
La cremación es el proceso mediante el cual un cadáver o restos humanos se someten a técnicas y procedimientos con la finalidad de reducirlos a cenizas, según la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SCFI-2016. Tras este proceso, las cenizas pueden esparcirse en la naturaleza o tenerlas en casa.
Las cremaciones o incineraciones van en aumento; al cierre de 2019 hubo un total de 13,831, mientras que en 2020 fueron 29,187. Esto representó un crecimiento de 111.0 %, de acuerdo con la Recopilación de Información de los Cementerios Públicos en las Zonas Metropolitanas del País 2021 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Por eso, en El Sabueso consultamos en marcos legales y con especialistas si es legal esparcir las cenizas de un difunto en la naturaleza, tenerlas en casa o qué necesitas para que esto ocurra.
La cremación de cadáveres solo podrá realizarse con la autorización del oficial del Registro Civil que corresponda, el cual exigirá la presentación del certificado de defunción, según el Artículo 348 de la Ley General de Salud.
Una vez obtenido el certificado de defunción firmado por personal de salud y el acta de defunción expedida por el Registro Civil, es momento de contactar a una agencia de servicios funerarios.
De acuerdo con la NOM-036-SCFI-2016, un servicio funerario consiste en el manejo, tratamiento, acondicionamiento y traslado, entre otros, que se prestan desde que ocurre el fallecimiento de una persona hasta su destino final.
La cremación o incineración, entendida como destino final de un cuerpo, está regulada por leyes y reglamentos de los tres niveles de gobierno con permisos sanitarios, de medioambiente y hasta de uso de suelo para poder operar, como los expedidos por la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarias (Cofepris).
Las cenizas pertenecerán a quien el difunto haya nombrado como encargado de sus restos en su testamento. Si no existe esta aclaración, a sus parientes más cercanos.
“Es importante hablar de la muerte, qué es lo que queremos para cuando ya no estemos, definirlo para liberar a la familia”, menciona en entrevista con El Sabueso la tanatóloga Margarita Merlos Molina.
En México no existe ninguna normatividad específica con respecto a esparcir cenizas de un difunto en la naturaleza. Sin embargo, es importante comunicarlo siempre a la administración de la zona para no ocasionar afectaciones.
Esparcir cenizas al mar es un acto fúnebre que realizan habitualmente quienes forman parte de la Secretaría de Marina (Semar), pero también es llevado a cabo por las personas en general. El Reglamento de honores, por ejemplo, menciona que el lugar para el esparcimiento de las cenizas deberá localizarse a una distancia no mayor de 3 millas náuticas (unos 5.5 km) de la costa.
A propósito, existe un permiso que otorga la Semar, por lo general a empresas en lugar de a personas, para esparcir cenizas en el mar. Las empresas especializadas tienen un acuerdo con las autoridades que les permite depositar las cenizas en urnas biodegradables que no dejan residuos y evitan contaminar.
“Ya hay algunas que se depositan dentro del mar, son biodegradables para no alterar el ecosistema ecológico”, agrega la tanatóloga Margarita Merlos Molina.

Es decir, del trámite en ciertas ubicaciones para esparcir las cenizas en la naturaleza o el mar se encargan las agencias funerarias.
Cabe mencionar que la religión católica no permite esparcir cenizas en la naturaleza, según el Vaticano. “No sea permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma, o la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos, teniendo en cuenta que para estas formas de proceder no se pueden invocar razones higiénicas, sociales o económicas que pueden motivar la opción de la cremación”.
La especialista Margarita Merlos Molina explica que la religión católica permite tener las cenizas de un difunto en casa lo que tarda el novenario. El Vaticano admite desde 1963 la cremación, pero aconseja sepultar el cadáver.
“Si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente”, establece el Vaticano. “Por las razones mencionadas anteriormente, no está permitida la conservación de las cenizas en el hogar”, continúa.
El trámite del depósito de cenizas de los difuntos se puede realizar ante el panteón o la iglesia. En cada caso, se requerirá identificación oficial, el acta de defunción, el comprobante de cremación o incineración y ajustarse a requisitos específicos establecidos, por ejemplo, el Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios de la Ciudad de México.
Pero, más allá del tema religioso, especialistas en salud mental mencionan que resguardar las cenizas en la casa no es recomendable porque es importante transitar por el duelo sin que sea patológico y aceptar la pérdida.
“Sí es muy recomendable llevarlos a un lugar, normalmente, a iglesias o algún cementerio. Hoy en día ya hay muchas formas, hay algunas urnas que se convierten en árboles. La casa está hecha para los vivos, la vida sigue después de que nuestro ser querido se ha ido y nosotros tenemos el compromiso de seguir viviendo; liberar las cenizas nos va a llevar a tener una mejor etapa de aceptación”, concluye la tanatóloga.


El acuerdo regula cómo ambas naciones deben repartirse el agua de los ríos Bravo y Colorado, que forman parte del límite territorial entre ambas.
La disputa sobre la implementación de un tratado firmado en 1944 que regula cómo Estados Unidos y México deben repartirse el agua de los ríos Bravo y Colorado, vuelve a intensificarse.
El presidente Donald Trump anunció este lunes que dio luz verde a la documentación para imponer un arancel del 5% a los productos procedentes de México si el país vecino “continúa incumpliendo” el tratado.
