forma digital en juicios que el contribuyente inició en papel. 

Los magistrados podrán desechar de forma rápida maniobras que el SAT considere que buscan retrasar el cobro. Asimismo, se podrá desechar de forma inmediata que un magistrado se aparte del caso por sospechas de imparcialidad si se advierte que el propósito de esa solicitud es entorpecer o retardar el procedimiento.

Los legisladores aceleraron la aprobación de la reforma. Por la mañana fue aprobada en comisiones y enviada al pleno, por lo que aceptaron omitir esperar el tiempo reglamentario. 

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Sin quórum

La reforma fue votada en lo general con 64 a favor y 33 en contra. Sin embargo, cuando se intentó votar en lo particular buena parte de los senadores de la mayoría encabezada por Morena ya se habían ido y no se alcanzó el quórum. La Mesa Directiva levantó la sesión y citó a una nueva para realizarse a las 8:50 de la noche.

Casi una hora después, con el número de legisladores suficientes por la llegada de integrantes del oficialismo y el regreso al salón de sesiones de integrantes de la oposición, se inició una nueva sesión.

La reserva propuesta por el senador Javier Corral fue aprobada con 66 a favor de Morena, PVEM y PT; 12 en contra del PRI y 15 abstenciones del PAN.

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Modificación

Por la mañana, en comisiones, Ricardo Anaya, del PAN, calificó el artículo 63 de la reforma como “un absoluto abuso de poder”. La morenista Guadalupe Chavira pidió a los presidentes de las comisiones de Justicia, Javier Corral, y de Estudios Legislativos, Enrique Inzunza, que precisaran los cambios propuestos para evitar desinformación.

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Ante los señalamientos de los legisladores de oposición, Javier Corral propuso revisar el dictamen en el transcurso de la tarde, antes de que fue votado en el pleno del Senado. Prometió invitar para la revisión tanto a la morenista Guadalupe Chavira, que pidió aclarar los señalamientos, y a la legisladora Guadalupe Murguía del PAN.

Por la tarde, en el pleno, el senador Javier Corral propuso una reserva. Se enfocó en el artículo 63, con la supresión de un párrafo para que el recurso de revisión no proceda cuando la queja se promueva porque la autoridad ha omitido dar cumplimiento a una sentencia.

Corral explicó que la reserva obedece a las inquietudes que generó en la discusión por comisiones durante la mañana.

El legislador señaló que de acuerdo con el artículo 63, resulta procedente el recurso de revisión en contra de la resoluciones emitidas en un recurso de queja promovido en contra de aquellas resoluciones en las que la autoridad haya omitido dar cumplimiento a la sentencia, lo cual significa, dijo, una contradicción al objeto de la ley.

La senadora del PAN Guadalupe Murguía advirtió que establece que la presidencia de una sala puede desechar una recusación (es decir, no participar en un asunto porque su imparcialidad o independencia podría estar comprometida) cuando, a su juicio, se busca entorpecer y dilatar el procedimiento.

“Se restringe el derecho de los ciudadanos para recusar un juzgador cuando a su juicio este magistrado no reúna las condiciones de imparcialidad y objetividad necesarias y el argumento que se utiliza es la dilación o el retardar el procedimiento”.

Claudia Anaya, senadora del PRI, acusó que con la reforma el oficialismo busca restringir la posibilidad de que ciudadanos se defiendan ante abusos de la autoridad. 

El artículo 28, dijo, elimina la suspensión en casos de daño irreparable.

Esto es terrible, porque si quieren que pase el tren por en medio de mi casa, no se va a suspender el acto hasta que la autoridad determine. Ya para entonces tendré el vagón encima. Es de verdad un sinsentido dejar a los ciudadanos sin esta posibilidad de defensa, totalmente desamparados. Lo que están haciendo en el artículo 28 es definir el perjuicio al interés social o la contravención al orden público”.

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Plazos de resolución

La reforma busca armonizar con los cambios constitucionales en el Poder Judicial, específicamente en el artículo 17, que prevé que los juicios deberán ser resueltos en máximo seis meses.

También establece plazos de cinco días en aquellas actuaciones que realiza el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Incluye también cambios para contar con juicios en línea, notificaciones por boletín judicial. 

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Otro de los cambios es la armonización de la ley para el uso del lenguaje incluyente enfocado en la igualdad de género y no discriminación, a través de sustituciones como “Magistrado Instructor” por “Magistrada o el Magistrado Instructor”.

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