En un mensaje publicado en su red Truth Social, el mandatario subrayó que México debe más de 986 millones de metros cúbicos de agua a EE.UU. y estableció el 31 de diciembre como el plazo para que México entregue más de 246 millones de metros cúbicos de agua.
“Cuanto más tarde México en liberar el agua, más perjudicados resultarán nuestros agricultores”, advirtió Trump, instando al gobierno de Claudia Sheinbaum a “solucionar ya” la cuestión.
La implementación del tratado ha generado en el pasado fuertes protestas de agricultores mexicanos, según los cuales la extracción de agua para EE.U. en tiempos de sequía amenaza seriamente su medio de vida.
En abril, Trump ya había amenazado a México con aranceles e incluso sanciones por el tema del agua.
“México está incumpliendo su obligación. Esto …perjudica gravemente a los agricultores del sur de Texas”, escribió entonces Trump en su plataforma Truth Social.
“El mes pasado detuve los envíos de agua a Tijuana hasta que México cumpla con el Tratado de Aguas de 1944… y seguiremos intensificando las consecuencias, incluyendo aranceles y, quizás, incluso sanciones, hasta que México cumpla con el tratado y le dé a Texas el agua que le corresponde”, agregó.
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, respondió en ese momento a Trump con un mensaje en su cuenta oficial de X.
“El día de ayer fue enviada al subsecretario del Departamento de Estado de Estados Unidos una propuesta integral para atender el envío de agua a Texas dentro del tratado de 1944, que incluye acciones de muy corto plazo. Han sido tres años de sequía y, en la medida de la disponibilidad de agua, México ha estado cumpliendo”.
“He instruido a los secretarios de Agricultura y Desarrollo Rural y Relaciones Exteriores, así como a la secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales que de inmediato hagan contacto con la Secretaría de Agricultura y el Departamento de Estado del gobierno de Estados Unidos. Estoy segura que, como en otros temas, se llegará a un acuerdo”, dijo la mandataria en abril.
De alguna manera, se podría decir que el llamado Tratado de la Distribución de las Aguas Internacionales firmado por México y EE.UU. en 1944 tiene su origen en otro acuerdo alcanzado casi un siglo antes de esa fecha.
El Tratado de Paz, Amistad, Límites y Arreglo Definitivo (más conocido como Tratado de Guadalupe Hidalgo), firmado en 1848 al final de la guerra entre ambos países iniciada por la disputa de Texas, fue el que estableció que México cedería a EE.UU. más de la mitad de su territorio en aquel entonces.
Pero además, también fijó la frontera entre ambos países en el río Bravo -conocido como río Grande por los estadounidenses- y cuyas aguas han sido centro de conflicto en Chihuahua.
La ubicación estratégica del río hacía necesario un plan de distribución entre ambos actores. Tras años de negociación y varias propuestas fallidas, México y EE.UU. firmaron en Washington el tratado vigente en la actualidad.
Según el acuerdo, México se queda con dos tercios de la corriente principal del Bravo y cede a su vecino el resto, que no podrá ser menor de unos 432 millones de metros cúbicos (Mm3) anuales.
Como contraparte, EE.UU. cede a México cada año 1.850 Mm3 del río Colorado, que en su mayoría se encuentra en suelo estadounidense pero que también pasa por la frontera entre ambos países hasta desembocar en el golfo de California, entre los estados mexicanos de Baja California y Sonora.
El acuerdo también establece que la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA), un organismo binacional, es el encargado de resolver las posibles diferencias en materia de límites.
El pacto estipula que EE.UU. cumplirá con su entrega de agua cada año, mientras que México podrá hacerlo en períodos de cinco años.
“Es de los mejores acuerdos que se han logrado en la historia con relación a EE.UU.”, afirmó en 2020 el expresidente Andrés Manuel López Obrador.
Reformar o actualizar las condiciones de un tratado que fue firmado hace 76 años podría ser una de las opciones para tratar de solucionar conflictos.
Pero algunos analistas consideran que tanto los litros de agua acordados como la posibilidad de entregar su parte cada cinco años en lugar de anualmente son ventajas que México no debería perder.
Para los agricultores del lado mexicano de la frontera, lo que está en juego en tiempos de sequía agravada por el cambio climático, es algo mucho más inmediato que los vaivenes diplomáticos entre ambos países.
Los enfrentamientos de 2020 entre agricultores y la Guardia Nacional en Chihuahua tuvieron lugar tras la decisión del gobierno de extraer agua de la presa de la Boquilla para cumplir el tratado con EE.UU.
En ese entonces, el vocero de los agricultores, Salvador Alcantar, presidente de la Asociación de Usuarios de Riego de Chihuahua (Aurech), señaló que estaba en riesgo el futuro de unas 20.000 familias que viven del campo en la región.
Alcantar compartió con BBC Mundo uno de sus mayores temores:
“En 1995 no se abrieron las presas para sembrar y hubo una migración masiva desde nuestros municipios. Los hombres en edad productiva se marcharon para dar sustento a la familia, fue una desintegración familiar fuerte que aún estamos sufriendo”, recuerda.
“Y ese es el problema social que podemos volver a ver si no sembramos el año próximo”.
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